Autorizan viaje de servidores del SENASA a la República Socialista de Vietnam, en comisión de servicios
Resolución ministerial
Nº 0376-2024-MIDAGRI
Lima, 13 de noviembre de 2024
VISTOS:
El Oficio Nº D000510-2024-MIDAGRI-SENASA-JN, de la Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; Memorando Nº 2483-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Informe Nº 0467-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y el Informe Nº 1356-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1059, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es un organismo público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el cual es el responsable de promover y participar en la armonización y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias;
Que, mediante la Carta Nº D000424-2024-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 14 de agosto de 2024, el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA remite al Director General del Departamento de Protección Vegetal de la República Socialista de Vietnam, la comunicación del Servicio de Inspección de Sanidad Animal y Vegetal (APHIS por sus siglas en inglés) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América, respecto a la confirmación de la aprobación del programa de tratamiento en frío (T107) para mandarinas, tangerinas y clementinas (Citrus reticulata) (23 días a 3ºC); asimismo, solicita conocer los requisitos fitosanitarios para la exportación de mandarinas (Citrus unshiu y Citrus reticulata) desde la República del Perú a la República Socialista de Vietnam;
Que, a través de la carta de fecha 12 de septiembre de 2024, el Director General del Departamento de Protección Vegetal de la República Socialista de Vietnam se dirige al Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA a fin de solicitar la información científica que presentó APHIS para sustentar el nuevo programa de tratamiento en frío; asimismo, indica que los requisitos fitosanitarios de importación de mandarinas (Citrus unshiu y Citrus reticulata) a la República Socialista de Vietnam se proporcionarán al SENASA tan pronto como se complete la revisión de la información;
Que, con la Carta Nº D000502-2024-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 26 de septiembre de 2024, el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA remite los resultados del estudio de investigación “Validation of the efficacy of the Cold Quarantine Treatment for the control of infestations of fruit flies (Diptera: Tephritidae) in citrus fruits of mandarin Citrus x reticulata in Perú” que sustenta el programa de tratamiento de frío (T107) para mandarinas, tangerinas y clementinas (Citrus reticulata) (23 días a 3ºC), aprobado por APHIS; y, solicita al Director General del Departamento de Protección Vegetal de la República Socialista de Vietnam programar una reunión técnica bilateral, en adelante la Reunión, para el 4 de noviembre de 2024 en la ciudad de Hanoi;
Que, mediante correo electrónico de fecha 10 de octubre de 2024, el SENASA solicita apoyo a la Embajada de la República del Perú en la República Socialista de Vietnam para las gestiones ante el Departamento de Protección Vegetal para agendar la Reunión propuesta por el SENASA;
Que, a través de correo electrónico del 15 de octubre de 2024, el SENASA solicita apoyo a la Embajada de la República del Perú en la República Socialista de Vietnam para reprogramar la Reunión, proponiendo la fecha del 18 de noviembre de 2024; fecha que fue confirmada mediante correo electrónico del 17 de octubre de 2024, por la Embajada de la República del Perú en la República Socialista de Vietnam;
Que, mediante la Carta Nº D000572-2024-MIDAGRI-SENASA-DSV del 5 de noviembre de 2024, el Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA comunica que en la Reunión del 18 de noviembre de 2024, participarán, por parte del SENASA, los señores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal, y Ezequiel Félix Quenta Cherre, Especialista IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal;
Que, mediante Oficio Nº D000510-2024-MIDAGRI-SENASA-JN, la Jefa del SENASA solicita al Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, disponer el trámite de autorización del viaje al exterior de los señores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal, y Ezequiel Félix Quenta Cherre, Especialista IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal, quienes son propuestos para participar en la Reunión del 18 de noviembre de 2024, a desarrollarse en la ciudad de Hanoi de la República Socialista de Vietnam. Para tal fin, adjunta el Informe Nº D000164-2024-MIDAGRI-SENASA-DSV de fecha 7 de noviembre de 2024, en el que se exponen las razones técnicas que justifican la participación de los referidos servidores en la Reunión;
