Autorizan transferencia financiera a favor del Poder Judicial

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0275-2024-JUS

Lima, 29 de octubre de 2024

VISTOS, el Informe N° 57-2024-JUS/PRONABI-CE, del Programa Nacional de Bienes Incautados; el Informe N° 126-2024-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina de Presupuesto; el Memorando N° 2307-2024-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1600-2024-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 31953, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y con Resolución Ministerial N° 0397-2023-JUS se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) por la suma de S/ 611,946,857.00 (SEISCIENTOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES);

Que, el literal t) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, autoriza al MINJUSDH, en el presente año fiscal, a realizar, de manera excepcional, transferencias financieras con cargo a los recursos que custodia y administra el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI), disponiendo el numeral 13.2 que las transferencias se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de los Lineamientos para la Administración y Disposición de Bienes a Cargo del PRONABI, aprobados por Decreto Supremo N° 001-2021-JUS, en el marco del Decreto Legislativo N° 1373, Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2019-JUS, establece que luego de asegurar la operatividad y funcionamiento del PRONABI, y en la eventualidad de existir excedentes de recursos, el Consejo Directivo de dicho Programa podrá disponer su distribución entre las siguientes entidades: a. Veinticinco por ciento (25%) para el Poder Judicial, entidad que destinará los recursos para las Salas y Juzgados con competencia en materia de extinción de dominio; b. Veinticinco por ciento (25%) para el Ministerio Público, entidad que destinará los recursos para las Fiscalías Especializadas con competencia en materia de extinción de dominio; c. Veinticinco por ciento (25%) para la Policía Nacional del Perú, institución que lo destina a las unidades policiales especializadas con competencia en materia de extinción de dominio; y d. Veinticinco por ciento (25%) para las Procuradurías Públicas que hayan intervenido directamente en la investigación o en el proceso judicial que dio origen a la extinción de dominio de los bienes subastados, u otros que se determinen en concordancia con lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1373;

Que, asimismo, el numeral 44.3 del artículo 44 de los Lineamientos antes señalados, dispone que, en caso de aprobarse la asignación definitiva de inmuebles, el valor comercial del bien será considerado como parte de la distribución prevista en el numeral 40.2 del artículo 40;

Que, según lo señalado en el Acuerdo N° 2 del Acta N° 66 de la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del PRONABI, del 23 de junio del 2023, se aprobó que el remanente de S/ 24,205,637.39 soles sea distribuido entre las instituciones legalmente autorizadas conforme a lo normado en el numeral 40.2 de citados Lineamientos; en función a ello, la distribución entre dichas instituciones es: 25% para el Poder Judicial equivalente a S/ 6, 051.409 Soles, Ministerio Público de S/ 6,051.409 Soles, la Policía Nacional del Perú S/ 6,051.409 Soles y las Procuradurías Públicas S/ 6,051.409 Soles;

Que, asimismo, en el Acuerdo N° 3 de la citada Acta N° 66 se aprobó por unanimidad deducir de los montos referidos en el Acuerdo N° 2, el equivalente al valor comercial de los bienes recibidos, por el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, en asignación definitiva;

Que, con Resolución Ministerial N° 0062-2024-JUS, del 5 de marzo de 2024, en cumplimiento a lo dispuesto mediante Acuerdo N° 5 del Acta N° 73, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 2´958,079,00 (Dos Millones Novecientos Cincuenta y Ocho Mil Setenta y Nueve y 00/100 Soles) a favor del Pliego 068: Procuraduría General del Estado y del Pliego 004: Poder Judicial, la suma de S/ 1,479,039.50 soles cada uno, con cargo al saldo de libre incorporación autorizado al MINJUSDH mediante Decreto Supremo N° 006-2024-EF;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2024-JUS, del 3 de setiembre de 2024, se autorizó la transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 13 471 202,50 (Trece millones cuatrocientos setenta y un mil doscientos dos y 50/100 soles) a favor del Pliego 068: Procuraduría General del Estado y del Pliego 022: Ministerio Público, con cargo a la Específica del gasto 2.4.1.3.1.1. – A Otras Unidades del Gobierno Nacional;

Que mediante Acuerdo N° 3 del Acta N° 79 de la Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del PRONABI, del 9 de septiembre del 2024, se aprobó por unanimidad la modificación del destino de las transferencias financieras a efectuarse con cargo al saldo de balance 2022 del PRONABI, a favor del Poder Judicial; ascendente a S/6´174,362.50 soles; además disponen se continúe con las gestiones para que se logre ejecutar;

Que, mediante Oficio N° 000557-2024-GAF-GG-PJ, el Pliego 004: Poder Judicial solicitó la transferencia de los recursos pendientes del saldo de balance del año 2022, por la suma de S/ 6´174,362.85 soles y precisó que los recursos transferidos se destinarán para la adquisición de equipamiento informático y bienes muebles destinados al fortalecimiento del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio (SNEED) de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, en relación con sus necesidades operativas, para el desarrollo óptimo de sus funciones, en el marco de los acuerdos aprobados en el Acta N° 066 de fecha 23 de junio de 2023, en concordancia con el numeral 40.2 del artículo 40 de los citados Lineamientos;

Que, mediante el Informe N° 57-2024-JUS/PRONABI-CE, el Coordinador Ejecutivo del PRONABI, solicita que, en el marco de lo dispuesto en el literal t) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; con la finalidad de atender el pedido del Poder Judicial a través del Oficio N° 00557-2024-GAF-GG-PJ, se gestione la transferencia financiera aprobada por el colegiado que conforma el Consejo Directivo del PRONABI; en cumplimiento a lo dispuesto en el Acta N° 66-2023 de Sesión del Consejo;

Que, la Oficina de Presupuesto, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante Informe N° 126-2024-JUS/OGPM-OPRE, señala que el PRONABI cuenta con recursos disponibles, en la específica de gasto 2.4.1.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la suma de S/ 6,174,362.50 (SEIS MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 50/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para gestionar la transferencia financiera a favor del Pliego 004: Poder Judicial, en el marco del literal t) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en cumplimiento a lo dispuesto en las Actas Nros. 66-2023, 73-2024 y 79-2024 de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Directivo del PRONABI, de fechas 23 de junio de 2023, 16 de febrero de 2024 y 9 de setiembre de 2024, respectivamente;

Con el visado del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Bienes Incautados; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina General de Administración; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 001-2021-JUS, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para la Administración y Disposición de Bienes a Cargo del Programa Nacional de Bienes Incautados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1373, Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2019-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 6,174,362.50 (SEIS MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 50/100 SOLES), a favor del Pliego 004: Poder Judicial.

Artículo 2.- La autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la Fuente de Financiamiento: 5. Recursos Determinados, Unidad Ejecutora: 001. Ministerio de Justicia - Oficina General de Administración; Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad: 5003597. Administración de Objetos, Instrumentos y Otros Generados por Comisión de Delitos en Agravio del Estado, Función: 06. Justicia, División Funcional: 017. Administración de Justicia, Grupo Funcional: 0038. Administración de Justicia, Meta: 0099. Administración de Objetos, Instrumentos y Otros Generados por Comisión de Delitos en Agravio del Estado, Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias”, Específica del gasto 2.4.1.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional; hasta por la suma de S/ 6,174,362.50 (SEIS MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 50/100 SOLES).

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

2339249-1