Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República del Perú para la Donación de Nueve Helicópteros UH-60 (Black Hawk) y Equipo de Apoyo

1. General

El Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú y el Gobierno de la República del Perú, a través del Ministerio del Interior, en lo sucesivo denominados colectivamente como “las Partes”, acuerdan continuar con sus actividades conjuntas según las especificaciones del Acuerdo Operativo entre el Gobierno de los Estados Unidos y el Gobierno de la República del Perú para el Proyecto de Control de Drogas firmado el 23 de julio de 1996 (Acuerdo Operativo de 1996).

Las Partes comparten un fuerte compromiso mutuo para reducir el cultivo, producción, consumo y tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas. Las Partes, por lo tanto, acuerdan conjuntamente, continuar fortaleciendo la capacidad de la Dirección de Aviación Policial (DIRAVPOL) de la Policía Nacional del Perú (PNP), brindar apoyo de aviación a la Dirección Antidrogas de la PNP (DIRANDRO), Proyecto Control y Reducción de Cultivo de la Coca en el Alto Huallaga (CORAH), y otras misiones en apoyo a los objetivos bilaterales antidrogas.

De conformidad con el Acuerdo Operativo de 1996, sección VIII. a, el objetivo de este Acuerdo es transferir el título y la responsabilidad al Gobierno de la República del Perú, mediante la donación de nueve helicópteros UH-60 (Black Hawk) al completar exitosamente los pasos descritos en el Anexo, y sujeto a aprobaciones necesarias.

Las Partes aceptan que las medidas que deben adoptarse y los recursos que deben proporcionarse, así como la Trayectoria de Hitos del Programa descrito en el Anexo, constituye un compromiso firme, salvo modificación por acuerdo conjunto. Si el proceso de transferencia de la titularidad concluye, las Partes podrán suscribir un acuerdo para delinear las responsabilidades y acciones de cada una de ellas para seguir alcanzando sus objetivos mutuos en el futuro.

Para cumplir con el objetivo de la donación y los compromisos de este Acuerdo, se establece un período de cinco años en el cual el Gobierno de los Estados Unidos transferirá las responsabilidades al Gobierno de la República del Perú para las operaciones y el mantenimiento de los helicópteros, al final del cual Estados Unidos tiene la intención de transferir formalmente el título de propiedad, sujeto a aprobaciones necesarias.

Para cumplir la meta de la donación de los nueve helicópteros UH-60 y los compromisos asumidos conforme se detalla en este Acuerdo, las Partes tomarán acciones para comprometer recursos conforme lo autorizan sus respectivos procesos legislativos.

2. El Programa de Aviación Antidrogas

La Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (INL) de la Embajada de los Estados Unidos, continúa colaborando con el Gobierno del Perú desde 1989 para brindar activos aéreos con el fin de apoyar operaciones bilaterales antidrogas. Hoy, el Programa de Aviación Antidrogas se encuentra administrado conjuntamente por INL y DIRAVPOL, y proporciona apoyo logístico a CORAH y DIRANDRO, para la erradicación y misiones antidrogas. Actualmente, compuesto por 24 helicópteros Huey II (UH-1 H II), de los cuales hasta seis pueden estar en mantenimiento programado en almacén de los Estados Unidos en cualquier momento determinado. A medida que las Partes continúen sus esfuerzos para modernizar la flota de aviación de la DIRAVPOL, los 24 helicópteros Huey II serán sustituidos por nueve helicópteros UH- 60 a lo largo de un período de cinco años. El proceso de transición iniciará tras la aprobación y posterior firma del presente acuerdo por ambas Partes.

Estado actual del Programa

El desglose de responsabilidades entre las Partes se encuentra establecido a continuación. El mismo servirá como línea de base inicial de las responsabilidades del Gobierno del Perú en la transición hacia su plena responsabilidad.

a. El Gobierno de los Estados Unidos:

i. Mantiene la titularidad de las aeronaves y el equipo de apoyo en tierra.

ii. Brinda apoyo general de logística, mantenimiento, entrenamiento y operaciones y es responsable de la aeronavegabilidad de las aeronaves, a través de los contratistas del Gobierno de los Estados Unidos.

iii. Ejerce la supervisión operativa del Programa de Aviación Antidrogas a través del Asesor Principal de Aviación de INL.

b. El Gobierno del Perú:

i. Proporciona pilotos y tripulación para operar las aeronaves.

ii. Brinda personal de mantenimiento para apoyar el Programa de Aviación Antidrogas.

