Aprueban el Plan de Reparaciones en Educación al 2026, conforme a lo establecido en la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones (PIR)
Resolución Ministerial
N° 488-2024-MINEDU
Lima, 30 de setiembre de 2024
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° UPP2023-INT-0409202; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR, establece el marco normativo para la implementación de las reparaciones a las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, precisando que, entre los programas que componen el PIR se encuentra el Programa de Reparaciones en Educación;
Que, con el Decreto Supremo N° 015-2006-JUS, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 28592, “Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones (PIR) y modificatorias;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 351-2016-MINEDU, se aprueba el Plan Multianual de Reparaciones en Educación para las Víctimas de la Violencia en el Perú “REPAEDUCA 2016 - 2021”, en el marco del Programa de Reparaciones en Educación conforme a la referida Ley N° 28592;
Que, con la Resolución Ministerial N° 042-2023-MINEDU, se aprueba el documento denominado “Lineamiento para la formulación, seguimiento, evaluación, actualización y rediseño de planes de actuación del Ministerio de Educación”, el mismo que tiene por objetivo, establecer la estructura y articulación de los planes de actuación, así como las orientaciones para la formulación, seguimiento, evaluación, actualización y rediseño de planes de actuación del Pliego 010: M. de Educación;
Que, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, es función de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica formular, proponer y evaluar las políticas y los planes de corto, mediano y largo plazo, en el marco de sus competencias y en concordancia con la normatividad vigente;
Que, a través de los Informes N° 00568-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y N° 01824-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, sustenta y solicita la aprobación del Plan de Reparaciones en Educación al 2026, señalando que se han seguido las pautas metodológicas establecidas en el “Lineamiento para la formulación, seguimiento, evaluación, actualización y rediseño de planes de actuación del Ministerio de Educación”, aprobado con Resolución Ministerial N° 042-2023-MINEDU; precisando además que los órganos del Ministerio de Educación, así como el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC y el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED establecieron las metas físicas al 2026 solicitadas para la formulación del citado Plan; y que éste cuenta sólo con actividades operativas que se realizarán con cargo a los recursos presupuestales considerados en el Plan Operativo Institucional Multianual - POI 2024-2026 del Pliego 010: M. de Educación;
Que, mediante el Informe N° 00662-2024-MINEDU/SG-OGAJ y los Oficios N° 00384-2024-MINEDU/SG-OGAJ y N° 00573-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la aprobación del citado Plan de Reparaciones;
Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesario aprobar el Plan de Reparaciones en Educación al 2026 del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar el Plan de Reparaciones en Educación al 2026, conforme a lo establecido en la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones (PIR); el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe.minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación
2330208-1