Disponen la publicación del proyecto normativo denominado “Ordenanza que modifica parcialmente el Reglamento de Organización, Funciones y Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza N° 605/MM”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 261-2024-A/MM
Miraflores, 31 octubre de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES
Vistos, el Memorándum N° 603-2024-GPV/MM de fecha 18 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Memorándum N° 353-2024-GAJ/MM de fecha 21 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 634-2024-GPV/MM de fecha 29 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe N° 380-2024-GAJ/MM de fecha 31 de octubre del 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 1680-2024-GM/MM de fecha 31 de octubre del 2024, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, en concordancia con la autonomía política de que gozan los Gobiernos Locales, el inciso 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, el numeral 4.10 del artículo 4º del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, establece que la publicación de proyectos normativos “Es la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses”;
Que, el artículo 19° del Reglamento mencionado, dispone que sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso;
Que, el artículo 20° del referido Reglamento dispone los elementos mínimos que debe contener la publicación de los proyectos normativos descritos en el artículo 19° antes mencionado, señalando en su literal c) que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo que, en concordancia con lo dispuesto en el literal d) de dicho articulado, dicho plazo pueda reducirse siempre y cuando no sea menor de siete (07) días calendario; debiendo las entidades de la Administración Pública, propiciar tanto canales virtuales como físicos para la recepción de comentarios, aportes u opiniones y propiciar la adopción de mecanismos inclusivos para tal fin, en formatos accesibles, de conformidad con la normativa aplicable;
Que, el numeral 21.1 del artículo 21° de la norma antes mencionada, precisa que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial, siendo que el proyecto normativo y la exposición de motivos, se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública;
Que, mediante Ordenanza N° 605/MM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de junio de 2023, se aprobó el Reglamento de Organización, Funciones y Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Miraflores con el objeto de regular la constitución, organización, funciones, ámbito de acción, proceso de elección y participación de las JVC como órganos de representación de los ciudadanos residentes en el distrito de Miraflores, así como establecer las disposiciones referidas a su elección con la finalidad de preservar la naturaleza comunal y democrática de estas, como órganos de coordinación directa entre los vecinos y el gobierno local, en favor del desarrollo del distrito;
Que, mediante el Memorándum N° 603-2024-GPV/MM de fecha 18 de octubre de 2024, complementado con el Memorándum Nº 634-2024-GPV/MM, la Gerencia de Participación Vecinal sustenta la necesidad de implementar ciertos mecanismos participativos que garanticen una mayor participación de vecinos en el padrón electoral, por lo que indica que resulta necesario modificar los artículos 9° (literales b y e), 10°, 16° y 17°, 18° y 33° del Reglamento de Organización, Funciones y Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Miraflores; asimismo, remite la propuesta final del proyecto normativo y el proyecto de resolución de alcaldía que dispone la publicación del proyecto normativo;
Que, mediante el Informe Nº 380-2024-GAJ/MM de fecha 31 de octubre de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que procede legalmente la emisión del acto resolutivo por parte del titular de la entidad, que tiene por finalidad disponer la publicación del proyecto normativo que modifique parcialmente el Reglamento de Organización, Funciones y Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza N° 605/MM por el lapso de siete (07) días calendario, de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; de acuerdo a lo solicitado por la Gerencia de Participación Vecinal;
Que, mediante el Memorándum N° 1680-2024-GM/MM de fecha 31 de octubre de 2024, la Gerencia Municipal remite a la Secretaría General el Informe Nº 380-2024-GAJ/MM juntamente con los actuados, a efectos de proseguir con el trámite correspondiente, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría Jurídica;
Estando a lo dispuesto, y de conformidad con lo previsto por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER la publicación del proyecto normativo denominada “Ordenanza que modifica parcialmente el Reglamento de Organización, Funciones y Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza N° 605/MM”, por el lapso de siete (07) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del proyecto normativo consignado en el artículo primero de la presente resolución de alcaldía en la sede digital de la Municipalidad Distrital de Miraflores (www.miraflores.gob.pe), facilitando su acceso a la ciudadanía a fin de recoger sus opiniones, comentarios y sugerencias.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal, así como las demás unidades de organización pertinentes, el cumplimiento de la presente resolución de alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del presente dispositivo legal en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Miraflores (www.miraflores.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS CANALES ANCHORENA
Alcalde
2340475-1