Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba normas temporales complementarias para la aplicación del Régimen Excepcional de Reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y otras disposiciones” y su exposición de motivos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 000432-2024-PRODUCE

Lima, 29 de octubre de 2024

VISTOS: El Memorando N° 00001036-2024-PRODUCE/DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción con el que remite el Informe N° 00000014-2024-PRODUCE/DS-PA-maleman de su Dirección de Sanciones; el Informe N° 00000507-2024-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura con el que hace suyo el Informe N° 00000544-2024-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento; y el Informe N° 00001178-2024-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 66, 67 y 68 de la Constitución Política del Perú establecen que los recursos naturales son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado promover su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica;

Que, el artículo 6 de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales señala que el Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales y que su soberanía se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos;

Que, el artículo 3 y los numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establecen que el dicho Ministerio tiene competencia exclusiva, entre otras, en materia de ordenamiento pesquero y acuícola; asimismo, tiene funciones rectoras, tales como formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; además, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva;

Que, el artículo 2 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, establece la aplicación de un régimen excepcional de reducción en el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, disponiendo que el Ministerio de la Producción emite las normas complementarias correspondientes y/o el procedimiento a seguir por parte de los administrados, para acogerse al beneficio establecido en la referida ley;

Que, adicionalmente, el numeral 138.3 del artículo 138 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, dispone que el Ministerio de la Producción, dentro del ámbito de sus competencias, podrá aprobar facilidades para el pago y descuentos de las multas que se hubieran impuesto por infracciones en que se hubiese incurrido, incluyendo multas que estén en cobranza coactiva;

Que, con el Memorando N° 00001036-
2024-PRODUCE/DGSFS-PA, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción remite el Informe N° 00000014-2024-PRODUCE/DS-PA-maleman de su Dirección de Sanciones con el que sustenta la necesidad de aprobar las normas complementarias para la aplicación del régimen excepcional de reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, que reglamenten la Décimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32103; así como establecer disposiciones sobre el aplazamiento y fraccionamiento de dichas deudas, para cuyo efecto remite su propuesta para la emisión de una Resolución Ministerial que disponga la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba normas temporales complementarias para la aplicación del Régimen Excepcional de Reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y otras disposiciones”, y su exposición de motivos, para recibir comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo, por un plazo de quince (15) días calendario;

Que, mediante el Informe N° 00000507-2024-PRODUCE/DGPARPA, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, hace suyo el Informe Nº 00000544-2024-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento, el cual concluye que habiendo revisado el citado proyecto de Decreto Supremo, corresponde que se continúe con el trámite respectivo para su publicación;

Que, atendiendo a lo previsto en el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, corresponde disponer la publicación del referido proyecto de Decreto Supremo y su exposición de motivos por el plazo de quince (15) días calendario, lo que permitirá recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general sobre el proyecto normativo;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 00001178-2024-PRODUCE/OGAJ señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial, conforme a lo propuesto por la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo

Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba normas temporales complementarias para la aplicación del Régimen Excepcional de Reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y otras disposiciones” y su exposición de motivos, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general.

Artículo 2.- Mecanismo de participación

Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sean remitidos a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o al correo electrónico: dgparpa@produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO GONZALEZ GUERRERO

Ministro de la Producción

2339246-1