iii. Lleva a cabo planeamiento operativo y ejecución.

iv. Asume la responsabilidad en brindar la seguridad de la base principal de operaciones en Pucallpa y otras bases de avanzada en Santa Lucía, Tingo María, Palma Pampa, Ciudad Constitución, San Gabán, y Mazamari.

v. Es responsable de los costos totales por el combustible usado en los helicópteros, en apoyo de la erradicación de coca y otras operaciones antidrogas.

vi. Es responsable por todos los costos de transporte de las tripulaciones de la PNP y el personal de mantenimiento de Lima a la base principal de operaciones y las bases de avanzada.

vii. Es responsable de la formación básica de mantenimiento aéreo a través de la Escuela de Aviación de la DIRAVPOL.

3. Transición hacia la responsabilidad total del Gobierno de la República del
Perú por el Programa de Aviación Antidrogas

Durante el período de transición de cinco años, las Partes trabajarán conjuntamente para alcanzar la capacidad aérea autosostenible del Gobierno de la República del Perú, para apoyar la continuación de las operaciones antidrogas. El Gobierno de la República del Perú irá asumiendo mayores responsabilidades de gestión, operativas, de personal y financieras durante este período. El Gobierno de los Estados Unidos brindará apoyo para el mantenimiento, formación, contractual y financiero para alcanzar las metas e hitos durante el periodo de transición de cinco años. El proceso empezará con la ejecución del presente Acuerdo. Los hitos se muestran en la “Trayectoria de Hitos del Programa” (Anexo). Además, las Partes acuerdan las siguientes acciones y contribuciones:

a. Acciones conjuntas y aportes

i. Las Partes crearán un Grupo de Trabajo Conjunto de Aviación (GTCA), para coordinar todos los aspectos del Programa de Aviación Antidrogas. El GTCA estará compuesto por representantes del INL y del Ministerio del Interior (MI), mediante el Despacho Viceministerial de Orden Interno, así como por la DIRAVPOL. El GTCA espera reunirse aproximadamente una vez al mes por el tiempo que el Gobierno de los Estados Unidos financie el Programa de Aviación Antidrogas, y que el mantenimiento de los helicópteros continúe bajo el mecanismo contractual del Gobierno de los Estados Unidos, hasta que finalice con éxito el proceso de modernización o conforme lo determinen las Partes en acuerdos futuros.

ii. El INL y la DIRAVPOL realizan la fiscalización y monitoreo para garantizar que la DIRAVPOL mantenga entrenamiento de vuelo y criterios de evaluación, así como suficientes Pilotos Instructores y otro personal de estandarización para garantizar la competencia de vuelo de pilotos y jefes de tripulación y el cumplimiento con el Programa de Aviación Antidrogas. Asimismo, el INL y la DIRAVPOL trabajarán para adoptar los mínimos de horas de vuelo del Programa de Capacitación Aérea del INL/A (PCA), para mantener la competencia de la tripulación aérea, los requisitos de tiempo de vuelo mínimo, los requisitos de evaluación, y la administración de los registros de capacitación para tripulaciones aéreas, tripulaciones de mantenimiento, especialistas de logística y control de calidad, inspectores técnicos, y otro personal de apoyo para mantener y operar los helicópteros bajo los estándares que recomienda la Oficina de Aviación de la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (INL/A).

iii. Las Partes financiarán, de manera conjunta, el contrato de mantenimiento del Gobierno de los Estados Unidos de acuerdo con las responsabilidades financieras definidas en el cronograma establecido en el Anexo.

iv. La DIRAVPOL y el INL desarrollarán, de manera conjunta, un organigrama del personal que defina el apoyo al mantenimiento del Gobierno del Perú durante el período de transición. Las tripulaciones y los técnicos de mantenimiento del Gobierno del Perú deben estar calificados conforme a los estándares de INL/A.

v. En coordinación con el INL, el Gobierno del Perú establecerá el marco institucional, procedimientos y reglamentos que la DIRAVPOL necesita para operar y mantener todos los helicópteros asignados, conforme a los estándares de la INL/A, para incluir la aeronavegabilidad, capacitación, personal y equipo necesario.

vi. Las Partes han acordado un calendario de hitos incluyendo las contribuciones financieras, materiales y de personal del Gobierno del Perú previstas, que se incluyen en el Anexo del presente Acuerdo.

