Disponen ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica, para la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ica
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 000380-2024-CE-PJ
Lima, 18 de noviembre del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 000102-2024-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial; y el Oficio N° 000514-2024-ST-CT-EJE-PJ presentado por la Secretaria Técnica de la citada comisión.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, la Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante Oficio N° 000102-2024-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, respecto a la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica en la especialidad de Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N.º 000269-2024-CE-PJ, que aprueba la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad, entre otras, en la Corte Superior de Justicia de Ica. Asimismo, mediante Oficio N° 000514-2024-ST-CT-EJE-PJ, la Secretaria Técnica de la citada comisión solicita la aprobación de la reprogramación de las fechas indicadas, previa coordinación con las áreas técnicas y comunicación con la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica.
Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ; en ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los conflictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial.
Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000553-2023-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la continuidad en las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, en mérito a las acciones ejecutadas y al avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional; permitiendo incorporar nuevos servicios en beneficio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la finalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de los servidores jurisdiccionales; así como facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres.
Cuarto. Que, las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2024, considera acciones organizadas en dos grupos: i) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de la Información y Comunicaciones en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y ii) Eficaz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Los objetivos y metas corresponden al Plan Operativo Institucional de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico.
Quinto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil trescientos sesenta órganos jurisdiccionales que ya disponen de los beneficios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial y Civil - Litigación Oral; así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: La Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa N° 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal. Los logros expuestos se encuentran en el Portal de Transparencia Estándar del Poder Judicial, con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión; así como a articular el cumplimiento de las actividades operativas con las acciones y objetivos estratégicos del Plan Estratégico, en cumplimiento a Resolución Administrativa N° 000260-2023-P-PJ.
Sexto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. N° 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. N° 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. N° 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. N° 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. N° 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa N° 338-2022-CE-PJ).
Sétimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo en el marco de la Resolución Administrativa N° 000269-2024-CE-PJ, la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 062-2024-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento los Oficios N° 002230-2024-GTI-GG-PJ y 002732-2024-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información que gestionan los Informes Nros. 000165-2024-CDI-SDSI-GTI-GG-PJ y 000216-2024-CDI-SDSI-GTI-GG-PJ, respectivamente, mediante los cuales informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Ica en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales mediante Oficio N° 000309-2024-GSJ-GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Ica. Al re0specto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica mediante oficios Nros. 000828-2024-P-CSJIC-PJ, 000834-2024-P-CSJIC-PJ y 000996-2024-P-CSJIC-PJ brinda conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente se efectué la entrada en producción e inauguración correspondiente.
Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica, para la en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de Ica.
Noveno. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.
Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1493-2024 de la trigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de noviembre de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de vacaciones, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica, para la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, a partir del 18 de noviembre de 2024, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ica, conforme al detalle siguiente:
Sede Marcona, ubicada en Avenida Comercio Lotes 14 y 15 - Marcona:
- Juzgado de Paz Letrado - Marcona.
Sede Vista Alegre, ubicada en Calle Pachacútec S/N - Vista Alegre:
- Juzgado de Paz Letrado - Vista Alegre.
Sede Palpa, ubicada en Calle Progreso N° 225 - Palpa:
- Juzgado Mixto.
- Juzgado de Paz Letrado.
Sede Callao, ubicada en Calle Callao N° 251 - Pisco:
- 1° Juzgado de Paz Letrado.
- 2° Juzgado de Paz Letrado.
La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 21 de noviembre de 2024.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Ica, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.
Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
Consejo Ejecutivo
2345354-1