Otorgan subvención económica a favor de docentes investigadores de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo para participar en evento que se realizará en México
UNIVERSIDAD NACIONAL
SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO
Resolución Rectoral
Nº 691-2024-UNASAM
Huaraz, 4 de noviembre de 2024
Vistos, el Oficio Nº 1070-2024-UNASAM/VRINV de fechas 31 de octubre de 2024, de la Vicerrectora de Investigación, sobre autorización de viaje los Docentes: Dr. Oscar Guillermo Ellacuriaga San Martin, Dra. Wendy July Allauca Castillo y Mag. Pierina Catherine Norabuena Trejo, al país de México;
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, de conformidad a lo establecido en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Capítulo I de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, “La universidad es la comunidad de profesores alumnos y graduados”; asimismo, es una institución de derecho público interno, se rige por su Estatuto, sus normas internas y dentro del marco de la Constitución Política del Perú y de las Leyes;
Que, de los antecedentes se tiene el Oficio Nº 001- 2024 - UNASAM - OGESM/IP de fecha 25 de octubre de 2024, del Dr. Oscar Guillermo Ellacuriaga San Martin, en calidad de docente Investigador Principal del Proyecto de investigación denominado “PROGRAMA DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA DEL PROFESOR UNIVERSITARIO PARA MEJORAR SU DESEMPEÑO DOCENTE EN LA UNIVERSIDAD SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”, aprobado con Resolución de Consejo Universitario Nº 593- 2024-UNASAM, solicita la autorización de viaje y la aprobación del presupuesto con fines de capacitación de su persona y los investigadores asociados, para que participen en el 29° Encuentro Nacional sobre desarrollo Regional en México, AMECIDER 2024, en el País de México, los días 11 al 15 de noviembre del 2024.
Que, en tal sentido, la Vicerrectora de Investigación de la UNASAM, mediante Oficio Nº 1051-2024-UNASAM/VRINV, de fecha 29 de octubre de 2024, solicita al Director de la Dirección de Investigación de la UNASAM, opinión técnica sobre el requerimiento realizado por el Dr. Oscar Guillermo Ellacuriaga San Martín, para que 03 miembros de su equipo de investigación, puedan participar en la jornada de capacitaciones desarrollada por la Universidad Autónoma de Quintana Roo de México, durante los días 11 al 15 de Noviembre del 2024, el presupuesto que demandará se encuentra programado en el proyecto de investigación, denominado: “PROGRAMA DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA DEL PROFESOR UNIVERSITARIO PARA MEJORAR SU DESEMPEÑO DOCENTE EN LA UNIVERSIDAD SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”, aprobado con Resolución de Consejo Universitario Nº 593- 2024-UNASAM, que asciende al monto de S/ 34,490.00 (Treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa con 00/100 soles);
Que, en el presente caso mediante Oficio Nº 0473-2024-UNASAM-DII/D, de fecha 30 de octubre de 2024, el Director de la Dirección del Instituto de Investigación de la UNASAM, eleva la opinión técnica sobre capacitación internacional, efectuado por el Mag. Hugo Walter Maldonado Leyva, Jefe de la Unidad de Investigación e Innovación de la Dirección del Instituto de Investigación, mediante el Informe N°066-2024-UNASAM/DII/UIeI-J de fecha 30 de octubre de 2024, expresando su opinión favorable, debido a que el requerimiento realizado se encuentra programado dentro de las actividades del proyecto de investigación, denominado: “PROGRAMA DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA DEL PROFESOR UNIVERSITARIO PARA MEJORAR SU DESEMPEÑO DOCENTE EN LA UNIVERSIDAD SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”, tanto la capacitación como el presupuesto respectivo;
Que, en ese sentido, la Vicerrectora de Investigación de la UNASAM, mediante Oficio Nº 1053-2024-UNASAM/VRINV, de fecha 29 de octubre de 2024, solicita al Director General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto de la UNASAM, disponibilidad presupuestal, por el monto de S/ 34,490.00 (Treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa con 00/100 soles), de acuerdo a lo requerido por el Dr. Oscar Guillermo Ellacuriaga San Martin, en calidad de docente Investigador Principal del Proyecto mencionado;
Que, estando a lo solicitado e invocando la autonomía universitaria prevista en el artículo 8° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, que señala: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: (…) 8.5 Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del patrimonio institucional; así como para fijar los criterios de generación y aplicación de los recursos”; mediante Oficio N.º1183-2024-UNASAM-DGPP/DPP de fecha 31 de octubre de 2024, el Director de la Dirección de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto de la UNASAM, otorga la disponibilidad presupuestal en el Rubro: 18, Meta: 20, Clasificadores: 23.21.11, por el monto total de S/ 34,490.00 (treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa con 00/100 soles);
