Otorgan a Consorcio Eléctrico de Villacuri S.A.C. concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en proyecto ubicado en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica

GERENCIA REGIONAL DE

DESARROLLO ECONÓMICO

DIRECCIÓN REGIONAL DE ICA

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL

N° 013-2024-GORE.ICA-GRDE/DREM-AE

Ica, 6 de noviembre de 2024

VISTOS:

El registro N° 012565 del 13 de febrero de 2024 presentado por la empresa Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. RUC N° 20178344952 e inscrito en la Partida Registral N° 11000540 del Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP, sede Ica, debidamente representado por el señor Percy Napoleón Ortiz Espinoza, identificado con el DNI N° 09165867; mediante el cual solicitó otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Villacurí”, ubicada en el distrito de Salas, provincia, departamento de Ica; y, el Oficio N° 799-2024-GORE.ICA/GRDE-DREM, de 25 de marzo de 2024, Informe Técnico Legal N° 025-2024-GORE.ICA-GRDE-DREM-ATE/MACR-MGCR; del 10 de setiembre de 2024; y el Informe Técnico Legal N° 036-2024-GORE.ICA-GRDE/DREM-ATE/MACR-MGCR, de 05 de noviembre de 2024; elaborado por la Dirección Regional de Energía y Minas de Ica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con Registro N° 012565, de fecha 13 de febrero de 2024, CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURÍ S.A.C., solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Villacurí”, ubicada en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica;

Que, la Dirección Regional de Energía y Minas de Ica, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-1993-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Villacurí”;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-1993-EM; y, el inciso f) del artículo 59° de la Ley N° 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”; y demás normas complementarias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- OTORGAR a favor de CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURI S.A.C., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Fotovoltaica Villacurí”, con una potencia instalada de 9.92MW, ubicada en el distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Directoral Regional y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente Resolución.

Artículo 2°.- APROBAR el Contrato de Concesión N° 001-2024-GORE.ICA-GRDE/DREM-AE a suscribirse entre CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURI S.A.C. y el Gobierno Regional de Ica, el cual consta de 18 clausulas y 4 anexos.

Artículo 3°.- PRECISAR que será el Gobernador Regional el que en nombre y representación del Gobierno Regional de Ica, suscriba tanto el Contrato de Concesión referido en el artículo precedente, así como la escritura pública que se origine.

Artículo 4°.- INSERTAR en el texto de la presente Resolución Directoral Regional en la Escritura Pública a que de origen al Contrato de Concesión N° 001-2024-GORE.ICA-GRDE/DREM-AE, aprobado en el artículo 2° de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-1993-EM.

Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral Regional por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta del CONSORCIO ELÉCTRICO DE VILLACURÍ S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-1993-EM.

Regístrese y comuníquese.

JAVIER ANTONIO BORJAS OLAECHEA

Director Regional

2342087-1