Declaran Patrimonio Cultural de la Nación dos unidades bibliográficas de la obra Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853), elaboradas por Manuel Nicolás Corpancho Alarcón y Fernando Velarde Campo-Herrera
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000317-2024-VMPCIC/MC
San Borja, 25 de octubre del 2024
VISTOS: los Oficios N° 000188-2024-BNP-J y N° 000411-2024-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000638-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación son bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación todo lugar, sitio, paisaje, edificación, espacio o manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la norma establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;
Que, además el literal a) del artículo 29 de la sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2024-MC, señala que la Dirección de Protección de las Colecciones es el órgano de línea responsable de identificar, elaborar la propuesta de declaración como patrimonio cultural bibliográfico documental de la Nación y derivarla al Ministerio de Cultura, registrándolo en el Registro Nacional de Material Bibliográfico;
Que, con el Oficio N° 000188-2024-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de dos unidades bibliográficas de la obra Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853), elaboradas por Manuel Nicolás Corpancho Alarcón y Fernando Velarde Campo-Herrera, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
Que, por Oficio N° 000164-2024-BNP-J, notificado el 24 de mayo de 2024, la Biblioteca Nacional del Perú informó a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos sobre el inicio del procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de la unidad bibliográfica documental que le pertenece;
Que, a través del Informe Técnico N° 000004-2024-BNP-J-DPC-UGPB la Unidad Funcional de Gestión del Patrimonio Bibliográfico Documental desarrolla la importancia, el valor y significado de dos unidades bibliográficas de la obra Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853);
Que, con el Informe Nº 000089-2024-BNP-J-DPC, la Directora de la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe técnico citado, recomienda a la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las dos unidades bibliográficas documentales, señalando que presentan importancia, valor y significado para la cultura peruana por lo que reúnen las condiciones para ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, las dos unidades bibliográficas, cuya declaratoria se propone, corresponden a la primera y única edición de la Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853) elaborada por Manuel Nicolás Corpancho Alarcón (1830-1863) y Fernando Velarde Campo-Herrera (1823-1880) destacados poetas románticos del siglo XIX;
Que, la obra fue publicada por la imprenta del mismo Fernando Velarde que publicó otros títulos como el libro Poesías (1853) del poeta romántico José Arnaldo Márquez, la cual Velarde prologa. En 1855 Velarde deja el Perú, por lo que se supone que transfiere su imprenta a Manuel Corpancho, quien la refunda bajo el nombre de “Tipografía Nacional” (Núñez, 1982). Asimismo, tras la revisión en los principales portales web de comercio de libros, al momento de la presente evaluación, no se registra la venta de ejemplares de la obra. Por tal motivo, se podría afirmar que la Lira Patriótica del Perú es una obra escasa;
Que, en términos materiales, en las dos unidades bibliográficas encontramos singularidades que las diferencian de otros ejemplares, de las cuales destacan el sello de la biblioteca de Alberto Ulloa Sotomayor (1892-1975), destacado escritor, jurista y diplomático peruano, la encuadernación moderna de la Biblioteca Nacional y de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, así como sus sellos institucionales;
Que, la relevancia de la Lira Patriótica del Perú se constituye por ser la primera antología poética editada en el Perú (Tauzin, 2000). La publicación recoge importantes poemas y canciones de corte patriótico escritas por los más destacados intelectuales de las primeras décadas del siglo XIX, reunidas con el fin de exaltar el sentimiento nacional. La publicación de 1853 buscó fortalecer y exacerbar el sentimiento patriótico peruano durante un periodo de tensiones con Bolivia, que se encontraba bajo el mandato de Manuel Isidoro Belzú. En aquel entonces, las relaciones de Perú y Bolivia se encontraban en una atmósfera beligerante que auguraba un posible conflicto armado entre ambos países. Esta obra busca contribuir a consolidar la identidad nacional en un momento crítico de la república peruana, por lo que refleja el espíritu de una época de la historia del Perú;
Que, en atención a lo expuesto, las dos unidades bibliográficas constituyen ejemplares relevantes para la cultura peruana y reúnen las condiciones de importancia, valor y significado para integrar el patrimonio cultural de la Nación;
Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación dos unidades bibliográficas de la obra Lira patriótica del Perú: colección escojida de poesías nacionales, desde antes de la proclamación de la independencia hasta el día (1853), elaboradas por Manuel Nicolás Corpancho Alarcón y Fernando Velarde Campo-Herrera, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, conforme al anexo de esta resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú y a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial “El Peruano”. La resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAMER NELSON CHAVEZ ANTICONA
Viceministro de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2338581-1