Aprueban la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 19 Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas: Información a revelar
CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD
Resolución N° 004-2024-EF/30
Lima, 29 de octubre de 2024
VISTO:
El despacho remitido por la Fundación de Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, por sus siglas en inglés), que contiene la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 19 Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas: Información a revelar;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 4.4 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado con el Decreto Supremo N° 057-2022-EF, dispone que las entidades del sector privado preparan y presentan los estados financieros, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera aprobadas por el Consejo Normativo de Contabilidad, excepto aquellas entidades a las que, por su naturaleza y otras características operativas, les aplique un marco normativo distinto;
Que, de conformidad con el inciso 2 del numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene como función emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda;
Que, en la sesión virtual del Consejo Normativo de Contabilidad, realizada el 16 de octubre de 2024, se acordó aprobar para su uso en el país, la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 19 – Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas: Información a revelar, considerando la vigencia en la fecha establecida en la misma norma, por lo que, resulta necesario emitir la presente resolución en el marco de la función atribuida al Consejo Normativo de Contabilidad;
De conformidad con lo establecido en el inciso 2 del numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado con el Decreto Supremo N° 057-2022-EF;
Se resuelve:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 19 Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas: Información a revelar.
Artículo 2.- Vigencia
La vigencia de la norma indicada en el artículo precedente es la establecida en la propia norma.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución y de la norma aprobada en el artículo 1, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Difusión
Solicitar a la Dirección General de Contabilidad Pública, como ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, la difusión de lo dispuesto por la presente Resolución; y recomendar a la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del país y otras instituciones competentes, su debida incorporación en los planes curriculares y de capacitación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÓSCAR NÚÑEZ DEL ARCO MENDOZA
Presidente
FERNANDO FLORES CALDERÓN
Superintendencia Nacional de Aduanas y
de Administración Tributaria
SEGUNDO ELOY GRANDA CARAZAS
Facultades de Ciencias Contables de las
Universidades del País licenciadas por la
Superintendencia Nacional de Educación
Superior Universitaria
BLANCA GUILLERMO SERREPE
Instituto Nacional de Estadística e Informática
MARÍA ROSA LINARES VÁSQUEZ
Superintendencia del Mercado de Valores
MARÍA LILIANA ORMEÑO CASTRO
Banco Central de Reserva del Perú
WILBER PINEDA YAROS
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
ZAYDA BEATRIZ QUISPE SOTO
Confederación Nacional de Instituciones
Empresariales Privadas
ALFREDO SAAVEDRA RODRÍGUEZ
Junta de Decanos de Colegios de Contadores
Públicos del Perú
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