Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional del Callao

RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL

N° 277-2024-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-GGR

Callao, 10 de octubre de 2024

EL GERENTE GENERAL REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

VISTOS:

El Informe N° 001632-2024-GRC/ORH, de fecha 15 de agosto de 2024, emitido por la Oficina de Recursos Humanos; el Memorando N° 003123-2024-GRC/GA, de fecha 16 de agosto de 2024, emitido por la Gerencia de Administración; el Informe N° 000137-2024-GRC/ORE, de fecha 16 de septiembre de 2024, emitido por la Oficina de Racionalización y Estadística; el Informe N° 001913-2024-GRC/ORH, de fecha 17 de septiembre de 2024, emitido por la Oficina de Recursos Humanos; el Memorando N° 004787-2024-GRC/GRPPYAT, de fecha 02 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe N° 000920-2024-GRC/GAJ, de fecha 03 de octubre de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, establece que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal.”;

Que, el artículo 1° de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE de fecha 16 de noviembre de 2021, señala que el objetivo de la citada Directiva es: “Establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones.”;

Que, el literal c) del numeral 5.1 de la citada Directiva, define al Manual de Clasificador de Cargos de la siguiente manera: “Documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad”;

Que, el numeral 5.2 de la referida Directiva, regula las responsabilidades relacionadas a la formulación y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos, y dispone que: “5.2.2. El (La) titular de la entidad: (…) Aprueba el MCC y sus modificaciones, según lo dispuesto en la presente directiva. (…) 5.2.3. La ORH o la que haga las veces, tiene las siguientes responsabilidades: Elabora la propuesta de MCC y/o de sus modificaciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio. (…) 5.2.4. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces, tiene las siguientes responsabilidades: Emite opinión sobre las propuestas de MCC y de CAP Provisional en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF o MOP vigente, según corresponda (…)”;

Que, respecto a la elaboración y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos, el numeral 6.1.7 de la Directiva mencionada establece que: “(…) 6.1.7. La ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad.”;

Que, el numeral 6.1.12 de la citada Directiva, señala que: “SERVIR puede formular observaciones al MCC de las entidades públicas, respecto de la clasificación de los cargos, la consistencia entre clasificación, denominación, funciones, requisitos, u otros aspectos, una vez que estas remitan el citado documento de gestión con su propuesta de CAP Provisional, debiendo la entidad pública subsanar las observaciones formuladas y aplicar los ajustes correspondientes en el expediente (…).”;

Que, el artículo 1° de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, señala que: “La presente ley tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función.”;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, precisa que: “Para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda (…).”;

Que, el artículo 1° de la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH “Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos”, aprobada por acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD y formalizado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PE de fecha 22 de enero de 2024, señala que el objetivo de la mencionada Directiva es: “Establecer los criterios técnicos y procedimientos necesarios para el diseño, validación y aprobación de perfiles de puestos y/o cargos, así como la elaboración, validación, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) en las entidades públicas”;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH, en cuanto a la formulación de funciones y requisitos en los cargos del Manual de Clasificador de Cargos, indica que: “Los MCC se siguen formulando en atención al formato aprobado por la directiva que regula su elaboración, debiendo considerar las reglas dispuestas en la presente directiva para el establecimiento de funciones y requisitos de los cargos.”;

Que, mediante Resolución Gerencial General Regional N° 089-2024-Gobierno Regional del Callao, de fecha 16 de abril de 2024, se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional del Callao;

Que, con Informe N° 001632-2024-GRC/ORH, de fecha 15 de agosto de 2024, la Oficina de Recursos Humanos comunica a la Gerencia de Administración que: “2.14. Adicionalmente, cabe señalar que la Oficina de Recursos Humanos, como encargada de la definición de las características y las condiciones del ejercicio de las funciones, lo que comprende la elaboración de los perfiles de puestos, su actualización y la administración de estos, realizó un análisis de pertinencia de las funciones de los cargos estructurales de las direcciones que conforman la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao. 2.15. Dicho análisis de las funciones responde a lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones -ROF, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 000020, de fecha 13 de julio de 2011, verificando su alineamiento de los cargos con la mencionada Dirección Regional.”;

Que, a través del Memorando N° 003123-2024-GRC/GA, de fecha 16 de agosto de 2024, la Gerencia de Administración remite los actuados a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para su opinión y trámite correspondiente, en el marco de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”;

Que, mediante Informe N° 000137-2024-GRC/ORE, de fecha 16 de septiembre de 2024, la Oficina de Racionalización y Estadística comunica a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que en el marco de sus competencias, ha efectuado la revisión de la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional del Callao presentado por la Oficina de Recursos Humanos, en el cual se evidencia que, en líneas generales existe un alineamiento de los cargos estructurales con el ROF de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 000020, de fecha 13 de julio de 2011;

Que, a través del Informe N° 001913-2024-GRC/ORH, de fecha 17 de septiembre de 2024, la Oficina de Recursos Humanos eleva la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos a la Gerencia General Regional, para su evaluación y aprobación en el marco de lo señalado en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE;

Que, mediante Memorando N° 004787-2024-GRC/GRPPYAT, de fecha 02 de octubre de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial señala: “(…) con relación a la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional del Callao, elaborado y remitido por la Oficina de Recursos Humanos. (…) teniendo en cuenta la opinión emitida por la Oficina de Racionalización y Estadística, mediante Informe N° 000137-2024-GRC/ORE de fecha 16 de septiembre de 2024, esta gerencia regional emite opinión favorable, a fin de continuar con el trámite que corresponda para su aprobación.”;

Que, con Informe N° 000920-2024-GRC/GAJ, de fecha 03 de octubre de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que la propuesta de Actualización del Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional del Callao, se encuentra dentro del marco normativo vigente, conforme a lo señalado en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” y la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH “Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos”; por lo que corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional del Callao;

Que, conforme al literal i) del artículo IV del Reglamento General de la Ley N° 30057, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Regionales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional; en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con Ordenanza Regional N° 000001, de fecha 26 de enero de 2018, corresponde al Gerente General Regional emitir el acto resolutivo que apruebe el Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional del Callao, en su calidad de máxima autoridad administrativa del Gobierno Regional del Callao;

Que, estando a lo expuesto y contando con los vistos de la Oficina de Recursos Humanos, de la Gerencia de Administración, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional del Callao, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- DERÓGUESE, la Resolución Gerencial General Regional N°089-2024-Gobierno Regional del Callao, de fecha 16 de abril de 2024, que aprobó el Manual de Clasificador de Cargos actualizado del Gobierno Regional del Callao. Así como todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente resolución.

Artículo Tercero.- DISPÓNGASE, la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Diario Oficial El Peruano, el Portal Web de la Entidad: www.regioncallao.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo cumpla con notificar la presente Resolución a los diferentes órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional del Callao.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CESAR IGOR CAMACHO CABALLERO

Gerente General Regional

Nota: El Gobierno Regional del Callao ha dispuesto la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” de la Resolución Gerencial General Regional N° 277 – 2024 – Gobierno Regional del Callao – GGR (10/10/2024). Asimismo, la publicación de la misma y sus Anexos (MCC) en el Portal Web de la Entidad: www.regioncallao.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe

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