Aprueban los “Lineamientos que regulan el Registro Nacional de Límites”

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE DEMARCACIÓN Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

N° 002-2024-PCM/SDOT

Miraflores, 2 de octubre de 2024

Visto el Informe N° D000008-2024-PCM-SSIAT de la Subsecretaría de Información y Análisis Territorial de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial (SDOT), ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Demarcación Territorial, el cual tiene como finalidad lograr una organización racional del territorio y el saneamiento de límites, y tiene competencia para normar el tratamiento de las acciones de demarcación territorial;

Que, el artículo 15 de la Ley N° 27795 establece que la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial implementa los registros que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones y que, en tanto no haya límites saneados legalmente, son de aplicación a las acciones de demarcación territorial aquellos límites establecidos mediante acta de acuerdo de límites o informe dirimente, y que estén inscritos en el registro correspondiente, siendo de uso obligatorio por las instituciones públicas y privadas;

Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de la Ley N° 27795, aprobado mediante Decreto Supremo N° 191-2020-PCM, señala que la SDOT es la autoridad técnico normativa a nivel nacional en materia de demarcación territorial y es competente para administrar los registros con fines de demarcación y organización territorial;

Que, mediante el artículo 112 del reglamento de la Ley N° 27795 se creó el Registro Nacional de Límites (RENLIM), el cual constituye el instrumento técnico administrado por la SDOT donde se anota la memoria descriptiva de: i) un límite saneado; ii) tramo saneado; iii) tramo determinado; o, iv) límite formalizado producto de un acta de acuerdo de límites y/o informe dirimente;

Que, mediante la Resolución de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial N° 003-2021-PCM/SDOT de fecha 24 mayo de 2021, se aprobaron los “Lineamientos generales que regulan el Registro Nacional de Límites”;

Que, posteriormente a la aprobación de los “Lineamientos generales que regulan el Registro Nacional de Límites”, se emitió la Ley N° 31463, Ley que establece un procedimiento excepcional para el saneamiento de límites a nivel nacional, así como el reglamento de la misma, aprobado con el Decreto Supremo N° 127-2022-PCM, cuyos artículos 11 y 14 contemplan la anotación de oficio en el RENLIM de las memorias descriptivas contenidas en las actas de acuerdo de límites suscritas en el marco del proceso excepcional de delimitación territorial intradepartamental e interdepartamental, respetivamente;

Que, la Subsecretaría de Información y Análisis Territorial, mediante el Informe N° D000008-2024-PCM-SSIAT de fecha 2 de setiembre de 2024, ha elaborado y presentado para su aprobación una propuesta de “Lineamientos que regulan el Registro Nacional de Límites”, a fin de dotar de mayor celeridad a los procesos de anotación en el RENLIM así como para operativizar las anotaciones que son producto de los procesos de demarcación territorial que se llevan a cabo en el marco de la Ley N° 31463 y su reglamento;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 191-2020-PCM; la Ley N° 31463, Ley que establece un procedimiento excepcional para el saneamiento de límites a nivel nacional, y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 127-2022-PCM; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado con la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de los “Lineamientos que regulan el Registro Nacional de Límites”

Aprobar los “Lineamientos que regulan el Registro Nacional de Límites” que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Derogación

Derogar la Resolución de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial N° 003-2021-PCM/SDOT que aprueba los “Lineamientos Generales que regulan el Registro Nacional de Límites”.

Artículo 3.- Publicación

La presente resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) el mismo día de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AUGUSTO MANUEL MENDOZA CASTILLO

Secretario de Demarcación y Organización Territorial

2331065-1