Cancelan título y nombran notario del distrito de Castilla, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes
resolución ministerial
N° 0254-2024-JUS
Lima, 30 de setiembre de 2024
VISTOS, el Informe Nº 029-2024-JUS/CN/CP, de la Coordinación de Concursos Públicos del Consejo del Notariado; el Memorando Nº 568-2024-JUS/CN/P, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y, el Informe Nº 1384-2024-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0210-2016-JUS, de fecha 27 de julio de 2016, se nombró al señor abogado MARIO MINAYA ALEGRÍA como notario del distrito de La Unión, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes;
Que, el señor abogado MARIO MINAYA ALEGRÍA presenta al Decano del Colegio de Notarios de Piura y Tumbes su renuncia al cargo de notario del distrito de La Unión, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes, al haber sido declarado ganador de la plaza notarial en el distrito de Castilla, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes en el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial N° 001-2023- CNPYT;
Que, mediante Oficio Nº 353-2024-CNPYT/CD de fecha 24 de julio de 2024, el Decano del Colegio de Notarios de Piura y Tumbes comunica al Presidente del Consejo del Notariado la renuncia del señor abogado MARIO MINAYA ALEGRÍA a la plaza notarial del distrito de La Unión, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes;
Que, conforme consta de las actas del Jurado Calificador del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Piura y Tumbes N° 001-2023-CNPYT, el señor abogado MARIO MINAYA ALEGRÍA ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Castilla, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes;
Que, el artículo 21-A del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, señala el procedimiento a seguir por los colegios de notarios para proceder con la cancelación del título de un notario, siendo estos actos o procedimientos materiales condicionantes para la cancelación del título de notario, más aún cuando ésta obedece a un hecho objetivo como ocurre en el caso del señor abogado MARIO MINAYA ALEGRÍA, que ha resultado ganador de otra plaza notarial en la que debe ejercer la función notarial;
Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal y conforme a los documentos que obran en el expediente administrativo, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario con eficacia a partir del día siguiente de su juramentación e incorporación como notario del distrito de Castilla, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes;
Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1049 y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS y normas conexas, el señor abogado MARIO MINAYA ALEGRÍA ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Castilla, provincia de Piura y departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes; conforme consta del Acta de Adjudicación de plaza notarial del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Piura y Tumbes N° 001-2023-CNPYT de fecha 02 de julio de 2024;
Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo N° 1049, dispone que concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultanea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia;
Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, establece que el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o declaración de plazas desiertas por parte del jurado en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado la plaza notarial convocada, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento del notario;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Cancelar, por causal de renuncia, el título de notario del distrito de La Unión, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes, otorgado al señor abogado MARIO MINAYA ALEGRÍA, con eficacia a partir del día siguiente a su juramentación como notario del distrito de Castilla, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes.
Artículo 2.- Nombrar al señor abogado MARIO MINAYA ALEGRÍA como notario del distrito de Castilla, provincia de Piura, departamento de Piura, distrito notarial de Piura y Tumbes, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Piura y Tumbes y al interesado para los fines de ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
2330224-1