Aprueban primera modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Capiri - S.E. Ttio - S.E. Limacpunco - S.E. Onocora”, solicitada por Electro Araza S.A.C.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 429-2024-MINEM/DM

Lima, 18 de noviembre de 2024

VISTOS: El Expediente N° 14396221 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Capiri - S.E. Ttio - S.E. Limacpunco - S.E. Onocora”, cuyo titular es la empresa ELECTRO ARAZA S.A.C.; la solicitud de la primera modificación de la concesión, presentada mediante documento con Registro N° 3832973; el Informe N° 826-2024-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00677-2024/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 1096-2024-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 319-2021-MEM/DM, publicada el 18 de setiembre de 2021, se otorgó a favor de la empresa ELECTRO ARAZA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Capiri - S.E. Ttio - S.E. Limacpunco - S.E. Onocora”, ubicada en los distritos de Marcapata, Camanti, Pitumarca Checacupe, San Pablo y Sicuani, provincias de Quispicanchi y Canchis, departamento de Cusco y, en consecuencia, se aprobó el Contrato de Concesión N° 568-2021, en el cual se establece que la ejecución del proyecto se iniciaría el 6 de octubre de 2021, y la Puesta en Operación Comercial sería, a más tardar, el 21 de diciembre de 2027;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 141-2024-MINEM/DM, de fecha 9 de abril de 2024, se calificó como fuerza mayor el evento denominado: “Paralización de los trabajos del proyecto de titularidad de ATN 3 S.A.” invocado por ELECTRO ARAZA S.A.C.;

Que, mediante documento con Registro N° 3832973, de fecha 13 de setiembre de 2024, ELECTRO ARAZA S.A.C. solicita la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Capiri - S.E. Ttio - S.E. Limacpunco - S.E. Onocora”, a fin de prorrogar la fecha de la Puesta en Operación Comercial, sobre la base del evento de fuerza mayor calificado con la citada Resolución Ministerial N° 141-2024-MINEM/DM;

Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la aprobación de solicitudes de modificación de concesiones o autorizaciones, cuando corresponda, están sujetas a la actualización de los requisitos y verificación de las condiciones previstas en dicho artículo, y las normas de inversión privada correspondientes;

Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 37-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la modificación de concesiones y/o autorizaciones están sujetas a la actualización de los requisitos de su otorgamiento establecidos en el artículo 25 de la Ley, cuando corresponda;

Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, por lo que concluyen que corresponde aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Capiri - S.E. Ttio - S.E. Limacpunco - S.E. Onocora”, y del Contrato de Concesión N° 568-2021, en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, insertando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 438-2017-MEM/DM, modificada por la Resolución Ministerial N° 084-2019-MEM/DM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la primera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Capiri - S.E. Ttio - S.E. Limacpunco - S.E. Onocora”, solicitada por ELECTRO ARAZA S.A.C., por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar la primera modificación al Contrato de Concesión N° 568-2021 solicitada por ELECTRO ARAZA S.A.C., en lo referido a las Cláusulas Séptima, Décimo Segunda, Décimo Tercera, Décimo Cuarta, el numeral 3 del Anexo N° 2 y el Anexo N° 4, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Minuta que contiene la primera modificación del Contrato de Concesión N° 568-2021, aprobada en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente y las minutas aclaratorias que correspondan.

Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la primera modificación al Contrato de Concesión N° 568-2021, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario oficial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de ELECTRO ARAZA S.A.C., de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RÓMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2347072-1