Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 611-MDB, que estableció
beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del
distrito de Breña
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2024/MDB
Breña, 21 de noviembre de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA;
VISTOS: El Memorándum N° 546-2024-GAT/MDB, de fecha 11 de noviembre de 2024, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; El Informe N° 986-2024-OAJEI-MDB, de fecha 19 de noviembre de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica e Integridad; El Memorándum N° 1491-2024-MDB/GM, de fecha 19 de noviembre de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; respecto a la propuesta de prorroga de fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 611-MDB, que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Breña, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, el segundo párrafo del Artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;
Que, el artículo 42° de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;
Que, mediante Ordenanza N° 611-MDB, se estableció beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Breña, publicada el 24 de octubre del 2024 en el Diario Oficial El Peruano, cuyo vencimiento expira el 30 de noviembre de 2024;
Que, la segunda disposición complementaria faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación, así como la prórroga de la mencionada Ordenanza, si así fuera necesario.
Que, mediante Memorándum Nº 546-2024-GAT/MDB, la Gerencia de Administración Tributaria recomienda extender la vigencia de la Ordenanza Nº 611-2024/MDB hasta el 31 de diciembre 2024, lo que permitirá reflejar el compromiso de la administración tributaria con el bienestar económico de la comunidad de Breña, y promoverá un ambiente fiscal favorable para todos.
Que, mediante Informe N° 000986-2024-OAJEI, la Oficina de Asesoría Jurídica e Integridad emite opinión legal concluyendo que resulta viable aprobar el proyecto de Decreto de Alcaldía que prórroga la vigencia de la Ordenanza N° 611-MDB.
Que, estando a lo señalado en los considerandos de la presente y en uso de las atribuciones contenidas en el numeral 6) del Artículo 20°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 611-MDB, “Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Breña”, hasta el 31 de diciembre del 2024.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, y a las Subgerencias a su cargo, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Tecnología de Información, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña: www.munibrena.gob.pe y en el portal del estado peruano: www.gob.pe/munibrena.com.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FELIPE DE LA MATA MARTINEZ
Alcalde