b. Acciones y contribuciones del Gobierno de los Estados Unidos

i. Continuar brindando un marco contractual para dar mantenimiento y fiscalizar los helicópteros durante el período de transición. Esto incluirá la fiscalización de las operaciones de mantenimiento, funciones de control de calidad y gestión de cadena de suministro. El Asesor principal de Aviación de INL, es el principal representante del Gobierno de los Estados Unidos para la coordinación de las actividades de aviación con todas las partes del Gobierno del Perú y los funcionarios.

ii. Brindar un sistema de información gerencial (SIG) para el mantenimiento de toda la flota de aeronaves y el seguimiento logístico, para que DIRAVPOL ayude a mantener los activos donados por el Gobierno de los Estados Unidos y otros activos de ala rotatoria, de forma segura y eficaz.

iii. Transferir a la Policía Nacional del Perú - Dirección de Aviación Policial (DIRAVPOL), nueve helicópteros UH-60, equipos de apoyo terrestre, herramientas y repuestos, como apoyo al programa de helicópteros de acuerdo con el cronograma establecido en el Anexo, sujeto a aprobaciones necesarias.

iv. Ayudar a la DIRAVPOL a cumplir los requisitos de capacitación y mantenimiento de por lo menos 14 tripulaciones de helicópteros y del personal asociado al mantenimiento y el apoyo logístico, de conformidad con el presente Acuerdo y el Anexo.

v. Brindar asesoría y asistencia técnica al Gobierno del Perú para facilitar la celebración de un nuevo contrato de mantenimiento y logística antes que concluya el período de transición de cinco años. El apoyo del personal financiado por los Estados Unidos bajo el presente Acuerdo, disminuirá conforme las tripulaciones y el personal técnico de la DIRAVPOL asuman mayores funciones y responsabilidades dentro del Programa de Aviación Antidrogas.

c. Actuaciones y contribuciones del Gobierno del Perú

i. Asignar pilotos, técnicos de mantenimiento y personal administrativo permanentemente a la Unidad Desconcentrada de Aviación Policial Pucallpa, para operar de manera segura y dar mantenimiento a los helicópteros. El personal asignado al Programa de Aviación Antidrogas deberá pasar la inspección del Gobierno de los Estados Unidos antes de asumir sus puestos.

ii. Conforme aumenten las nuevas capacidades del Programa de Aviación Antidrogas de la DIRAVPOL, esta área continuará abasteciendo a la operación con personal dedicado. El Gobierno del Perú dotará de personal al Programa de Aviación Antidrogas conforme con el organigrama de dicho programa, que será desarrollado de acuerdo con el párrafo 3.a.iv del presente Acuerdo. El ingreso de personal será consistente, bien planeado y coordinado con el GTCA.

iii. Garantizar que los Suboficiales de la DIRAVPOL cumplan funciones por un plazo no menor de cinco (05) años y que los Oficiales presten servicio por un plazo no menor de tres (03) años, luego de completar la capacitación en aviación y mantenimiento.

iv. Inmediatamente después de la transferencia de la titularidad, si dicha transferencia ocurriera, asegurar que DIRAVPOL obtendrá un seguro por responsabilidad extracontractual en caso de accidente aéreo que cubra a la tripulación y a los pasajeros de las aeronaves Black Hawk del Programa de Aviación Antidrogas.

v. Garantizar la disponibilidad de recursos para financiar todas las obligaciones del Gobierno del Perú bajo el presente Acuerdo. El Gobierno del Perú asumirá una creciente participación del costo anual de las operaciones y del contrato de mantenimiento de los helicópteros UH-60, durante el período de transición. Los costos anuales de línea de base del contrato son de $20M. El Gobierno del Perú asumirá el 20 por ciento ($4M) del costo en el segundo año, 30 por ciento ($6M) en el tercer año, 40 por ciento ($8M) en el cuarto año y 60 por ciento ($12M) en el quinto año. Luego de terminado el período de transición y asumiendo que la transferencia de título ocurra, el Gobierno del Perú será responsable del 100 por ciento de los costos de mantenimiento en dicho momento. El pago deberá producirse a fin de mes, conforme se indica en el Anexo. El pago se hará a través de un mecanismo monetario que el Gobierno de los Estados Unidos pueda usar para pagar por el contrato.

vi. Registrar los títulos de propiedad en el registro de propiedad de la Policía Nacional del Perú - Dirección de Aviación Policial (DIRAVPOL) al momento de la transferencia del título, si dicha transferencia ocurriera, y usar los certificados de aeronavegabilidad de los Estándares INL/A y del Fabricante Original de la flota antes de la transferencia del título.

