Aprueban la Directiva N° 010-2024-MIDIS, denominada “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”

Resolución Ministerial

N° D000178-2024-MIDIS

San Isidro, 22 de noviembre del 2024

VISTOS:

El Memorando N° D000482-2024-MIDIS-VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° D000146-2024-MIDIS-DGFIS, emitido por la Dirección General de Focalización e Información Social, el Informe N° D000663-2024-MIDIS-DO emitido por la Dirección de Operaciones; el Memorando N° D000530-2024-MIDIS-OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000464-2024-MIDIS-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Asimismo, se establece que la rectoría del Sector Desarrollo e Inclusión Social se ejerce a través del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS);

Que, en el literal h) del artículo 6 del Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2016-MIDIS, se dispone que uno de los objetivos del SINADIS es la implementación de instrumentos de focalización geográfica e individual en materia de desarrollo e inclusión social;

Que, por Decreto Supremo N° 005-2022-MIDIS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), cuyo artículo 6 establece que el MIDIS se encuentra a cargo del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), dicta las norma, lineamientos y establece los procedimientos básicos que aplican los integrantes del Sistema;

Que, asimismo, el artículo 7 del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 30435, establece que el MIDIS tiene la atribución de administrar el Padrón General de Hogares (PGH) bajo estándares de calidad, seguridad y confidencialidad; asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final de la referida Ley establece que el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) forma parte del SINAFO;

Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2024-MIDIS, dispuso, entre otros, la revisión de la Directiva N° 006-2024-MIDIS, “Directiva que regula la Operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”;

Que, conforme al artículo 58 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDIS, aprobado con Resolución Ministerial
Nº 073-2021-MIDIS, vigente actualmente conforme a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 005-2024-MIDIS, la Dirección General de Focalización e Información Social (DGFIS) es el órgano responsable de gestionar la implementación y operación del Sistema Nacional de Focalización, así como conducir las acciones para generar y gestionar la información socioeconómica de los hogares;

Que, mediante Resolución Ministerial N° D000069-2024-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 006-2024-MIDIS, “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”, cuyo objetivo es establecer las disposiciones para regular la operatividad del mencionado Sistema, con la finalidad que los hogares cuenten con clasificación socioeconómica (CSE) en el Padrón General de Hogares (PGH), y que sea certificada ante las entidades a cargo de la implementación de las Intervenciones Públicas Focalizadas (IPF);

Que, en el marco de las funciones previstas en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDIS, el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social bajo el sustento técnico y la necesidad de actualización normativa propone, por medio de la Dirección de Operaciones (DO) y la Dirección General de Focalización e Información Social (DGFIS), una nueva “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)” y, consiguientemente, la derogación de la Resolución Ministerial N° D000069-2024-MIDIS que aprueba la directiva actualmente vigente sobre la misma materia, con el objetivo de optimizar la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) y el proceso de determinación de la Clasificación Socioeconómica de los hogares, en concordancia con el marco normativo vigente para el proceso de implementación y funcionamiento del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO);

Que, mediante Memorando N° D000530-2024-MIDIS-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de derogación de la Resolución Ministerial N° D000069-2024-MIDIS y aprobación de la nueva “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”;

Que, mediante Informe N° D000464-2024-MIDIS-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera viable emitir el acto resolutivo que deroga la Resolución Ministerial N° D000069-2024-MIDIS y que aprueba la nueva “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”;

Que, en ese sentido, atendiendo a lo propuesto por EL Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, por medio de la Dirección General de Focalización e Información Social, resulta pertinente emitir el acto resolutivo que deroga la Resolución Ministerial N° D000069-2024-MIDIS y que aprueba la nueva “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”, conforme a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 30435, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2024-MIDIS;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; de la Dirección General de Focalización e Información Social, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización; la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 30435, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2024-MIDIS; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial N° D000143-2024-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Directiva

Aprobar la Directiva N° 010-2024-MIDIS, denominada “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”, cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Derogación

Derogar la Resolución Ministerial N° D000069-2024-MIDIS, que aprobó la Directiva N° 006-2024-MIDIS, “Directiva que regula la operatividad del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)”.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES

Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

2347235-1