Ordenanza que modifica el plano de zonificación del Cercado de Lima, aprobado por Ordenanza N° 893

ORDENANZA N° 2671

EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ENCARGADO DEL DESPACHO

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima en sesión extraordinaria del 7 de noviembre de 2024, en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 108-2024-MML/CMDUVN; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

Ha dado la ordenanza siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL CERCADO DE LIMA, APROBADO POR ORDENANZA N° 893

Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Educación Superior Universitaria (E3) del predio de 17,040.00 m2, ubicado en la Av. República Argentina N° 1118-1122, Urb. Fundo Conde de La Vega, distrito Cercado de Lima, presentado por Universidad César Vallejo S.A.C, a través del Expediente N° 2022-00151081.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito del Cercado de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 893, la modificación aprobada en la presente ordenanza.

Artículo 3.- Disponer que en el proyecto edificatorio la administrada cumpla con el estudio de impacto vial, debiendo respetar e integrarse al plan específico aprobado mediante Ordenanza N° 2490, que deberá incluir el área de influencia y el análisis de accesibilidad vial, contemplado para la prolongación del jirón Huancavelica, conforme la norma técnica GH-060 del Reglamento Nacional de Edificaciones.

Artículo 4.- Disponer que la administrada cumpla con dejar una vía separadora de usos de 16.80 ml, hacia su lindero posterior y colindante al uso industrial.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la notificación de la presente ordenanza a la administrada, así como su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Gobierno Digital la publicación de la presente ordenanza en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Al promulgarla, mando se registre, publique y cumpla.

Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los siete días de noviembre del dos mil veinticuatro.

RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO

Teniente Alcalde

2343340-1