Disponen publicación del proyecto normativo “Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de Certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento”, así como la exposición de motivos que lo sustenta

RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 00139-2024-SUNARP/SN

Lima, 25 de septiembre de 2024

VISTOS:

El Informe N° 287-2024-SUNARP/DTR del 23 de septiembre de 2024, de la Dirección Técnica Registral; el Informe N° 977-2024-SUNARP/OAJ del 24 de septiembre de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un organismo técnico especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional; así como la función de administradora del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM), de conformidad con el artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1400;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1400, se aprueba un nuevo Régimen de Garantía Mobiliaria y se crea el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias, con la finalidad de impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las Micro, Pequeña y Medianas Empresas (MIPYME) y de los sectores de alto impacto de la económica nacional, mejorando el financiamiento y otorgamiento de garantías y similares;

Que, a través del Decreto Supremo N° 243-2019-EF, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1400, para asegurar la adecuada implementación del Decreto Legislativo, a través de las disposiciones que regulan la ejecución del Régimen de Garantía Mobiliaria y el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias;

Que, la Sunarp ejerce la función de administradora del SIGM, por lo que tiene la responsabilidad de organizar, administrar, supervisar y brindar las seguridades necesarias para el correcto funcionamiento de la plataforma electrónica, correspondiéndole establecer los mecanismos y formalidades, así como dictar los dispositivos necesarios para el acceso electrónico a los servicios de inscripción, consulta de información y emisión de certificaciones;

Que, la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1400, que regula el nuevo Régimen de Garantía Mobiliaria, se encuentra condicionada a la implementación del SIGM, según lo establece la Octava Disposición Complementaria Final y la Única Disposición Complementaria Derogatoria del referido Decreto Legislativo, lo cual ha sido reafirmado mediante los Informes Legales N° 325-2018-JUS/DGDNCR y N° 331-2018-JUS/DGDNCR de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, en el numeral 7.5 de la Directiva DI-01-2024-SUNARP-OPPM, Directiva para la aprobación de los documentos normativos de la Sunarp, aprobada mediante la Resolución N° 076-2024-SUNARP/GG, se señala que los reglamentos, directivas y demás normas de naturaleza registral vinculados al interés ciudadano, se sujetan en cuanto a su elaboración, estructura, sustento y demás aspectos, a las disposiciones específicas de producción y sistematización legislativa, y normas específicas de la materia;

Que, atendiendo a la necesidad de implementar el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias, que permita la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1400, de manera que sus reglas de constitución e inscripción de garantías mobiliarias y otros actos que afectan bienes muebles puedan coadyuvar a la reactivación e impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las Micro, Pequeña y Medianas Empresas (MIPYME) y de los sectores de alto impacto de la económica nacional, mejorando el financiamiento y otorgamiento de garantías y similares, la Dirección Técnica Registral ha elaborado el proyecto normativo “Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de Certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento”, con la finalidad de operativizar el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias, mediante el establecimiento de funcionalidades para la suscripción - como condición previa a la inscripción de avisos electrónicos - y la expedición de certificados del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias, bajo el esquema de Servicios de Prestación en Exclusividad (SPE);

Que, considerando que el proyecto normativo contiene disposiciones de carácter general, vinculadas al interés ciudadano, se advierte la necesidad de emitir la resolución de Superintendencia Nacional que apruebe la publicación del mencionado proyecto en la sede digital de la Sunarp, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS;

Que, mediante el Informe N° 287-2024-SUNARP/DTR la Dirección Técnica Registral pone a consideración el proyecto de resolución que aprueba el proyecto normativo “Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de Certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento”;

Que, por las consideraciones expuestas, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 977-2024-SUNARP/OAJ concluye que resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que publique en la sede digital de la Sunarp el proyecto de “Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de Certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento”; asimismo señala que el acto resolutivo deberá materializarse por una resolución de la Superintendencia Nacional, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 y el literal y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Resolución Nº 125-2024-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo

Disponer la publicación del proyecto normativo “Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de Certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento”, así como la exposición de motivos que lo sustenta, que como anexos forman parte de la presente resolución, en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp (www.gob.pe/sunarp), a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Recepción de comentarios

Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado en el artículo 1 puedan ser presentados a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, así como, a través de mesa de partes virtual de la Sunarp, cuya dirección web es: https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/, o, remitidos al correo electrónico: sdiaz@sunarp.gob.pe.

Artículo 3.- Órgano responsable

Encargar a la Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral recibir, procesar, analizar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.

Artículo 4.- Publicación

Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp (www.gob.pe/sunarp), el mismo día su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO

Superintendente Nacional

2328926-1