Autorizan viaje de servidor del Instituto Nacional de Calidad - INACAL a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000446-2024-PRODUCE
Lima, 11 de noviembre de 2024
VISTOS: El Oficio Nº D000048-2024-INACAL/PE del Instituto Nacional de Calidad; el Memorando Nº 00001117-2024-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe Nº 00001224-2024-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Cartas de fecha 6 y 29 de agosto de 2024 del Sistema Interamericano de Metrología (SIM) y del Centro Nacional de Metrología de Panamá (CENAMEP AIP), respectivamente, invitan al señor EDWIN FRANCISCO GUILLEN MESTAS, servidor de la Dirección de Metrología del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, a participar en el evento denominado SIM Week 2024, a desarrollarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá;
Que, con el Oficio Nº D000048-2024-INACAL/PE, el INACAL solicita la autorización de viaje del señor EDWIN FRANCISCO GUILLEN MESTAS, servidor de la Dirección de Metrología del INACAL, para asistir a la “Reunión del Grupo de Trabajo de Sistemas de Calidad” (QSTF, por sus siglas en inglés) que se realizará del 18 al 19 de noviembre de 2024, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, en el marco del evento denominado SIM Week 2024;
Que, de acuerdo a lo señalado en el considerando precedente, el citado viaje se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentado en el Memorando Nº D000092-2024-INACAL/OA, la Nota Nº D000059-2024-INACAL/OA-EFRH, los Informes Nos D000003-2024-INACAL/DM, D000004-2024-INACAL/OCOOP, D000005-2024-INACAL/OA-EFCNT, D000021-2024-INACAL/OA-EFABAS, D000020-2024-INACAL/OPP y D000037-2024-INACAL/OAJ, así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nos 0000002860 y 0000002927 emitidas por la Oficina de Administración, el Equipo Funcional de Recursos Humanos, la Dirección de Metrología, la Oficina de Cooperación Internacional, el Equipo Funcional de Contabilidad, el Equipo Funcional de Abastecimiento, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica y todos del INACAL;
Que, los Informes Técnicos Sustentatorios de la Oficina de Cooperación Internacional y de la Dirección de Metrología del INACAL señalan que la participación del INACAL en la “Reunión del Grupo de Trabajo de Sistemas de Calidad” permitirá mantener y extender el reconocimiento internacional del Sistema de Gestión de Calidad de los laboratorios de la Dirección de Metrología del INACAL, entidad que brinda a los laboratorios del Perú servicios de calibración y ensayo; fortaleciendo la posición de nuestro país en la región, a través del INACAL, como un instituto de altos estándares en metrología con la capacidad de recibir y formar pasantes de otros institutos nacionales para mejorar sus competencias; siendo que la participación en el evento contribuirá al fortalecimiento de capacidades técnicas y a la evaluación de futuras alianzas entre el INACAL y otros institutos de metrología de la región; adicionalmente se informa que dicha participación irroga gastos;
Que, con el Memorando Nº 00001117-2024-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria solicita continuar con el trámite de autorización de viaje;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autoriza conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público;
Que, los artículos 2 y 3 de la precitada Ley, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la república estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto – TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción;
Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios del señor EDWIN FRANCISCO GUILLEN MESTAS, servidor de la Dirección de Metrología del INACAL, para asistir a la “Reunión del Grupo de Trabajo de Sistemas de Calidad” que se realizará del 18 al 19 de noviembre de 2024, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, en el marco del evento denominado SIM Week 2024; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM;
Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad;
Con las visaciones del Instituto Nacional de Calidad, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modificatoria; y la Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor EDWIN FRANCISCO GUILLEN MESTAS, servidor de la Dirección de Metrología del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, del 18 al 20 de noviembre de 2024, para que participe en la “Reunión del Grupo de Trabajo de Sistemas de Calidad”, en la ciudad de Panamá, República de Panamá.
Artículo 2.- Los gastos correspondientes por viáticos y pasajes aéreos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos (Incluido TUUA) US$ |
Viáticos por 2 días + 1 día de instalación (US$ 315,00 por día) |
EDWIN FRANCISCO GUILLEN MESTAS |
846.15 |
945.00 |
Artículo 3.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO GONZALEZ GUERRERO
Ministro de la Producción
2342772-1