Que, el artículo 6° del Estatuto de la UNASAM, uno de los principios de la UNASAM, es la “6.4 Calidad académica” “6.7 Espíritu crítico y de investigación”, así como uno de sus fines de acuerdo a lo establecido en el artículo 7° es “7.6 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística y la creación intelectual y artística” y asimismo el artículo 9° indica “9.5 Investigación científica, tecnológica y humanística”;
Que, conforme el artículo 99° del Estatuto de la UNASAM, “La investigación constituye una función esencial y obligatoria de la UNASAM, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimientos y desarrollo de tecnologías, a las necesidades de nuestra sociedad, con énfasis en la realidad regional y nacional”, en ese entendido la misma norma indica en su artículo 100° que “En la actividad investigadora participan docentes, estudiantes y graduados, involucra la formación de alianzas estratégicas a través de convenios establecidos por la UNASAM”;
Que, asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, que señala: “La investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad, con especial énfasis en la realidad nacional. Los docentes, estudiantes y graduados participan en la actividad investigadora (…)”; igualmente, según el artículo 50° del mismo cuerpo legal, que prescribe: “El Vicerrectorado de Investigación, según sea el caso, es el organismo de más alto nivel en la universidad en el ámbito de la investigación. Está encargado de orientar, coordinar y organizar los proyectos y actividades que se desarrollan a través de las diversas unidades académicas. (…)”; la Vicerrectora de Investigación de la UNASAM, con Oficio Nº 1070-2024-UNASAM/VRINV, de fecha 31 de octubre de 2024, solicita al señor Rector la autorización de viaje de los docentes al País de México, para que asistan al 29° Encuentro Nacional sobre desarrollo Regional en México, AMECIDER 2024, en el País de México, los días 11 al 15 de noviembre del 2024 y la publicación en el Diario “El Peruano”;
Que, por los considerandos antes señalados y en mérito al artículo 160° del Estatuto de la UNASAM, que establece: “El Rector es el personero y representante legal de la UNASAM. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la Ley Nº 30220 y del Estatuto de la UNASAM”; así como en virtud al numeral 163.3 del artículo 163° del mismo cuerpo legal, que prescribe: “Dirigir la actividad académica de la UNASAM y su gestión administrativa, económica y financiera”; el señor Rector de la UNASAM, con disposición virtual, de fecha 31 de octubre de 2024, ordena la emisión de la Resolución otorgando subvención económica a favor de los docentes investigadores: Dr. Oscar Guillermo Ellacuriaga San Martin, Dra. Wendy July Allauca Castillo y Mag. Pierina Catherine Norabuena Trejo;
De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 163º del Estatuto de la UNASAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- OTORGAR subvención económica, a favor del docente Investigador principal e investigadores asociado del proyecto “PROGRAMA DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA DEL PROFESOR UNIVERSITARIO PARA MEJORAR SU DESEMPEÑO DOCENTE EN LA UNIVERSIDAD SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”, para que asistan al 29° Encuentro Nacional sobre desarrollo Regional en México, AMECIDER 2024, en el País de México, los días 11 al 15 de noviembre del 2024, según detalle:
N° |
DOCENTES |
CONCEPTO |
UNIDAD |
IMPORTE (S/.) |
1 |
Dr. Oscar Guillermo Ellacuriaga San Martin |
Viáticos Internacionales |
05 |
S/. 8360.00 |
Pasajes terrestres Huaraz-Lima-Huaraz. |
02 |
S/. 170.00 |
||
Pasajes Aéreos internacionales Lima-México |
02 |
S/. 2,300.00 |
||
2 |
Dra. Wendy July Allauca Castillo |
Viáticos Internacionales |
05 |
S/. 8360.00 |
Pasajes terrestres Huaraz-Lima-Huaraz. |
02 |
S/. 170.00 |
||
Pasajes Aéreos internacionales Lima-México |
02 |
S/. 2,300.00 |
||
3 |
Mag. Pierina Catherine Norabuena Trejo |
Viáticos Internacionales |
05 |
S/. 8360.00 |
Pasajes terrestres Huaraz-Lima-Huaraz. |
02 |
S/. 170.00 |
||
Pasajes Aéreos internacionales Lima-México |
02 |
S/. 2,300.00 |
||
SUB TOTAL |
S/.32,490.00 |
|||
4 |
Publicación de la Resolución en el Diario “El Peruano” |
Publicación de Resolución |
01 |
S/. 2000.00 |
TOTAL |
S/.34,490.00 |
Artículo 2º.- DISPONER que para el cumplimiento de la presente Resolución se afectará a la fuente de financiamiento Rubro: 18, Meta: 20 y Clasificadores: 2.3.2.1.11, 2.3.2.1.12, 2.3.21.21 y 2.3.22.51.
Artículo 3º.- DAR cuenta de la presente Resolución al Honorable Consejo Universitario para su ratificación.
Artículo 4º.- DISPONER a los órganos competentes de la UNASAM, el estricto cumplimiento a la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
CARLOS ANTONIO REYES PAREJA
Rector
NÉLIDA ROSARIO BRONCANO OSORIO
Secretaria General (e)
2340680-1