Declaran de interés del sector agrario y de riego, la realización del evento “VIII Feria Internacional de Cafés Especiales - FICAFE Tingo María, Huánuco 2024”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0319-2024-MIDAGRI
Lima, 18 de setiembre de 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 000482-2024-GRH/GR, del Gobernador (e) del Gobierno Regional Huánuco; el Memorando N° 0426-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA y Memorando Nº 0879-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, que adjuntan los Informes Técnicos N°s. 0012 y 0024-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-MAWG, respectivamente; y, el Informe Nº 1107-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que ejerce competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; flora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria;
Que, el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado con Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, establece que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología - DGDAA es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos agrícolas a nivel nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva y sostenibilidad de los sistemas de producción agrícola en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia;
Que, en atención a lo previsto en el artículo 6 del “Reglamento que regula las Políticas Nacionales”, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, la Vigésima Tercera Política del Acuerdo Nacional sobre Política de desarrollo agrario y rural precisa lo siguiente: “Nos comprometemos a impulsar el desarrollo agrario y rural del país, que incluya a la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y a la explotación forestal sostenible, para fomentar el desarrollo económico y social en el sector Dentro del rol subsidiario y regulador del Estado señalado en la Constitución Política del Perú, promover la rentabilidad y la expansión del mercado de las actividades agrarias, impulsando su competitividad con vocación exportadora y buscando la mejora social de la población rural”;
Que, la Política Nacional Agraria 2021-2030, aprobada por el Decreto Supremo N° 017-2021-MIDAGRI, identifica como problema público el bajo nivel de desarrollo competitivo de la actividad agraria, el cual será atendido mediante tres objetivos prioritarios, que responden: i) al incremento del nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena valor; ii) a la reducción de la proporción de los productores agrarios familiares en el nivel de subsistencia; y, iii) a mejorar el manejo de los recursos naturales para la producción agraria sostenible;
Que, en consideración al contexto descrito, mediante el Decreto Supremo N° 010-2019-MINAGRI se aprueba el Plan Nacional de Acción del Café Peruano 2019-2030, en la búsqueda de alcanzar una visión de desarrollo del Perú al 2030, como un país productor, exportador y consumidor de café sostenible de calidad adaptado al cambio climático, reconocido a nivel mundial por su innovación, competitividad y una sólida institucionalidad que beneficie directamente a las familias cafetaleras y al conjunto de actores, con el objetivo general de “Mejorar los niveles de competitividad y sostenibilidad social y ambiental de la cadena de valor del café”;
Que, el referido Plan Nacional contempla dentro del conjunto de acciones estratégicas y actividades operativas, el Objeto Estratégico 4. Mejorar el posicionamiento y comercialización del café peruano, que prevé como Acción Operativa, entre otra, el desarrollo de mecanismos e instrumentos que permitan reducir la informalidad en la comercialización del café en coordinación con las empresas formales, para cuya finalidad de dar cumplimiento a las funciones asignadas a la DGDAA y a lo establecido en el referido Plan Nacional, se viene coordinando la participación del MIDAGRI en el evento “VIII Feria Internacional de Cafés Especiales - FICAFÉ Tingo María - Huánuco 2024”, por ser este un evento de relevancia nacional, con un gran aporte a la cadena de valor del café;
Que, el café es el principal producto agrícola de agroexportación tradicional en el país y es conducido principalmente por pequeños productores de la Agricultura Familiar, correspondiendo señalar que el 85% del total de caficultores son pequeños, pues conducen entre 1 ha y 5 ha, además, sólo un 30% de ellos están asociados principalmente en cooperativas, en tanto que el desarrollo de actividades promocionales del cultivo de café impulsadas por los tres niveles de gobierno, es necesario para asegurar el bienestar de las familias cafetaleras del país;
Que, la Feria Internacional de Cafés Especiales (FICAFÉ) es la única Feria de cafés especiales descentralizada y de carácter internacional que se realiza en el país, la cual es un ejemplo de la capacidad de articulación de los tres niveles de gobierno (Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local), con un mismo objetivo, que es promover la articulación de los productores cafetaleros a los mercados nacionales e internacionales;
Que, en este contexto, mediante Oficio N° 000482-2024-GRH/GR, el Gobernador (e) del Gobierno Regional Huánuco, solicita la declaratoria de interés del sector agrario y de riego, la realización del evento “VIII Feria Internacional de Cafés Especiales – FICAFE Tingo María, Huánuco 2024”, en la ciudad de Tingo María, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, del 7 al 10 de noviembre de 2024, dada su importancia para el sector cafetalero y para la promoción de nuestro país, como productor de cafés de excelencia; señalando además que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 102-2024-GRH/GR, se reconoció al Comité Organizador de Participación del referido evento;
Que, la “VIII Feria Internacional de Cafés Especiales - FICAFE Tingo María, Huánuco 2024”, se encuentra oficializada en el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios Año 2024, programada inicialmente del 16 al 20 de octubre de 2024, con fecha actualizada del 07 al 10 de noviembre de 2024, mediante Resolución Ministerial Nº 0307-2024-MIDAGRI, a solicitud del Gobierno Regional Huánuco, en el marco del Acuerdo de Consejo Regional N° 032-2024-GRH-CR;
Que, mediante los Informes Técnicos N°s. 0012 y 0024-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-MAWG, que corren adjuntos al Memorando N° 0426-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA y Memorando Nº 0879-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA, respectivamente, la DGDAA, en el marco de sus competencias, emite opinión favorable para que la realización del evento “VIII Feria Internacional de Cafés Especiales - FICAFE Tingo María, Huánuco 2024”, en la ciudad de Tingo María, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, del 7 al 10 de noviembre de 2024, sea declarado de interés del sector agrario y de riego, en tanto constituye una oportunidad para que los productores de todas las regiones cafetaleras del país oferten su producción a los diferentes compradores que se congregan en este importante evento, tanto nacionales como extranjeros; asimismo, fomenta la cultura del café de alta calidad, promueve el consumo y propicia un espacio de encuentro para todos los agentes económicos vinculados a la cadena del café, generando así ganancias para la población de la zona, lo que representa mayores ingresos para la población e indirectamente una mejora del acceso a alimentos, lo cual coadyuvaría a mejorar la seguridad alimentaria de la población de las zonas cafetaleras del departamento de Huánuco y de todo el país;
Que, asimismo, la DGDAA señala que con la finalidad de dar cumplimiento a las funciones asignadas y a lo establecido en el Plan Nacional de Acción del Café Peruano, viene coordinando la participación del MIDAGRI en la realización del evento “VIII Feria Internacional de Cafés Especiales - FICAFÉ Tingo María, Huánuco 2024”, por ser este un evento de relevancia nacional, con un gran aporte a la cadena de valor del café;
Que, mediante Informe N° 1107-2024-MIDAGRI-SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la expedición de la Resolución Ministerial que declare de interés del sector agrario y de riego la realización del evento “VIII Feria Internacional de Cafés Especiales - FICAFE Tingo María, Huánuco 2024”, en la ciudad de Tingo María, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, del 7 al 10 de noviembre de 2024;
Que, el literal c) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, establece que es función, entre otras, del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el refrendar y emitir los dispositivos legales que la legislación establezca y toda norma de carácter general del Sector;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo N° 0017-2021-MIDAGRI, que aprueba la Política Nacional Agraria 2021-2030; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar de interés del sector agrario y de riego, la realización del evento “VIII Feria Internacional de Cafés Especiales - FICAFE Tingo María, Huánuco 2024”, en la ciudad de Tingo María, distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, del 7 al 10 de noviembre de 2024; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2326508-1