Aprueban la “Guía para la evaluación de sitios contaminados y la elaboración de planes dirigidos a la remediación”

Resolución Ministerial

Nº 00376-2024-MINAM

Lima, 4 de noviembre de 2024

VISTOS; el Informe Nº 00077-2024-MINAM/VMGA/DGCA y los Memorandos Nº 01260-2024-MINAM/VMGA/DGCA y Nº 01787-2024-MINAM/VMGA/DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando Nº 01306-2024-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00256-2024-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 00802-2024-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00845-2024-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1013, se crea al Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, de acuerdo con el literal d) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente tiene como función específica elaborar los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP), los cuales deben ser aprobados mediante Decreto Supremo;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 011-2017-MINAM, se aprueban los ECA para Suelo, que constituyen un referente obligatorio para el diseño y aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, y son aplicables para aquellos parámetros asociados a las actividades productivas, extractivas y de servicios;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 011-2017-MINAM establece que, de superarse los ECA para Suelo, en aquellos parámetros asociados a las actividades productivas, extractivas y de servicios, las personas naturales y jurídicas a cargo de estas deben realizar acciones de evaluación y, de ser el caso, ejecutar acciones de remediación de sitios contaminados, con la finalidad de proteger la salud de las personas y el ambiente; lo indicado no aplica cuando la superación de los ECA para Suelo sea inferior a los niveles de fondo, los cuales proporcionan información acerca de las concentraciones de origen natural de las sustancias químicas presentes en el suelo, que pueden incluir el aporte de fuentes antrópicas no relacionadas al sitio en evaluación;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2017-MINAM, se aprueban los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados, el cual tiene por objeto establecer los criterios para la gestión de sitios contaminados generados por actividades antrópicas, que comprenden aspectos de evaluación y remediación a ser regulados por las autoridades sectoriales competentes, con la finalidad de proteger la salud de las personas y el ambiente;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 012-2017-MINAM dispone que el Ministerio del Ambiente aprueba las guías técnicas para la gestión de sitios contaminados, mediante Resolución Ministerial, en coordinación con las autoridades sectoriales competentes;

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 085-2014-MINAM, se aprueba la “Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos”;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 118-2021-MINAM, se dispuso la publicación del proyecto de “Guía para la Evaluación de Sitios Contaminados y la elaboración de Planes Dirigidos a la Remediación”, que actualiza la “Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios al mismo;

Que, de acuerdo con el literal d) del artículo 95 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, la Dirección General de Calidad Ambiental conduce la elaboración, aplicación y seguimiento de los instrumentos de control y remediación ambiental, descontaminación de ambientes degradados y sitios contaminados, así como de las sustancias tóxicas y los materiales peligrosos, en el marco de sus competencias y de acuerdo a la normatividad vigente;

Que, a través del Informe Nº 00077-2024-MINAM/VMGA/DGCA y los Memorandos Nº 01260-2024-MINAM/VMGA/DGCA y Nº 01787-2024-MINAM/VMGA/DGCA, la Dirección General de Calidad Ambiental propone la “Guía para la evaluación de sitios contaminados y la elaboración de planes dirigidos a la remediación” que toma en cuenta los aportes y comentarios recibidos durante la prepublicación, así como la derogación del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 085-2014-MINAM, mediante el cual se aprueba la “Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos”;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Calidad Ambiental, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización, y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 011-2017-MINAM, que aprueba los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo; el Decreto Supremo Nº 012-2017-MINAM, que aprueban Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Guía para la evaluación de sitios contaminados y la elaboración de planes dirigidos a la remediación”, la cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Derogar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 085-2014-MINAM, que aprueba la Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y la Guía aprobada por el artículo 1 en la sede digital del Ministerio del Ambiente (https://www.gob.pe/minam), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan Carlos Castro Vargas

Ministro del Ambiente

2340842-1