Aprueban el Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Salud San Martín
Decreto Regional
Nº 005-2024-GRSM/GR
Moyobamba, 6 de noviembre de 2024
VISTO:
El Expediente Nº 001-2024785424, que contiene el Oficio Nº 4988-2024-GRSM-DIRESA/OPYPS, Informe Técnico Nº 185-2024-GRSM/SGDI, Informe Legal Nº 535-2024-GRSM/ORAL; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XVI del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de conformidad con el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal con Jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; el artículo 192 en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, el artículo 10 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su numeral 1, literal c), establece que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueban los “Lineamientos de Organización del Estado”, que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, busca que las Entidades, conforme a su tipo, competencias funcionales, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía;
Que, el artículo 53 de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones - MOP es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y proyectos especiales; b) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Desconcentrados cuando corresponda; y c) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Académicos cuando corresponda;
Que, el artículo 55 de los “Lineamientos de Organización del Estado”, dispone en el numeral 55.1 que la propuesta del Manual de Operaciones, se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y en un Informe Legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP. Y en el numeral 55.2 señala que el MOP se aprueba por Decreto Regional, por el titular en caso de los Gobiernos Regionales;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 119-2021-GRSM/GR se aprobó la modificación de la Directiva Nº 004-2020-GRSM/GRPyP-SGDI denominada “Lineamientos para la formulación, modificación y aprobación del Manual de Operaciones - MOP en el Gobierno Regional San Martín”, cuyo objeto es establecer normas y procedimientos para la formulación, modificación y aprobación de los Manuales de Operaciones en el Gobierno Regional San Martín, con la finalidad de uniformizar criterios y garantizar la coherencia y alineamiento en marco a la normativa vigente;
Que, el artículo 161 del Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, modificado mediante Ordenanza Regional Nº 019-2022-GRSM/CR, establece que la Dirección Regional de Salud es el órgano de línea de la Gerencia Regional de Desarrollo Social responsable de promover la salud y prevenir los riesgos y daños a la salud; regular y fiscalizar bienes y servicios de salud; organizar y promover la atención integral de servicios públicos y privados con calidad, considerando los determinantes de la salud, centrados en satisfacer las necesidades de salud de las personas, familias y las comunidades, priorizando a los más vulnerables y excluidos. La Dirección Regional se constituye en la autoridad sanitaria regional, responsable de formular, adecuar, implementar, evaluar y controlar las políticas del sector salud en el ámbito del Departamento de San Martín;
Que, mediante Oficio Nº 4988-2024-GRSM-DIRESA/OPYPS de fecha 11 de octubre de 2024, el Director Regional de Salud San Martín, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional San Martín la propuesta del Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Salud San Martín, adjuntando los informes técnicos sustentatorios, documento que es derivado a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional para su revisión y opinión técnica correspondiente;
Que, mediante Informe Técnico Nº 185-2024-GRSM/SGDI de fecha 15 de octubre de 2024, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, emite opinión favorable a la propuesta de Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Salud San Martín, remitida a través del Oficio Nº 4988-2024-GRSM-DIRESA/OPYPS y mediante Informe Técnico, al encontrarse enmarcada en las disposiciones de la Directiva Nº 004-2020-GRSM/GRPyP-SGDI “Lineamientos para la Formulación, Actualización y Aprobación del Manual de Operaciones - MOP en el Gobierno Regional San Martín”;
Que, mediante Informe Legal Nº 535-2024-GRSM/ORAL, la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, opina favorablemente por la emisión del Decreto Regional que aprueba el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Salud San Martín;
Por lo expuesto y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones y sus modificatorias, en concordancia con la Directiva Nº 004-2020-GRSM/GRPyP-SGDI, y con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Legal, la Dirección Regional de Salud, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Salud San Martín, cuyo texto en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Regional.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Secretaría General remita copia del Manual de Operaciones aprobado a la Dirección Regional de Salud San Martín, así como, se encargue de la publicación del Manual de Operaciones en la sección de documentos de gestión del Portal Institucional.
Artículo Tercero.- PRECISAR que el texto del Manual de Operaciones - MOP de la Dirección Regional de Salud San Martín, sólo será publicado en el portal institucional del Gobierno Regional San Martín - https://www.gob.pe/regionsanmartin.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional en portal institucional del Gobierno Regional San Martín y en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
WALTER GRUNDEL JIMÉNEZ
Gobernador Regional
2344435-1