Designan Asesor del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica – (IPEBA)

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° 000070-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P

San Isidro, 27 de septiembre de 2024

VISTOS:

El Proveído N° 000306-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P, de 24 de septiembre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior del Sineace - COSUSINEACE; el Informe N°000096-2024-SINEACE/CS-P-GG-ORH, de 24 de septiembre de 2024, de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe Legal N° 000128-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OAJ, del 25 de septiembre de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 de la Ley N° 28740, Ley del Sineace establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral;

Que, mediante Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía e institucionalidad de las Universidades Peruanas, se dispuso la restitución del funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (en adelante, Sineace) a la conformación orgánica establecida en la Ley N° 28740;

Que, a través del Decreto Supremo N° 012-2023-MINEDU, se aprobaron disposiciones para garantizar el restablecimiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, en cumplimiento de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31520, Ley que Restablece la Autonomía y la Institucionalidad de las Universidades Peruanas;

Que, a través del artículo 2 de la Resolución Suprema N° 002-2024-MINEDU, se oficializa la designación del señor Ángel Ramón Velázquez Fernández, como Presidente del Consejo Superior del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Cosusineace);

Que, la Ley N° 28175, Ley marco del empleo público, considera al término empleados de confianza como el personal que ocupa un cargo de confianza técnico o político en la entidad y, su calidad de confianza debe estar consignada expresamente en un documento normativo y pueden ser designados y removidos libremente por el titular de la entidad. En ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en la entidad;

Que, el artículo 5 de la referida Ley, establece que, el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto en base de los méritos y capacidad de las personas, así como también observando el principio de igualdad de oportunidades;

Que, la excepción a esta disposición la configura los puestos de confianza que se encuentren debidamente identificados como tal en los documentos de gestión interna de la entidad, en los que no se requiere de un proceso de selección, no obstante, la persona designada debe cumplir con el perfil mínimo del puesto;

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 00003-2024- SINEACE/COSUSINEACE-P, se aprobó la “Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en restitución”, rectificada por Resolución de Presidencia N° 00016-2024- SINEACE/COSUSINEACE-P;

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 00005-2024- SINEACE/COSUSINEACE-P, se aprobó el Clasificador de Cargos que comprende el “Clasificador de Cargos Transitorio” y la “Estructura de Cargos Transitoria” del Sineace, cuyo Anexo 01 fue modificado por Resolución de Gerencia General N° 000015-2024-SINEACE/CS-P-GG;

Que, mediante Proveído N° 000306-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P, la Presidencia del Cosusineace, solicitó a la Oficina de Recursos evaluar el curriculum vitae de la señora Cecilia Luz Ramírez Gamarra, para la designación de puesto de asesor del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica – (IPEBA);

Que, mediante Informe N° 000096-2024-SINEACE/CS-P-GG-ORH, con base en el Informe N° 000090-2024-SINEACE/CS-P-GG-ORH-JVA, la Oficina de Recursos Humanos, concluyó que la señora Cecilia Luz Ramírez Gamarra, cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419 y no se encuentra impedida o inhabilitada para el ejercicio de la función pública, pudiendo asumir la designación de puesto de asesora del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica – (IPEBA);

Que, mediante Informe Legal N° 000128-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a fin de que se designe a la señora Cecilia Luz Ramírez Gamarra, en el puesto de asesora del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica – (IPEBA);

Con el visto bueno de la Gerencia General, Oficina de Recursos Humanos y Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31520, Ley que Restablece la Autonomía y la Institucionalidad de las Universidades Peruanas; el Decreto Supremo N° 012-2023-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba disposiciones para garantizar el restablecimiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace; la Resolución de Presidencia N° 00003-2024-COSUSINEACE-P, que aprobó la Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en restitución y su rectificación aprobada por Resolución de Presidencia N° 00016-2024-COSUSINEACE-P; la Resolución de Presidencia N° 000005-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P que aprobó el Anexo 01 “Clasificador de Cargos Transitorio”1 del Sineace y su modificatoria; y la Resolución Suprema N° 002-2024-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- DESIGNAR a la señora CECILIA LUZ RAMIREZ GAMARRA en el puesto de Asesor del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica – (IPEBA), con efectividad desde el 27 de septiembre de 2024.

Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y el Portal Estándar de Transparencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANGEL RAMON VELAZQUEZ FERNANDEZ

Presidente del Consejo Superior del SINEACE

1 El documento se puede visualizar en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sineace/normas-legales/5857836-000015-2024-cs-p-gg resolución en el diario oficial El Peruano, en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y el Portal Estándar de Transparencia.

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