Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y dictan otra disposición

Decreto Supremo

N° 162-2024-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, dispone que con el fin de financiar la implementación de las políticas públicas, se autoriza, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2024, a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su Sector, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, entre el respectivo ministerio y las entidades de su sector o entre estas últimas. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último; asimismo, señala en el numeral 12.2, que el citado artículo se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio respectivo y de las entidades que pertenezcan a su sector, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, mediante el Oficio N° 2139-2024-JUS/SG, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a su presupuesto institucional, a favor de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para financiar la continuidad de los Proyectos de Inversión con Código Único de Inversiones (CUI) N° 2322060,
N° 2412695 y N° 2524178, que contribuyen a la implementación del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, en cumplimiento del Lineamiento 3.1 Fortalecer la implementación de la Gestión de la información en las entidades públicas del Objetivo Prioritario OP.3 “Fortalecer la mejora continua en el Estado” de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, aprobada con Decreto Supremo N° 103-2022-PCM, y al Lineamiento 5.2 “Acercar los servicios y trámites de los distintos niveles de gobierno a la población con difícil acceso” del Eje 05: “Impulso al desarrollo de los departamentos” de la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, aprobada con Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, en el marco de lo establecido en el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 006-2024; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 039-2024-JUS/OGPM-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, co
n los respectivos sustentos. Asimismo, mediante el Oficio N° 0428-2024-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos remite información complementaria;

Que, mediante el Memorando N° 0442-2024-EF/63.04, que adjunta el Informe N° 0225-2024-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas precisa que, de la revisión efectuada a la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los proyectos de inversión con CUI N° 2322060, N° 2412695 y N° 2524178 se encuentran viables, activas y en la fase de Ejecución, según lo establecido en el párrafo 29.1 del artículo 29 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Asimismo, señala que cuenta con registro de expediente técnico y se encuentra incluido en el PMI;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de
S/ 5 787 067,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a favor de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

Que, de otro lado, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 136-2024-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales, sin incluir al sector Educación; para financiar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2023, en el marco del numeral 3 de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, asimismo, mediante el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 136-2024-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales; para financiar el pago de sentencias judiciales del sector Educación en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2023, en el marco del numeral 6 de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, de conformidad con el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 136-2024-EF, los pliegos habilitados en los numerales 1.1 y 1.2 del citado artículo y los montos de las Transferencias de Partidas por pliego se detallan en el Anexo 1 “Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales - Otros Sectores distintos al sector Educación” y en el Anexo 2 “Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales - Sector Educación”;

Que, la Resolución Directoral N° 0032-2023-EF/50.01 Resolución Directoral que aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria y los Clasificadores Presupuestarios para el Año Fiscal 2024, establece que el gasto correspondiente al pago de las sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada, se realiza en las partidas presupuestales de las genéricas de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales y 2.2. Pensiones y otras Prestaciones Sociales, respectivamente.

Que, resulta necesario incorporar una autorización excepcional para que los diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales listados en los Anexos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 136-2024-EF, realicen modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a los recursos transferidos en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 1 del referido Decreto Supremo, de la genérica de gastos 2.5. Otros Gastos para habilitar las genéricas de gastos 2.1. Personal y Obligaciones Sociales y 2.2. Pensiones y otras Prestaciones Sociales; con el objeto de realizar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2023, y se cumpla con la finalidad para los que son transferidos;

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto de Urgencia
N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Supremo N° 136-2024-EF, Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 5 787 067,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para financiar la continuidad de los Proyectos de Inversión con CUI N° 2322060, N° 2412695 y N° 2524178, en el marco de lo establecido en el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 006 : Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos

PROYECTO 2386055 : Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Defensa Pública y Acceso a la Justicia en la Sede Central de Sullana, Distrito de Sullana de la Provincia de Sullana del Departamento de Piura

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 877 921,00

PROYECTO 2474055 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de la Sede Central de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Cajamarca y el Centro de Asistencia Legal Gratuita QHAPAC ÑAN, Distrito de Cajamarca, Provincia de Cajamarca - Departamento de Cajamarca

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 909 146,00

===========

TOTAL EGRESOS 5 787 067,00

===========

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 067 : Superintendencia Nacional de los Registros Públicos

UNIDAD EJECUTORA 002 : Sunarp - Sede Lima

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0113 : Servicios Registrales Accesibles y Oportunos con Cobertura Universal

PROYECTO 2524178 : Mejoramiento de los Servicios Registrales a través de la Digitalización de Títulos con Valor Legal de la Zona Registral N° IX Sede Lima en las Provincias de Lima, Huaura, Cañete, Huaral y Barranca del Departamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao del Departamento de Callao

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 786 469,00

-------------------

SUB TOTAL 2 786 469,00

UNIDAD EJECUTORA 006 : Zona Registral X Cusco

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0113 : Servicios Registrales Accesibles y Oportunos con Cobertura Universal

PROYECTO 2412695 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Registrales de la Oficina Registral Espinar de la Zona Registral N° X Sede Cusco Distrito de Espinar - Provincia de Espinar - Departamento de Cusco

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 038 117,00

-------------------

SUB TOTAL 1 038 117,00

UNIDAD EJECUTORA 012 : Zona Registral VIII Sede Huancayo

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0113 : Servicios Registrales Accesibles y Oportunos con Cobertura Universal

PROYECTO 2322060 : Mejoramiento de los servicios registrales de la Oficina Registral Selva Central Urbanización San Carlos, distrito de Chanchamayo, Provincia de Chanchamayo, Departamento de Junín

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 962 481,00

-------------------

SUB TOTAL 1 962 481,00

===========

TOTAL EGRESOS 5 787 067,00

===========

Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única. Modificación presupuestaria en el nivel funcional programático

Autorizar de manera excepcional a los diversos pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales cuyo detalle se presenta en los Anexos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 136-2024-EF, Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos transferidos en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 1 del referido Decreto Supremo, de la genérica de gastos 2.5. Otros Gastos para habilitar las genéricas de gastos 2.1. Personal y Obligaciones Sociales y 2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales.

Dichas modificaciones se efectúan únicamente para la implementación de lo establecido en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 1 del señalado Decreto Supremo
N° 136-2024-EF, según corresponda, sujetándose a lo establecido en la normatividad presupuestaria vigente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro.

Dina Ercilia Boluarte Zegarra

Presidenta de la República

Jose Berley Arista Arbildo

Ministro de Economía y Finanzas

Eduardo Melchor Arana Ysa

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

2321390-4