Aprueban actualización del Inventario de Pasivos Ambientales Mineros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM y sus actualizaciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 351-2024-MINEM/DM

Lima, 3 de setiembre de 2024

VISTOS: Los Informes Nº 210-2024-MINEM-DGM-DTM/PAM y Nº 228-2024-MINEM-DGM-DTM/PAM, de la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería; el Informe N° 829-2024-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley N° 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera (en adelante, Ley N° 28271) define al pasivo ambiental en la actividad minera, como aquellas instalaciones, efluentes, emisiones, restos o depósitos de residuos producidos por operaciones mineras, en la actualidad abandonadas o inactivas y que constituyen un riesgo permanente y potencial para la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad;

Que, el artículo 3 de la Ley N° 28271 establece que la identificación, elaboración y actualización del inventario de los pasivos ambientales mineros serán efectuadas por el órgano técnico competente del Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 6 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2005-EM (en adelante, Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera), establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Minería está facultada para realizar todas las acciones que resulten necesarias para la identificación de los pasivos ambientales mineros, la elaboración y actualización del inventario y la determinación de los responsables de las medidas de remediación ambiental correspondientes;

Que, el artículo 7 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera establece que el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros es aprobado mediante Resolución Ministerial publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, el inciso h) del artículo 101 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, establece que la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería tiene, entre otras funciones, realizar acciones para la identificación y priorización de los pasivos ambientales mineros, así como para la elaboración y actualización del Inventario correspondiente;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 290-2006-MEM/DM se aprobó el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, siendo su última actualización aprobada mediante Resolución Ministerial N° 510-2023- MINEM/DM;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 006-2021-MINEM/VMM, se aprueba la Directiva Nº 001-2021-MINEM/VMM, denominada “Directiva que norma el procedimiento de identificación y clasificación de pasivos ambientales mineros en el Ministerio de Energía y Minas”, la cual tiene por objeto establecer las disposiciones que deben seguir los órganos y unidades orgánica del MINEM, cuya actividad se encuentra vinculada con la identificación y clasificación de Pasivos Ambientales Mineros, para con ello luego actualizar el Inventario de Pasivos Ambientales Mineros;

Que, realizadas las acciones en campo y en gabinete de conformidad con la Directiva Nº 001-2021-MINEM/VMM, la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería mediante los Informes Nº 210-2024-MINEM-DGM-DTM/PAM y Nº 228-2024-MINEM-DGM-DTM/PAM, concluye que doscientos veintiún (221) Pasivos Ambientales Mineros deben incluirse al inventario, los cuales han sido identificados y caracterizados durante los trabajos realizados en las diferentes ex unidades mineras;

Que, realizadas las acciones en campo y en gabinete de conformidad con la Directiva Nº 001-2021-MINEM/VMM, la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería mediante los Informes Nº 210-2024-MINEM-DGM-DTM/PAM y Nº 228-2024-MINEM-DGM-DTM/PAM, concluye que ciento veintitrés (123) Pasivos Ambientales Mineros deben ser actualizados en el inventario con información relevante, tales como: coordenadas, tipo, subtipo, estudio ambiental, ex unidad minera, responsable, entre otros;

Que, realizadas las acciones en campo y en gabinete de conformidad con la Directiva Nº 001-2021-MINEM/VMM, la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería mediante los Informes Nº 210-2024-MINEM-DGM-DTM/PAM y Nº 228-2024-MINEM-DGM-DTM/PAM, concluye que trescientos cuarenta y ocho (348) Pasivos Ambientales Mineros deben ser excluidos del inventario por razones varias especificadas en los informes de gabinete;

Que, a razón de lo antes mencionado, el Inventario de Pasivos Ambientales Mineros estará conformado por un total de Seis Mil Uno (6001) PAM;

Que, mediante Informe N° 829-2024-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la actualización del Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, el Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, que aprueba el Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la actualización del Inventario de Pasivos Ambientales Mineros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM y sus actualizaciones, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese

RÓMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2321224-1