Aprueban propuesta de creación de la Unidad Funcional de Identificación de Riesgos de Corrupción y Debida Diligencia

Resolución Ministerial

N° D000161-2024-MIDIS

San Isidro, 28 de octubre del 2024

VISTOS:

El Informe N° D000162-2024-MIDIS-OII de la Oficina de Integridad Institucional; el Informe N° D000422-2024-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000460-2024-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, conforme al artículo 12 de la citada norma, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social es la más alta autoridad política del sector desarrollo e inclusión social y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio, teniendo a su cargo, entre otras funciones, las de dirigir, formular, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; así como ejercer la titularidad del pliego presupuestal del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades públicas de los Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y los diferentes niveles de gobierno;

Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;

Que, mediante Resolución de la Secretaría de Integridad Pública Nro. 002-2021-PCM-SIP se aprueba la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del Sector Público”, en el que se establecen los nueve (09) componentes para el Modelo de Integridad Pública y el Índice de Capacidad Preventiva (ICP), siendo uno de ellos la “Gestión de riesgos que afectan la integridad pública”;

Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° D000231-2023-MIDIS se aprueban las “Acciones de Integridad 2024 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” que incluye implementar el “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” y faculta a la Oficina de Integridad Institucional para requerir la colaboración, el asesoramiento y apoyo de las unidades de organización del MIDIS y los Programas Nacionales, a fin de realizar entre otras acciones: el seguimiento a la implementación de recomendaciones derivadas de informes de control posterior, el seguimiento a la presentación oportuna de acciones preventivas o correctivas identificadas en informes de control simultáneo y el seguimiento al cumplimiento de medidas de control en el marco del Sistema de Control Interno;

Que, conforme al artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial N° D000143-2024-MIDIS, la Secretaría General está a cargo del Secretario General, quien es la máxima autoridad administrativa del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que asiste y asesora al Despacho Ministerial en la gestión de administración interna del Ministerio y tiene a su cargo, entre otros, la conducción y supervisión de las unidades de organización bajo su dependencia, que desarrollan y ejecutan los sistemas administrativos de Planeamiento Estratégico, Programación Multianual y Gestión de Inversiones, Presupuesto Público, Modernización de la Gestión Pública, Gestión de Recursos Humanos, Abastecimiento, Contabilidad, Tesorería, Endeudamiento, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres, del Sistema de Defensa Nacional y del Sistema de Control Interno, además supervisa el cumplimiento de las obligaciones en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública; también se encarga de conducir y supervisar las acciones orientadas a fortalecer la imagen institucional; así como, la conducción de la ejecución de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, el artículo 53 del mencionado texto integrado, establece que la Oficina de Integridad Institucional es la unidad orgánica de apoyo encargada de la ejecución, coordinación, supervisión y monitoreo de una Cultura de Integridad y Lucha contra la Corrupción en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sus programas sociales y organismos públicos adscritos, en el marco de la normativa vigente y depende de la Secretaría General;

Que, por su parte, los literales a), b) e i) del artículo 54 del mismo texto integrado establecen que la Oficina de Integridad Institucional impulsa, conduce o implementa una Cultura de Integridad en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sus Programas Nacionales y organismos públicos adscritos, así como propone su incorporación en los planes, y otros documentos de gestión, supervisando su cumplimiento; asimismo, propone, implementa y monitorea acciones de integridad y lucha contra la corrupción, por último, apoya a la máxima autoridad administrativa en la implementación del Sistema de Control Interno, así como a las unidades de organización en la gestión de riesgos que afectan a la integridad pública;

Que, la Décima Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y su modificatoria, señala que, excepcionalmente, las unidades funcionales que integran la estructura funcional de un programa o proyecto especial, un órgano o unidad orgánica de una entidad pública puede conformar una unidad funcional en su interior, siempre que el volumen de operaciones o recursos que gestione tenga por finalidad cumplir con sus funciones de línea o administración interna y así lo justifique, de modo tal de diferenciar las líneas jerárquicas y alcances de responsabilidad; asimismo, establece que las unidades funcionales no aparecen en el organigrama ni su conformación supone la creación de cargos ni asignación de nuevos recursos. Las líneas jerárquicas, responsabilidades y coordinador a cargo de la unidad funcional se establecen en la resolución que la formaliza;

Que, al amparo del marco normativo antes señalado, mediante Informe Nº D000162-2024-MIDIS-OII, la Oficina de Integridad Institucional propone y sustenta la necesidad de crear la Unidad Funcional de Identificación de Riesgos de Corrupción y Debida Diligencia, propuesta que ha sido presentada ante la Secretaría General con el propósito de contribuir en el fortalecimiento de la gestión institucional orientada a la disminución de riesgos asociados a conductas ajenas a la ética, la integridad y la legalidad, en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y los Programas Nacionales;

Que, al respecto, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mediante Informe Nº D000422-2024-MIDIS-OGPPM ha otorgado conformidad al Informe Nº D000224-2024-MIDIS-OM, emitido por la Oficina de Modernización, a través del cual otorga opinión técnica favorable para la creación de la Unidad Funcional de Identificación de Riesgos de Corrupción y Debida Diligencia;

Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° D000460-2024-MIDIS-OGAJ emite opinión favorable para la emisión del acto resolutorio que apruebe la propuesta de creación de la Unidad Funcional de Identificación de Riesgos de Corrupción y Debida Diligencia;

Que, en consecuencia, resulta relevante para la Alta Dirección del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobar la propuesta antes mencionada que servirá para la detección de riesgos y lucha contra la corrupción en todo el ámbito sectorial de las entidades adscritas al ministerio y, en consecuencia, disponer las acciones necesarias para su implementación conforme a la normativa vigente;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Integridad Institucional, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y la Resolución Ministerial N° 143-2024-MIDIS que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Unidad Funcional de Identificación de Riesgos de Corrupción y Debida Diligencia

Aprobar la propuesta de creación de la Unidad Funcional de Identificación de Riesgos de Corrupción y Debida Diligencia, dependiente jerárquicamente de la Oficina de Integridad Institucional, con la finalidad de contribuir en el fortalecimiento de la gestión institucional orientada a la disminución de riesgos asociados a conductas ajenas a la ética, la integridad y la legalidad, para lo cual coordina con las unidades de organización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y los Programas Nacionales.

Artículo 2.- Implementación

Disponer que la Secretaría General efectúe las acciones necesarias para la implementación y conformación de la Unidad Funcional de Identificación de Riesgos de Corrupción y Debida Diligencia a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución.

Artículo 3.- Notificación

Notificar la presente Resolución a la Secretaría General, a la Oficina de Integridad Institucional y a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización para los fines correspondientes.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), así como de los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES

Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

2338814-1