Decreto Supremo que autoriza transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO
Nº 192-2024-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32127, Ley que modifica la Ley Nº 31953, Ley de presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2024, a fin de mejorar el servicio de la salud a favor del ciudadano y el desempeño funcional de los profesionales de la salud, autoriza al Ministerio de Salud, en el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los organismos públicos del Ministerio de Salud y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro de Salud, a propuesta de este último, para financiar el nombramiento autorizado en el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley 31953; estableciendo, además que, los recursos autorizados en dicha Disposición Complementaria Final no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son asignados;
Que, mediante el Oficio Nº D003693-2024-SG-MINSA, complementado con el Oficio Nº D003769-2024-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales, para financiar el nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud autorizado en el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley 31953 en el marco de lo establecido en la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32127; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nºs D001020-2024-OGPPM-OP-MINSA y D001045-2024-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos;
Que, mediante el Memorando Nº 2545-2024-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 2893-2024-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas informa que el costo diferencial estimado para financiar el nombramiento del personal profesional de la salud, técnico y auxiliar asistencial, autorizado por el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 31953, asciende a S/ 22 963 614,00, para un total de 5 148 beneficiarios, correspondiente al Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y diversos gobiernos regionales;
Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 22 963 614,00 (VEINTIDÓS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32127, Ley que modifica la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a fin de mejorar el servicio de la salud a favor del ciudadano y el desempeño funcional de los profesionales de la salud;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 22 963 614,00 (VEINTIDÓS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CATORCE Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales, para financiar el costo diferencial del nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud autorizado en el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32127, Ley que modifica la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a fin de mejorar el servicio de la salud a favor del ciudadano y el desempeño funcional de los profesionales de la salud, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 011 : M. de Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 22 963 614,00
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TOTAL EGRESOS 22 963 614,00
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A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGOS : Gobierno Nacional
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 455 622,00
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGOS : Gobiernos Regionales
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1. Personal y Obligaciones Sociales 22 507 992,00
============
TOTAL EGRESOS 22 963 614,00
============
1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizados en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo “Costo diferencial para financiar en el Año Fiscal 2024 el nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y el de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Actualización en el AIRHSP
Autorizar a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH) del Ministerio de Economía y Finanzas a actualizar en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) los registros de las plazas financiadas en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, sujetas al proceso de nombramiento de profesionales de la salud y de técnicos y auxiliares asistenciales de la salud al que se refiere el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 31953 del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales, así como las plazas del Ministerio de Salud.
Para tales efectos, el Ministerio de Salud remite a la DGGFRH la información de los registros de plazas a actualizar, así como la relación de beneficiarios del referido proceso de nombramiento, al día hábil siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo.
Artículo 5.- Presentación de las propuestas Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
Establézcase como nuevo plazo para la presentación de la solicitud de opinión de PAP de apertura y PAP modificado de las unidades ejecutoras del Sector Salud ante la DGGFRH del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 31 de octubre de 2024.
Artículo 6.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO
Ministro de Economía y Finanzas
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
2336227-3