Modifican la Resolución Jefatural N° 004-2024-ANIN-JEFATURA que delega facultades en diversos funcionarios de la Autoridad Nacional de Infraestructura durante el año fiscal 2027

resolución jefatural

Nº 00131-2024-ANIN-JEF

Lima, 22 de noviembre de 2024

VISTOS:

Los Memorandos N° D000003078-2024-ANIN/DAI y N° D000003111-2024-ANIN/DAI de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, el Informe Nº D00001744-2024-ANIN/OA-UA de la Unidad de Abastecimiento, el Memorando N° D000001102-2024-ANIN/OA de la Oficina de Administración, el Informe N° D00000092-2024-ANIN/OPP-UM de la Unidad de Modernización; el Memorando N° D00000445-2024-ANIN/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° D00000556-2024-ANIN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, con Ley N° 31841 se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo;

Que, mediante la Resolución Jefatural N° 004- 2024-ANIN-JEFATURA y sus modificatorias, la Jefatura de la ANIN delega facultades al Jefe de la Oficina de Administración y al Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, entre otros, durante el Año Fiscal 2024;

Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, en los numerales 78.1 y 78.2 del artículo 78 de la norma antes citada, se establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, en esa línea, el literal v) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN, aprobado por la Resolución Jefatural N° 002-2023-ANIN-JEFATURA, en adelante ROF de la ANIN, señala dentro de las funciones de la Jefatura de la ANIN el delegar en el/la Gerente General de la ANIN o en otros/as funcionarios/as o servidores/as, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Jefatura, dentro de las competencias de la ANIN;

Que, a través de los Memorandos N° D000003078-2024-ANIN/DAI y N° D000003111-2024- ANIN/DAI la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, requiere la modificación de facultades delegadas mediante la Resolución Jefatural N° 004-2024-ANIN-JEFATURA, al Jefe de la Oficina de Administración y al Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, a fin de optimizar la ejecución de sus funciones;

Que, mediante documentos del visto, la Oficina de Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emiten opinión favorable a la propuesta de modificación de la Resolución Jefatural N° 004-2024-ANIN-JEFATURA en el marco de sus competencias;

Que, a través del Informe N° D00000556-2024-ANIN/OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, de la revisión de la propuesta de modificación de la Resolución Jefatural N° 004-2024-ANIN-JEFATURA, se verifica la legalidad de la propuesta formulada y opina que resulta legalmente viable la modificación de la Resolución Jefatural N° 004-2024-ANIN-JEFATURA respecto de la delegación de facultades en el Jefe de la Oficina de Administración y el Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, concluyendo en que la propuesta de delegación se enmarca en los requisitos previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para la delegación de facultades;

Con el visado de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, de la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y Gerencia General, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, aprobado por la Resolución Jefatural N° 002-2023-ANIN-JEFATURA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del numeral 4.1 e incorporación del numeral 4.3 del artículo 4 e inclusión del literal h) y del numeral 6.1 del artículo 6 de la Resolución Jefatural N° 004-2024-ANIN-JEFATURA

Modificar el numeral 4.1 e incorporar el numeral 4.3 del artículo 4, así como incorporar el literal h) y el numeral 6.1 del artículo 6 de la Resolución Jefatural N° 004-2024-ANIN-JEFATURA que delega facultades en diversos funcionarios de la Autoridad Nacional de Infraestructura durante el año fiscal 2024, en los siguientes términos:

“Artículo 4.- Delegación de facultades al Jefe de la Oficina de Administración

(…)

4.1 En materia de contrataciones del Estado de bienes, servicios y obras, exceptuándose las contrataciones para infraestructura que formen parte del costo de los proyectos o programas de inversión a cargo de la ANIN:

a) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modificar su composición.

b) Autorizar la contratación de expertos independientes o la solicitud de apoyo de expertos de otras entidades para los Comités de Selección de la Autoridad Nacional de Infraestructura en materia de bienes, servicios y consultorías.

c) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección, y en contrataciones a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para cuantías superiores a ocho (8) UIT.

d) Autorizar el Anexo 03 de elección de la Ficha-producto y el proveedor establecido en las Reglas Estándar de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.

e) Aprobar las bases y demás documentos de los procedimientos de selección.

f) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.

g) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección, previo informe de la Unidad de Abastecimiento.

h) Aprobar la oferta económica que supere el valor estimado o el valor referencial para el otorgamiento de la buena pro en los procedimientos de selección previa emisión de certificación de crédito presupuestario por parte de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

i) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

j) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, en el marco de la normativa de contrataciones del Estado.

k) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, así como la reducción de prestaciones, hasta por el máximo permitido por la normativa de contrataciones del Estado.

l) Suscribir el acta que formaliza el acuerdo adoptado entre el contratista y el área usuaria para la suspensión y reinicio del plazo de ejecución contractual. Así como comunicar al contratista, la fecha de reinicio determinada por el área usuaria, en caso este y el contratista no hayan llegado a un acuerdo.

m) Aprobar la resolución total o parcial de los contratos en el marco de la normativa de contrataciones del Estado

(…)

4.3 Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificaciones”.

(…)

“Artículo 6.- Delegación de facultades al Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura

Delegar en el Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura de la Autoridad Nacional de Infraestructura, las siguientes facultades:

(…)

h) Designar al agente de selección a cargo de las fases de actuaciones preparatorias y de selección del procedimiento especial de contratación para la aplicación de contratos estandarizados de ingeniería y construcción de uso internacional, en el marco del Decreto Supremo N° 096-2024-EF.

6.1. En materia de contrataciones para infraestructura (bienes, servicios y obras) que formen parte del costo de los proyectos o programas de inversión a cargo de la ANIN, bajo el ámbito de la normativa de Contrataciones del Estado y el Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios (PEC), aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM y modificatorias.

a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección, así como aprobar la cancelación total o parcial de dichos procedimientos.

b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modificar su composición.

c) Aprobar las bases y los documentos de los procedimientos de selección.

d) Aprobar la oferta económica que supere el valor estimado o el valor referencial para el otorgamiento de la buena pro en los procedimientos de selección previa emisión de certificación de crédito presupuestario por parte de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

e) Suscribir los contratos y adendas derivadas de los mismos.

f) Suscribir con las Entidades Fiduciarias los contratos de fideicomiso para la administración de los fondos transferidos, proveniente de contratos para infraestructura a cargo de la ANIN.

g) Suscribir o resolver los contratos tripartitos, en el marco de la Directiva Nº 012-2019-OSCE/CD “Junta de Resolución de Disputas”.

h) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual.

i) Aprobar la resolución total o parcial de los contratos.”

Artículo 2.- Observancia de los requisitos legales

La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución Jefatural comprende las atribuciones de suscribir, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto.

Artículo 3.- Plazo de las delegaciones

Las delegaciones de facultades autorizadas mediante la presente Resolución Jefatural tienen vigencia durante el Año Fiscal 2024.

Artículo 4.- Notificación

Notificar la presente resolución a la Oficina de Administración y a la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, para los fines correspondientes.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin) en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HERNÁN YAIPEN ARESTEGUI

Jefe

Autoridad Nacional de Infraestructura

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