Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 532-2024-MTC/01.03

Lima, 13 de setiembre de 2024

VISTOS:

Los Informes Nº 0164-2024-MTC/26.02 y Nº 0174-2024-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal d) del artículo 4 y el numeral 2 del artículo 5 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones establecen que dicho ministerio es competente de manera exclusiva en infraestructura y servicios de comunicaciones; y que una de sus funciones rectoras es dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, la fiscalización y ejecución coactiva en materias de su competencia;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión establece que el Estado promueve el desarrollo de la radiodifusión digital. Para tal fin, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones toma las medidas necesarias relativas al espectro radioeléctrico y adopta los estándares técnicos correspondientes, en función de las tendencias internacionales, la mayor eficiencia y el máximo beneficio para el país;

Que, el numeral 8 del artículo 65 del Reglamento de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que es obligación del titular de la autorización cumplir con las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y otras afines;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 se aprueban las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión (en adelante, Normas Técnicas), las cuales son de aplicación en la instalación y operación de las estaciones autorizadas de Radiodifusión Sonora y por Televisión dentro del territorio nacional;

Que, mediante Informes Nº 1911-2024-MTC/28.01 y Nº 2533-2024-MTC/28.01, la Dirección de Servicios de Radiodifusión de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones plantea modificar disposiciones de las Normas Técnicas, relacionadas a la operación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva, incluyendo disposiciones sobre estaciones de televisión que utilizan tecnología digital; con el fin de precisar los parámetros técnicos para la óptima y adecuada prestación de estos servicios, y actualizar las citadas normas a la luz de las recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (en adelante, UIT) y otras normas que fueron aprobadas con posterioridad a su emisión;

Que, en esa línea, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante Informes Nº 0164-2024-MTC/26.02 y Nº 0174-2024-MTC/26, sustenta y propone la aprobación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica las Normas Técnicas, en la medida que promueve la prestación de los servicios de radiodifusión utilizando de manera eficiente el espectro radioeléctrico, disminuyendo el riesgo de generar interferencias respetando las zonas de servicio autorizadas, y en línea con estándares tecnológicos internacionales y recomendaciones de la UIT; razón por la cual, el citado órgano, recomienda la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión;

Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS – aplicable en el presente caso de acuerdo a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos – señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, a su vez, el numeral 5.1 de la Directiva Nº 010-2018-MTC/01, Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01, establece que mediante resolución ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del MTC o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles, salvo que por mandato legal expreso se establezca un plazo diferente;

Que, de acuerdo a lo expuesto, resulta necesario disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, la Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del Proyecto

Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios

Las sugerencias y comentarios sobre el proyecto de Resolución Ministerial a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, ubicada en Jirón Zorritos No. 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección info.dgprc@mtc.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2325219-1