Disponen publicación del proyecto normativo “Directiva que regula la digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite”, así como la exposición de motivos que lo sustenta
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 00155-2024-SUNARP/SN
Lima, 15 de octubre de 2024
VISTOS:
El Informe N° 00324-2024-SUNARP/DTR del 14 octubre de 2024, de la Dirección Técnica Registral; el Informe N° 1047-2024-SUNARP/OAJ del 14 de octubre de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp es un organismo técnico especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en concordancia con la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos;
Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;
Que, en este contexto, resulta necesario optimizar el sistema de gestión digital de documentos en el procedimiento registral, con el fin de modernizar y optimizar el proceso de inscripción, mejorando la eficiencia, seguridad y accesibilidad de la información, al tiempo que se garantiza la validez legal y la integridad de los documentos digitalizados;
Que, en el numeral 7.5 de la Directiva DI-01-2024-SUNARP-OPPM, Directiva para la aprobación de los documentos normativos de la Sunarp aprobada por la Resolución N° 076-2024-SUNARP/GG, señala que los reglamentos, directivas y demás normas de naturaleza registral vinculados al interés ciudadano, se sujetan en cuanto a su elaboración, estructura, sustento y demás aspectos, a las disposiciones específicas de producción y sistematización legislativa, y normas específicas de la materia;
Que, atendiendo a la necesidad de regular y actualizar el proceso de digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite, la Dirección Técnica Registral, mediante Informe N° 00324-2024-SUNARP/DTR ha señalado que ha elaborado el proyecto normativo “Directiva que regula la digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite”, con la finalidad de introducir mejoras en las disposiciones que rigen la digitalización, autenticación, custodia y gestión de documentos relacionados con la inscripción registral, desde su presentación en el Diario o Mesa de Partes hasta su calificación final, utilizando el Sistema de Gestión de Títulos Digitalizados (SGTD);
Que, considerando que el proyecto normativo contiene disposiciones de carácter general, vinculadas al interés ciudadano, la Dirección Técnica Registral advierte la necesidad de emitir la resolución de Superintendencia Nacional que apruebe la publicación del mencionado proyecto en la sede digital de la Sunarp, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS;
Que, la Dirección Técnica Registral ha elevado el proyecto normativo, conjuntamente con la exposición de motivos a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para evaluación y aprobación de la respectiva publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones a ser considerados en la norma que ulteriormente sea aprobada, la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica;
Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Sunarp, actualizado por Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 125-2024-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo
Disponer la publicación del proyecto normativo “Directiva que regula la digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite”; así como la exposición de motivos que lo sustenta que como anexos forman parte de la presente resolución, en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp (www.gob.pe/sunarp), a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Recepción de comentarios
Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado en el artículo 1 puedan ser presentados a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, así como, a través de mesa de partes virtual de la Sunarp, cuya dirección web es: https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/ o, remitidos al correo electrónico: rguzman@sunarp.gob.pe.
Artículo 3.- Órgano responsable
Encargar a la Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.
Artículo 4.- Publicación
Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp (www.gob.pe/sunarp), el mismo día su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
Sede Central - SUNARP
2334765-1