Aprueban el “Listado de las Inversiones Estratégicas Sectoriales Priorizadas del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector de Energía y Minas”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 373-2024-MINEM/DM

Lima, 27 de setiembre de 2024

VISTOS: El Oficio Nº 000446-2024-CEPLAN-PCD de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; el Informe Técnico Nº 000013-2024-CEPLAN-DNCPPESEM de la Coordinación de Políticas Nacionales y Planes Sectoriales del CEPLAN; el Informe Nº 388-2024-MINEM/OGPP-OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 948-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece en su artículo 4 que el Ministerio ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y de minería;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la citada Ley señala que el Ministerio de Energía y Minas tiene por competencia exclusiva diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas;

Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, el artículo 25 de la Ley antes citada, establece que corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación; y, asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya finalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; asimismo, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, mediante Decreto Supremo Nº 103-2023-PCM se aprueba la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050, aprobado por el Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM;

Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00069-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Estratégico Sectorial”, que tiene por objetivo establecer la metodología para orientar la formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), en conformidad con el Ciclo de Planeamiento Estratégico aprobado por la Directiva Nº 001-2024-CEPLAN/PCD, Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0021-2024/CEPLAN/PCD;

Que, conforme a la citada Guía, el PESEM es un instrumento de gestión que representa la estrategia de mediano plazo de un ministerio, entendido como organismo del Poder Ejecutivo que comprende uno o varios sectores. Orienta las intervenciones públicas del sector o sectores y su implementación involucra a los tres niveles de gobierno, según sus funciones y competencias; siendo que, en el proceso de formulación del PESEM, se define al horizonte temporal, se construye la situación actual y la situación del futuro deseado del Sector, asimismo se definen los elementos estratégicos del PESEM, es decir, los Objetivos Estratégicos Sectoriales (OES) y las Acciones Estratégicas Sectoriales (AES) con sus respectivos indicadores y logros esperados;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 534-2023-MINEM/DM, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Energía y Minas;

Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0057-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba los “Lineamientos para la identificación del Listado de las Inversiones Estratégicas en los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM”;

Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0058-2024/CEPLAN/PCD, se establece el plazo de sesenta (60) días para que los Sectores identifiquen y aprueben el Listado de las Inversiones Estratégicas en los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM, de acuerdo a los lineamientos antes señalados;

Que, mediante el Oficio Nº 000446-2024-CEPLAN-PCD, la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN emite el Informe Técnico Nº 000013-2024-CEPLAN-DNCPPESEM de la Coordinación de Políticas Nacionales y Planes Sectoriales del CEPLAN, en el cual verifica y brinda opinión técnica favorable al “Listado de las Inversiones Estratégicas Sectoriales Priorizadas del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector de Energía y Minas”;

Que, con el Informe Nº 388-2024-MINEM/OGPP-OPPIC la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la aprobación del “Listado de las Inversiones Estratégicas Sectoriales Priorizadas del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector de Energía y Minas”; además, señala que a través del Informe Técnico Nº 000013-2024-CEPLAN-DNCPPESEM de la Coordinación de Políticas Nacionales y Planes Sectoriales del CEPLAN emitió opinión técnica favorable,

Que, mediante el Informe Nº 948-2024-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al “Listado de las Inversiones Estratégicas Sectoriales Priorizadas del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector de Energía y Minas”, por lo cual corresponde emitir el acto resolutivo respectivo;

Que, la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece en su artículo 11 que el Ministro de Energía y Minas es la más alta autoridad política y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio;

Que, el literal n) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, establece que el Ministro de Energía y Minas, tiene entre otras funciones, la de expedir resoluciones ministeriales relativas al Sector Energía y Minas;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0057-2024/CEPLAN/PCD, que aprueba los “Lineamientos para la identificación del “Listado de las Inversiones Estratégicas en los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales - PESEM”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Listado de las Inversiones Estratégicas Sectoriales Priorizadas del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector de Energía y Minas”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2329842-1