Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Villa El Salvador, aprobado por Ordenanza N° 933-MML
ORDENANZA N° 2627
LA REGIDORA METROPOLITANA ENCARGADA DEL DESPACHO
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha;
En uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 052-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL
PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO
DE VILLA EL SALVADOR, APROBADO
POR ORDENANZA N° 933-MML
Artículo Primero.- Aprobar el cambio de zonificación, de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Comercio Zonal (CZ), del área de 46,696.20 m2, correspondiente a dos predios. Predio 1: de 26,400.00 m2 ubicado frente a la carretera Panamericana Sur, entre los Km. 21.275 y 21.395, inscrito en la Partida N° 42187283 y; Predio 2: denominado Unidad Inmobiliaria 1 de 20,296.20 m2 ubicado a la altura del Km. 20.64 de la carretera Panamericana Sur, colindante con el terreno del Automóvil Touring Club del Perú, que formó parte del Fundo Villa, inscrito en la Partida N° 12314541, ambos predios en el distrito de Villa el Salvador; seguido con el Expediente N° 2022-0147373; conforme al anexo que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Establecer que la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, previo al otorgamiento de la licencia de edificación, requiera el estudio de impacto vial a la administrada; asimismo, deberá solicitar y velar que se cumplan las normas y requerimientos de estacionamiento dentro de los predios, conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE, así como verificar la altura correspondiente de una futura edificación, teniendo en cuenta los anchos de las vías locales aprobadas, el retiro normativo para predios frente a calles y la factibilidad de los servicios, dada la demanda propuesta.
Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima que incorpore en el plano de zonificación del distrito de Villa El Salvador el cambio de zonificación descrito en el artículo precedente.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina General de la Secretaria del Concejo comunicar el contenido de la presente ordenanza al propietario de los predios y a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador.
Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y, a la Oficina Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Lima, 13 de junio de 2024
FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO
Regidor Metropolitano
2336417-1