Amplían plazo de vigencia del “Grupo de Trabajo para la modificación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones”, creado por Resolución Ministerial N° 269-2024-VIVIENDA

Resolución Ministerial

Nº 434-2024-VIVIENDA

Lima, 25 de noviembre de 2024

VISTOS:

La Nota N° D00199-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS y el Memorando N° D00273-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS); los Informes N° D00292-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS y N° D00297-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; el Memorando N° D00529-2024-VIVIENDA/SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe N° D00157-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° D00294-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (OGAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento modificada por el Decreto Legislativo N° 1650, establecen que el citado Ministerio tiene competencias, entre otras, en la materia de saneamiento; y, es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, de acuerdo con el numeral 5 del artículo 9 de la citada Ley N° 30156, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en el marco de sus competencias, desarrolla como función exclusiva el aprobar la regulación reglamentaria sectorial y el plan nacional en materia de saneamiento, así como asignar recursos y transferirlos a las empresas prestadoras de los servicios de agua potable y saneamiento y eventualmente a los gobiernos regionales y locales a fin de que ejecuten proyectos de inversión en saneamiento, conforme a la normativa en la materia;

Que, el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias, establece respecto a los grupos de trabajo, entre otros extremos, que son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos; además, los grupos de trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia;

Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 269-2024-VIVIENDA, crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la modificación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones” (en adelante, Grupo de Trabajo);

Que, según lo dispuesto en el artículo 2 concordado con el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 269-2024-VIVIENDA, el objeto del Grupo de Trabajo es la elaboración de la propuesta de modificación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, y tiene entre sus funciones elaborar la propuesta de modificación de la referida Norma Técnica, considerando insumos e información preexistente sobre la materia que proporcione el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, asimismo, el artículo 9 de la Resolución Ministerial N° 269-2024-VIVIENDA dispone que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de sesenta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de su instalación; en ese sentido, conforme al “Acta de Sesión N° 001-2024-GTS.IS.010 RNE”, el Grupo de Trabajo se instaló el 23 de agosto de 2024, por lo que su vigencia rige hasta el 25 de noviembre de 2024;

Que, el artículo 81 y los literales b) y d) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establecen que la DGPRCS es el órgano de línea del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materias de construcción y saneamiento; y, tiene entre sus funciones, proponer o aprobar y difundir normas, planes, reglamentos, lineamientos, directivas, procedimientos, metodologías, mecanismos y estándares, entre otros, de alcance nacional en las materias de construcción y saneamiento, en el marco de las políticas y normas que se vinculen; así como proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, en coordinación con los sectores que se vinculen, en el marco de los Comités Técnicos de Normalización, según la normatividad vigente;

Que, asimismo, los literales b) y c) del artículo 84 del referido Reglamento de Organización y Funciones señalan como funciones de la Dirección de Saneamiento de la DGPRCS, elaborar y proponer lineamientos de política y el plan nacional en materia de saneamiento, en concordancia con la normatividad vigente, así como elaborar y difundir normas, reglamentos, planes, lineamientos, metodologías, directivas y procedimientos, entre otros, de alcance nacional, en materia de saneamiento;

Que, mediante el Memorando N° D00273-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, que contiene el Informe N° D00297-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, la DGPRCS sustenta y propone ampliar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo creado por la Resolución Ministerial N° 269-2024-VIVIENDA, por sesenta días calendario adicionales, la misma que cuenta con el acuerdo del mencionado órgano colegiado, según se verifica en el “Acta de Sesión N° 004-2024-GTS.IS.010 RNE”, del Grupo de Trabajo;

Que, con el Memorando N° D00529-2024-VIVIENDA/SG-OGPP, la OGPP, en atención al Informe N° D00157-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable a la propuesta de ampliación de la vigencia del Grupo de Trabajo, por sesenta días calendario;

Que, a través del Informe N° D00294-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que amplía el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificada por el Decreto Legislativo N° 1650; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliación del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo

Ampliar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la modificación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones”, creado por la Resolución Ministerial N° 269-2024-VIVIENDA, por sesenta días calendario adicionales, contados a partir del 26 de noviembre de 2024.

Artículo 2.- Notificación

Disponer la notificación de la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Grupo de Trabajo, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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