Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 510-MVES que estableció beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Villa El Salvador
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 013-2024-ALC/MVES
Villa El Salvador, 25 de octubre del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA EL SALVADOR
VISTOS: El Memorando Nº 1369-2024-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 340-2024-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 164-2024-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe Nº 585-2024-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 510-MVES, Ordenanza ¨Juntos por más Obras¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa el Salvador¨, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras, las de: ¨Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨; y el artículo 42° establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, mediante Ordenanza Nº 510-MVES, Ordenanza ¨Juntos por más Obras¨ se establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa el Salvador hasta el 31 de octubre del 2024; precisándose en su Cuarta Disposición Transitoria y Final que se facultaba al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar la vigencia de la misma;
Que, con Informe Nº 164-2024-GRAT/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, teniendo en consideración el Informe N° 585-2024-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, informa que, desde la entrada en vigencia de la Ordenanza N° 510-MVES, Ordenanza ¨Juntos por más Obras¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador, se ha obtenido resultados favorables en la recaudación para el ejercicio fiscal 2024, lo que permitirá continuar con la ejecución de obras y proyectos, por lo que, recomienda ampliar la vigencia de la citada Ordenanza con la finalidad de incentivar el acogimiento a la misma de mayor número de contribuyentes y/o administrados; en dicho sentido, la referida Gerencia recomienda prorrogar la Ordenanza N° 510-MVES, Ordenanza ¨Juntos por más Obras¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador, hasta el 30 de noviembre del 2024;
Que, con Informe Nº 340-2024-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión precisando que resulta legalmente viable la aprobación mediante Decreto de Alcaldía de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 510-MVES, Ordenanza ¨Juntos por más Obras¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador , hasta el 30 de noviembre del 2024, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, así como lo previsto en el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42° la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y lo dispuesto en la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 510-MVES;
Que, con Memorando N° 1369-2024-GM/MVES, la Gerencia Municipal, teniendo en consideración el informe técnico y legal emitido, hace suya la propuesta y solicita se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se prorrogue hasta el 30 de noviembre del 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 510-MVES, Ordenanza ¨Juntos por más Obras¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20° y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13° de la Ordenanza N° 479-MVES, que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, y la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 510-MVES;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre del 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 510-MVES, Ordenanza ¨Juntos por más Obras¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, la Unidad de Tesorería y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Unidad de Imagen Institucional, su correcta difusión.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUIDO IÑIGO PERALTA
Alcalde
2339076-1