Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de San Isidro, aprobado mediante Ordenanza N° 950

ORDENANZA N° 2663

LA REGIDORA METROPOLITANA A CARGO DEL DESPACHO

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima en sesión ordinaria del 24 de octubre de 2024, en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 096-2024-MML/CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

Ha dado la ordenanza siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO, APROBADO POR ORDENANZA N° 950

Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Residencial de Densidad Media (RDM) para el predio de 556.80 m², ubicado en la calle Las Moreras, levantada sobre el lote 6, sección denominada Garages del Country Club, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 46686691 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, de propiedad de Mariana Cabello Barreto de Rodríguez, Luz Violeta María Cabello Barreto de Valdez y Jaime Valdez Bernos; haciendo extensivo el cambio de zonificación a los lotes calificados como Residencial de Densidad Baja (RDB) de la misma manzana, conforme a lo graficado en el anexo, que forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Aprobar la modificación del plano de zonificación del distrito de San Isidro, aprobado mediante Ordenanza N° 950, publicada el 17 de junio de 2006 en el diario oficial El Peruano, en virtud del cambio de zonificación aprobado en el artículo precedente.

Artículo 3.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito de San Isidro, aprobado mediante Ordenanza N° 950-MML, la modificación aprobada en la presente ordenanza.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la notificación de la presente ordenanza a los administrados y a la Municipalidad Distrital de San Isidro, así como su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Gobierno Digital la publicación de la presente ordenanza, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Al promulgarla, mando se registre, publique y cumpla.

Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veinticuatro días de octubre de dos mil veinticuatro

ROXANA MARÍA ROCHA GALLEGOS

Regidora Metropolitana

2340404-1