Que, en el referido Informe se señala que, entre los beneficios a obtenerse con la participación del SENASA en la Reunión, se tiene: i) el acceso de productos agrícolas a nuevos mercados otorga alternativas para el crecimiento y desarrollo de nuestras agroexportaciones, que en los últimos años ha tenido un crecimiento sostenido, cuyo valor exportado en el año 2023 superó los 10 mil millones de dólares, posicionándose como uno de los principales países exportadores del mundo; ii) la apertura del mercado de la República Socialista de Vietnam para los cítricos mandarinas y arándanos frescos de nuestro país, lo que permitirá mejorar la demanda de estos productos e incentivará a productores peruanos a incrementar las áreas de cultivo, mejorando la economía del productor peruano y generando mayor empleo; iii) el crecimiento de las áreas productivas de mandarinas y arándanos en nuestro país por lo que es necesario buscar nuevas ventanas comerciales que favorezcan a todos los actores de la cadena agroexportadora de estos productos; para ello, se requiere la participación del SENASA en la Reunión para agilizar el proceso de apertura de nuevos mercados internacionales, a través de las negociaciones en temas fitosanitarios con el Departamento de Protección Vegetal de la República Socialista de Vietnam y de esta manera establecer los requisitos fitosanitarios que permitan el comercio de las mencionadas frutas;
Que, a través del Memorando Nº 2483-2024-MIDAGRI-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), remite el Informe Nº 0467-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, mediante el cual, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales (OCAI), señala que el expediente de autorización de viaje de los señores Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal, y Ezequiel Félix Quenta Cherre, Especialista IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, cumple con acompañar, debidamente visados, los anexos requeridos en el numeral 6.1.1.3 de la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización de viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI, en adelante la Directiva;
Que, asimismo la OCAI señala que dada la naturaleza de la Reunión del 18 de noviembre de 2024, es de interés nacional e institucional autorizar el viaje de los referidos servidores del SENASA, en tanto su participación en la Reunión, permitirá agilizar la apertura del mercado de Vietnam para la exportación de mandarinas y arándanos frescos, lo que genera mayor demanda de estos productos, e incentiva a productores peruanos y empresas a incrementar las áreas de cultivo; asimismo, mejora la economía del productor y genera mayor empleo;
Que, asimismo OCAI señala que los gastos que irrogue el viaje de los servidores comisionados, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, según lo señalado en la certificación de crédito presupuestario contenida en las Notasc0000007757, Nº 0000007758 y Nº 0000007762;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, prevé que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público;
Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que, las resoluciones de autorización de viaje que irroguen gastos al Tesoro Público, deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, mediante Informe Nº 1356-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que, por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje de los servidores Orlando Antonio Dolores Salas y Ezequiel Félix Quenta Cherre, con la finalidad de participar en la Reunión entre el SENASA y el Departamento de Protección Vegetal de la República Socialista de Vietnam, a realizarse el 18 de noviembre de 2024 en la ciudad de Hanoi;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación de los servidores designados, resulta necesario autorizar el viaje del 15 al 19 de noviembre de 2024, conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a la reserva de vuelos que obra en el expediente;
Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI y, la Directiva Sectorial Nº 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y control de pasajes, viáticos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 0076-2019-MINAGRI-SG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Orlando Antonio Dolores Salas, Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y del señor Ezequiel Félix Quenta Cherre, Especialista IV de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, a la ciudad de Hanoi de la República Socialista de Vietnam, del 15 al 19 de noviembre de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al presupuesto del Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Viáticos US $ 500 (1 día act. + 2 días instalación) |
Pasajes Aéreos US $ |
Monto Total US $ |
Orlando Antonio Dolores Salas |
1,500.00 |
5,781.97 |
7,281.97 |
Ezequiel Félix Quenta Cherre |
1,500.00 |
5,781.97 |
7,281.97 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los comisionados citados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar ante la Titular del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, los informes dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuenta por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2344040-1