Ordenanza Municipal que aprueba la Numeración Municipal del Agrupamiento Santa Marina
Ordenanza Municipal
Nº 024-2024/MPC
Callao, 29 de octubre de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO
VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 016-2024-MPC-SR-COPODUN de fecha 21 de octubre de 2024 de la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura, y sus antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 3.4 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeración predial;
Que, la Quinta Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de Nomenclatura Vial y Áreas de Recreación Pública establece que las municipalidades distritales dispondrán la numeración predial y otorgarán el correspondiente certificado de numeración, a solicitud de los interesados;
Que, mediante Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU se aprueban los Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal, con la finalidad de establecer un instrumento técnico que permita mejorar la identificación de lugares, ahorrar tiempo, mejorar la productividad y planificar la ciudad;
Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, a través del Informe N° 769-2024/MPC-GSU-SGPUC del 24 de setiembre de 2024, comunica que, en cumplimiento de la normatividad vigente, ha desarrollado la “II Campaña de Numeración Municipal en el Agrupamiento Santa Marina”, según lo detallado en los informes N° 001-2024/MPC-SGPUC-ECFD-GMPS, 050-2024/MPC-GDU-SGPUC-AEBC y el Informe Legal N° 111-2024-MPC/GDU-SGPUC-CMVA;
Que, como resultado de dicha Campaña, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro presenta una propuesta de Ordenanza Municipal para aprobar la numeración municipal, con sus correspondientes planos, del Agrupamiento Santa Marina, el cual cuenta con una superficie aproximada de 304,851.52 m2, se encuentra inscrito en la Partida Registral N° P01304014 (matriz) y está conformado por cincuenta y siete (57) manzanas y trescientos cincuenta (350) lotes. La finalidad de esta propuesta es generar un reordenamiento y planeamiento territorial, facilitar la identificación y ubicación de direcciones, georreferenciar los servicios de emergencia, facilitar la labor de los operadores de servicios públicos, mejorar la tributación local al permitir el diseño de registros fiscales o inventarios, entre otros;
Que, mediante Memorando N° 2134-2024-MPC-GDU del 25 de setiembre de 2024, la Gerencia de Desarrollo Urbano corre traslado de la propuesta de numeración municipal del Agrupamiento Santa Marina, solicitando pronunciamiento de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Que, mediante Informe N° 305-2024-MPC/OGAJ de fecha 30 de setiembre de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica establece que la propuesta de Ordenanza Municipal cumple con los requisitos contenidos en la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, por lo que emite opinión legal favorable;
Que, la Comisión de Población y Desarrollo Urbano, a través del Dictamen N° 016-2024-MPC-SR-COPODUN de fecha 21 de octubre de 2024, recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal en cuestión, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento;
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA
LA NUMERACIÓN MUNICIPAL DEL AGRUPAMIENTO SANTA MARINA
Artículo 1.- APROBAR la Numeración Municipal del Agrupamiento Santa Marina del distrito del Callao, la cual se detalla en los siguientes documentos anexos:
• “Plano General de la Numeración Municipal para el Agrupamiento Santa Marina” con Código de Plano Nº14-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lámina 1/1.
• “Plano de Numeración Municipal Exterior para el Agrupamiento Santa Marina”, con escala de 1/500, con Código de Plano Nº15-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lamina 1/8, 2/8, 3/8, 4/8, 5/8, 6/8, 7/8 y 8/8.
• “Plano de Elevación para asignar Numeración Interior para el Agrupamiento Santa Marina”, con Código de Plano Nº16-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lámina 1/1, 1/2 y 1/3.
• Anexo Nº 01 “Numeración Municipal Exterior para Puertas Principales de Agrupamiento Santa Marina”.
• Anexo Nº 02 “Numeración Municipal Exterior para Puertas Secundarias del Agrupamiento Santa Marina”.
• Anexo Nº 03 “Numeración Municipal para Puertas Interiores del Agrupamiento Santa Marina”.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación su publicación y la de sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao).
Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
2341890-1