Autorizan viaje de Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 227-2024-PCM

Lima, 31 de octubre de 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante OF. RE (DAS) N° 2-16-B/245 de fecha 2 de mayo de 2024, el Director para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, sobre la invitación para participar en la Primera Conferencia Ministerial Mundial para poner fin a la Violencia contra la Niñez, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, los días 7 y 8 de noviembre de 2024;

Que, la citada Conferencia es organizada por el Gobierno Colombiano con el copatrocinio del Gobierno de Suecia y el apoyo de la Organización Mundial de la Salud - OMS, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia - UNICEF y la Representante Especial del Secretario General de Naciones Unidas sobre la Violencia contra los Niños;

Que, el mencionado evento constituye una oportunidad para acelerar concretamente las acciones para poner fin a la violencia contra los niños, incluida la inversión en sistemas de prevención de la violencia y protección infantil más sólidos e integrados; además, es un espacio para organizar eventos paralelos sobre temas de actualidad relacionados con el fin de la violencia contra los niños;

Que, los resultados específicos que busca el referido evento son: compartir lecciones aprendidas sobre estrategias probadas para poner fin a la violencia contra los niños; revitalizar los compromisos de los países; obtener apoyo para iniciativas claves; ampliar la visión de los niños y los jóvenes como actores activos del cambio; lanzar un movimiento de defensa liderado por niños y jóvenes para poner fin a la violencia contra los niños; y, acordar una declaración política negociada intergubernamental;

Que, de otro lado, mediante Carta s/n de fecha 24 de setiembre de 2024, el Director Nacional de Aldeas Infantiles SOS Colombia invita al Gobierno del Perú, a través de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a participar como ponente en el evento satélite titulado “Prevenir para Proteger”, que se realizará en el marco de la Conferencia Ministerial antes mencionada, a llevarse a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el día 6 de noviembre de 2024;

Que, conforme lo establecen los literales j), k) y n) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dicho Ministerio tiene como ámbito de competencia, la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes; el seguimiento al cumplimiento de los compromisos, tratados, programas y plataformas de acción materia de sus competencias; y, el ejercicio de la rectoría sobre las materias de su competencia y sobre los Sistemas asignados, tales como el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescentes, respectivamente;

Que, en ese contexto, mediante Informe N° D000017-2024-MIMP-DPNNA, la Dirección de Políticas sobre Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, señala que la participación en la citada Conferencia Ministerial es fundamental para obtener: a) nuevos compromisos, gubernamentales y no gubernamentales, para prevenir y poner fin a la violencia contra la niñez sobre la base de los esfuerzos existentes; b) una iniciativa colectiva renovada de protección de la infancia liderada por los Estados miembros; c) el primer movimiento mundial liderado por niños, niñas y adolescentes para la prevención de la violencia infantil; d) la declaración política consultada intergubernamentalmente; e) reuniones satélites sobre cuestiones críticas relacionadas con la erradicación de la violencia a la niñez; y, f) participar de la aprobación de la propuesta de documento denominado “Llamado a la Acción”;

Que, asimismo, a través del Informe N° D000031-2024-MIMP-OCAI, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, señala que la participación de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en los mencionados eventos, constituye una valiosa oportunidad para mostrar los avances en la lucha para eliminar la violencia contra las niñas, niños y adolescentes, en el marco de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, aprobada por Decreto Supremo N° 008-2021-MIMP, cuya conducción, seguimiento y evaluación se encuentra a cargo de dicho sector;

Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional e institucional, autorizar el viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para que participe en los citados eventos;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia - UNICEF, sin irrogar gastos al Tesoro Público;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los ministros se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, a partir de la ausencia de la Titular y en tanto dure ésta, resulta necesario encargar el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 6 al 9 de noviembre de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Encargar el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables al señor RAÚL RICARDO PEREZ REYES ESPEJO, Ministro de Transportes y Comunicaciones, en tanto dure la ausencia de la Titular.

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irroga gastos al Tesoro Público, ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

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