vii. Desarrollar, de acuerdo con el Gobierno de los Estados Unidos, un manual de operaciones que cubra los procedimientos de Administración, Operaciones de Vuelo, Capacitación y Seguridad, de acuerdo con los estándares de desempeño, políticas y procedimientos de la INL/A y las Normas e Instrucciones Técnicas de la Organización de Aviación Civil Internacional. Los actuales procedimientos del programa patrocinados por la INL/A son un buen ejemplo en el que el Gobierno del Perú pueda basar sus procedimientos de operaciones integrales. Estos procedimientos operativos deberán aprobarse a nivel de la Comandancia General de la PNP.

viii. Garantizar que el personal de mantenimiento de la DIRAVPOL demuestre un nivel de competencia técnica en las áreas de Gestión de Mantenimiento y Control de Calidad para garantizar que las aeronaves se mantienen de conformidad con los estándares y especificaciones de la INL/A, del fabricante original o las normas militares de los Estados Unidos que resulten adecuadas, conforme sea aplicable. El personal de mantenimiento debe demostrar de manera individual niveles aceptables de conocimientos técnicos de los Estándares INL/A para llevar a cabo las tareas individuales de mantenimiento previstas para sus puestos, y debe estar certificado por un Inspector Técnico calificado y/o la Gerencia.

ix. Establecer procedimientos que garanticen que exista una cadena de suministro adecuada para mantener de manera permanente las aeronaves, el combustible, los repuestos y la revisión periódica de la flota de aeronaves. El Gobierno del Perú debe tener la infraestructura para apoyar las operaciones, el mantenimiento y logística. Ello incluirá instalaciones de almacenamiento y hangares. Asimismo, se necesitará el financiamiento del Gobierno del Perú para operar y mantener dichas instalaciones.

x. Garantizar que la DIRAVPOL demuestre un nivel de competencia en las áreas de planeamiento y gestión de inventario, almacenamiento, adquisiciones, empaque y almacenamiento, gestión de transporte, y servicio al cliente para garantizar que sus aeronaves se mantienen de conformidad con las especificaciones de la Original Equipment Manufacturer (OEM) o las normas militares de los Estados Unidos, conforme sea aplicable. El personal logístico debe demostrar ser competente en el área para la que fue contratado, a través de la certificación en dichas áreas por un entrenador y supervisor calificado por la INL/A para confirmar que se encuentra calificado. Aquellos que manipulen y preparen materiales peligrosos deben estar certificados para garantizar que dichos materiales se muevan de manera segura a través de medios de transporte terrestre o aéreo.

xi. Demostrar que la DIRAVPOL tienen un programa de seguridad viable, que incluya elementos importantes, como Seguridad Aérea, Terrestre, Ocupacional y Medioambiental. El personal debe tener capacitación y/o especialización en seguridad aérea y demostrar la capacidad para manejar todos los aspectos del programa de seguridad. Además de ello, la DIRAVPOL debe demostrar su apoyo y compromiso con la seguridad.

xii. Antes de terminado el período de transición, garantizar el establecimiento de (un) contrato(s) comercial(es) para el mantenimiento y la logística de los repuestos que permita cumplir las especificaciones del fabricante original o aquellas normas militares de los Estados Unidos que resulten adecuadas, y los índices aceptables de preparación para las misiones y fiscalizar el programa de aseguramiento de calidad de conformidad con estándares internacionales de aeronavegabilidad. El contrato se hará, en coordinación con el Gobierno de los Estados Unidos, de acuerdo con la normatividad vigente.

4. Responsabilidades y condiciones continuas tras la nacionalización

Luego de realizada cualquier transferencia del título de propiedad y del fin del período de transición de cinco años, el Gobierno de los Estados Unidos seguirá ejerciendo algunos derechos y condiciones sobre el uso de los nueve helicópteros UH-60. El Gobierno del Perú garantizará el cumplimiento de las condiciones y permitirá el ejercicio de los derechos del Gobierno de los Estados Unidos como parte de este Acuerdo.

a. El Gobierno del Perú acuerda cumplir con las siguientes condiciones:

i. Utilizar los helicópteros donados por el Gobierno de los Estados Unidos estrictamente para brindar apoyo aéreo a la DIRANDRO, al CORAH y otras misiones en apoyo al objetivo bilateral de eliminar el cultivo, producción, procesamiento, tráfico y transporte de drogas ilícitas y sustancias controladas. Con la conformidad previa de la Embajada de los Estados Unidos, los helicópteros podrán ser utilizados para apoyar en caso de emergencias humanitarias y desastres naturales.

