Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

resolución de la fiscalía de la nación

N° 2599-2024-MP-FN

Lima, 7 de noviembre de 2024

VISTO:

El oficio N° 2736-2024-FSCEE-MP-FN, de fecha 4 de noviembre de 2024 y el informe N° 00045-2024-OREF-MRUO;

CONSIDERANDO:

Mediante carta presentada con fecha 29 de octubre de 2024, ante la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, a través de su mesa de partes, la abogada Anggie Massiell Alagón Pichilingue, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios e incorporada al referido Equipo Especial; presenta su renuncia al cargo, por motivos personales y familiares, informando como último día de labores el 30 de noviembre de 2024.

Con el oficio de visto, el abogado Rafael Ernesto Vela Barba, Coordinador del mencionado Equipo Especial de Fiscales, eleva la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la conformidad respectiva.

Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación realizada de los documentos antes descritos, resulta necesario aceptar la renuncia de la abogada Anggie Massiell Alagón Pichilingue en el cargo de fiscal; por consiguiente, dejar sin efecto la prórroga de su nombramiento, designación e incorporación, dispuestos mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 053-2024-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 8 de enero de 2024 y 28 de junio de 2024, respectivamente.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo n° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Anggie Massiell Alagón Pichilingue, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y a su designación en el despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, así como a su incorporación al Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 1 de diciembre de 2024, la prórroga de la vigencia de su nombramiento, designación e incorporación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 053-2024-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 8 de enero de 2024 y 28 de junio de 2024, respectivamente.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Anggie Massiell Alagón Pichilingue que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2342328-3