Ordenanza Regional que aprueba el Programa de Fortalecimiento Institucional y de Capacitación de las Rondas Campesinas de la Región La Libertad
ORDENANZA REGIONAL
N° 000015-2024-GRLL-CR
Trujillo, 25 de octubre del 2024
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 1 de octubre del 2024, el Proyecto de Ordenanza Regional presentado por la Gerencia Regional de Defensa Nacional mediante Oficio N° 000937-2024-GRLL-GGR-GRDN, relativo a aprobar el “El Programa de Fortalecimiento Institucional y de Capacitación de las Rondas Campesinas de la Región la Libertad”, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 149° reconoce a las Rondas Campesinas como una institución fundamental de la organización comunal. Asimismo, establece el deber del Estado de promover y garantizar su funcionamiento, así como de respetar su autonomía, incluyendo la protección de la seguridad ciudadana y el reconocimiento de la diversidad cultural, aspectos que son relevantes para las rondas campesinas y su capacitación.
Que, la Ley N° 27908 - Ley de Rondas Campesinas reconoce a las Rondas Campesinas como instituciones de autogobierno local y establece sus funciones, derechos y deberes. Y siendo el Estado quien promueve su fortalecimiento mediante la capacitación y el apoyo técnico a las Rondas Campesinas.
Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece las competencias de los Gobiernos Regionales, incluyendo la promoción del desarrollo económico y social de sus regiones. El Programa de Fortalecimiento Institucional y de Capacitación de las Rondas Campesinas en la Región La Libertad. Se enmarcará en estas competencias, específicamente en lo relacionado con el desarrollo social y la promoción de la participación ciudadana.
Que, la Ley N° 28044 - Ley General de Educación establece el marco general de la política educativa en el Perú, en el artículo 14º reconoce la diversidad cultural y lingüística del país, así como en el artículo 16º que establece el derecho de las personas a la educación a lo largo de toda su vida y la relevancia de la educación como herramienta para el empoderamiento y el desarrollo integral de las comunidades rurales.
Que, el Gobierno Regional de La Libertad reconoce la importancia histórica y cultural de las Rondas Campesinas en la Región La Libertad como entidades de autodefensa y organización comunitaria, priorizando la necesidad de fortalecer las capacidades de las Rondas Campesinas en áreas como la seguridad, la gestión comunitaria y el desarrollo sostenible.
Que, según Informe Técnico Nº 000005-2024–GRLL-GGR-ORDN, de fecha 01 de agosto del 2024, suscrita por el Gerente Regional de Defensa Nacional, emite opinión favorable al Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar el “Programa de Fortalecimiento Institucional y de Capacitación de las Rondas Campesinas de la Región la Libertad”. Asimismo, con Informe Técnico N°46-2024-GRLL-GGR-GRPAT-SGP, la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial emite opinión favorable;
Que, con Informe Legal N° 000224-2024-GGR/GRAJ-MSJB, de fecha 10 de agosto del 2024, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al proyecto de Ordenanza Regional, relativo a aprobar el “Programa de Fortalecimiento Institucional y de Capacitación de las Rondas Campesinas de la Región la Libertad”.
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 01 de octubre del 2024, el presidente del Consejo Regional sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, el dictamen N° 001-2024-GRLL-CR/CDNYSC, que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar el “Programa de Fortalecimiento Institucional y de Capacitación de las Rondas Campesinas de la Región la Libertad”; el mismo que fue aprobado por unanimidad;
Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias que señala: “Las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”; el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias; y los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional APROBÓ POR UNANIMIDAD LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR el “Programa de Fortalecimiento Institucional y de Capacitación de las Rondas Campesinas de la Región la Libertad”, con el objetivo de fortalecer la labor de las rondas campesinas y contribuir a la seguridad y el bienestar de la Región La Libertad, dentro del marco legal vigente, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Defensa Nacional del Gobierno Regional de La Libertad, la organización y ejecución del “Programa de Fortalecimiento Institucional y de Capacitación de las Rondas Campesinas de la Región la Libertad”, en coordinación con las unidades orgánicas e instituciones pertinentes.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Defensa Nacional la difusión de la presente Ordenanza Regional a través de los medios de comunicación y las organizaciones de rondas campesinas.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y publicada en la página web del Gobierno Regional La Libertad.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dada en la ciudad de Trujillo, a los veinticinco días del mes de octubre del 2024.
EVER CADENILLAS CORONEL
Presidente del Consejo Regional
AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
CESAR ACUÑA PERALTA
Gobernador Regional
2344262-1