ii. Permitir al Gobierno de los Estados Unidos el acceso a las instalaciones donde se encuentran los helicópteros UH-60 para un Monitoreo del Uso Final (MUF) y una auditoría del programa de aviación. Esto incluye el acceso a todos los registros de aviación relacionados (tripulación aérea, logística, mantenimiento y capacitación) y operaciones e instalaciones donadas o respaldadas con fondos del Gobierno de los Estados Unidos.

iii. Mantener los helicópteros UH-60 conforme a los Estándares INL/A, las especificaciones del fabricante original o las normas y especificaciones militares de los Estados Unidos apropiadas, conforme sea aplicable. Los responsables del mantenimiento y la operación deberán tener acceso a todos los manuales de mantenimiento del fabricante original, los mensajes de seguridad de vuelo del fabricante (es decir, directivas de aeronavegabilidad, etc.), herramientas especiales y a los vendedores de partes aprobados por el fabricante original.

iv. Garantizar que las aeronaves donadas no se vendan, ni se entreguen a terceros, ni se transfieran internamente dentro del Gobierno del Perú, sin la previa autorización del Gobierno de los Estados Unidos.

v. Renovar todos los acuerdos, conforme sea necesario para permitir el uso de las Bases de Santa Lucía, Tingo María, Palma Pampa, Ciudad Constitución y Mazamari y otras a crearse como bases de avanzada. Asimismo, el Gobierno del Perú a través de la Policía Nacional del Perú, continuará usando la actual instalación en Pucallpa o su equivalente, como base principal de operaciones para mantenimiento pesado y requerimientos logísticos para los helicópteros UH-60 especificados.

b. En caso de que el Gobierno del Perú incumpla cualquiera de sus obligaciones conforme al presente Acuerdo, el Gobierno de los Estados Unidos se reserva el derecho a dar por terminado el presente Acuerdo y recuperar la posesión de todos los activos financiados por el Gobierno de los Estados Unidos, incluyendo los helicópteros UH-60, herramientas o cualquier artículo donado, en el marco del presente instrumento.

c. En caso de que el equipo ya no sea necesario para los fines establecidos en el presente Acuerdo, el Gobierno del Perú deberá devolverlo al Gobierno de los Estados Unidos, salvo pacto en contrario con el Gobierno de los Estados Unidos.

d. Sujeto a la disponibilidad de fondos que tenga el Gobierno de los Estados Unidos, brindará financiamiento limitado luego de la nacionalización para ayudar al Gobierno del Perú con el mantenimiento, logística y formación para el Programa de Aviación Antidrogas de Helicópteros UH-60.

5. Cláusulas adicionales

a. Cada parte proporcionará los recursos para las operaciones del proyecto, de acuerdo con sus leyes y reglamentos aplicables. Los bienes del Gobierno de los Estados Unidos suministrados o financiados en virtud de este Acuerdo se adquirirán y enviarán desde los Estados Unidos, a menos que el Gobierno de los Estados Unidos autorice lo contrario por escrito.

b. El Acuerdo Operativo de 1996 predomina y constituye el marco general para la interpretación del presente Acuerdo. Se entiende que las obligaciones y responsabilidades establecidas en el mismo, se encuentran incorporadas al presente Acuerdo.

c. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de recepción de la última notificación por la que las partes se comuniquen, por vía diplomática, el cumplimiento de sus procedimientos internos a tal efecto.

d. El presente Acuerdo tendrá una duración indefinida, a menos que una de las Partes notifique a la otra por escrito y a través de canales diplomáticos su decisión de denunciar el Acuerdo, por lo menos con 12 meses de anticipación.

e. El presente Acuerdo podrá ser modificado por acuerdo mutuo y por escrito de ambas Partes. Las modificaciones entrarán en vigor de la misma manera que el presente Acuerdo y serán parte integrante de este.

f. El presente Acuerdo se celebra en dos (02) originales en castellano e inglés, considerándose ambos textos como igualmente auténticos.

Firmado en Lima, Perú, el trece de agosto del año dos mil veinticuatro.

POR LA REPÚBLICA DEL PERÚ

JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ

Ministro del Interior

POR LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

STEPHANIE F. SYPTAK-RAMNATH

Embajadora

ANEXO

TRAYECTORIA DE HITOS DEL PROGRAMA

2345220-1