Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 650/MM que modificó la Ordenanza N° 645/MM, Ordenanza que establece beneficios para el pago voluntario de las multas administrativas emitidas por la Municipalidad de Miraflores
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 020-2024/MM
Miraflores, 31 de octubre de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES
Vistos, el Informe Nº 1332-2024-SGFC-GDEF/MM de fecha 31 de octubre de 2024, emitido por la Subgerencia de Fiscalización y Control; el Memorándum Nº 1189-2024-GDEF/MM de fecha 31 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización; el Informe Nº 382-2024-GAJ/MM de fecha 31 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 1683-2024-GM/MM de fecha 31 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la mencionada ley mediante decretos de alcaldía; asimismo, el artículo 42° de la referida norma legal, establece que los decretos de alcaldía establecen las normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Consejo Municipal;
Que, mediante Ordenanza N° 645/MM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de junio de 2024 y modificatoria, se establecieron beneficios para el pago voluntario de las multas administrativas emitidas por la entidad, precisándose que los beneficios establecidos respecto a las notificaciones de prevención y/o papeletas de prevención y/o multas administrativas recogidas en dicha norma, regirían desde el día siguiente de su publicación y de acuerdo a la Ordenanza Nº 650/MM, el plazo de vigencia de los beneficios fueron prorrogados hasta el 31 de octubre de 2024, ello con la finalidad que los administrados tengan la oportunidad de sanear sus deudas por dicho concepto con la entidad, estableciéndose un cuadro escalonado de beneficios aplicables al monto total de la multa pendiente de pago, tanto para las multas administrativas en etapa ordinaria de cobranza como en la etapa coactiva, conforme al detalle contenido en la norma en mención;
Que, mediante el Informe N° 1332-2024-SGFC-GDEF/MM de feca 31 de octubre de 2024, la Subgerencia de Fiscalización y Control considerando que se encuentra próximo a caducar el plazo señalado en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 650/MM que modifica la Ordenanza N° 645/MM, la cual establece que los administrados tienen hasta el 31 de octubre del 2024 como plazo para acogerse al beneficio del pago con los descuentos señalados en la mencionada norma, recomendó gestionar la ampliación de la vigencia de la Ordenanza N° 650/MM que modifica la Ordenanza N° 645/MM hasta el 31 de diciembre del presente año;
Que, mediante el Memorándum N° 1189-2024-GDEF/MM de fecha 31 de octubre de 2024, la Gerencia de Desarrollo Económico, en mérito al Informe Legal N° 32-2024-GDEF/MM, emite opinión favorable respecto a la propuesta de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa respecto a la prórroga del plazo de los beneficios antes señalados, debiendo considerarse su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, para lo cual remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica el proyecto de decreto de alcaldía elaborado y sustentado por la mencionada Subgerencia; asimismo, refiere que no resulta necesario que el referido proyecto normativo sea publicado toda vez que no se trata de una norma de carácter general que pueda afectar el beneficio de pagos con descuentos será en beneficio de todas las personas naturales y jurídicas que han incurrido en la comisión de infracciones administrativas y a su vez tengan multas pendientes de pago y que en la actualidad no han podido ser canceladas; por tal motivo la Gerencia de Desarrollo Económico requiere la emisión de la opinión legal respectiva por parte de este despacho y la prosecución del trámite de aprobación de la propuesta en mención, de corresponder;
Que, mediante el Informe N° 382-2024-GAJ/MM de fecha 31 de octubre de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica, desde el punto de vista estrictamente legal, opina que procede legalmente la aprobación de la propuesta de decreto de alcaldía que amplía la vigencia de la Ordenanza N° 650/MM que modifica la Ordenanza N° 645/MM, que establece beneficios para el pago voluntario de las multas administrativas emitidas por la Municipalidad distrital de Miraflores, hasta el 31 de diciembre del 2024, conforme a lo sustentado por la Subgerencia de Fiscalización y Control a través del Informe N° 1332-2024-SGFC-GDEF/MM, contando con la anuencia de sus superior jerárquico, la Gerencia de Desarrollo Económico y Fiscalización, conforme se desprende del Memorándum N° 1189-2024-GDEF/MM, correspondiendo proseguir con el trámite respectivo;
Que, mediante el Memorándum N° 1683-2023-GM/MM de fecha 31 de octubre de 2024, la Gerencia Municipal remite los actuados administrativos y solicita proseguir con el trámite correspondiente, conforme a lo recomendado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica;
De acuerdo a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 650/MM, Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 645/MM, Ordenanza que establece beneficios para el pago voluntario de las multas administrativas emitidas por la Municipalidad Distrital de Miraflores, hasta el 31 de diciembre del 2024.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas y a las demás unidades de organización que correspondan, en el ámbito de sus competencias, el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Miraflores (www.miraflores.gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS CANALES ANCHORENA
Alcalde
2340306-1