Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República de Trinidad y Tobago, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00918-2024-DE

Lima, 29 de agosto del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 6561/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 02410-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01466-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 000550-2024-DV-PE el Presidente Ejecutivo (e) de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas comunica al Director General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, la convocatoria que ha circulado la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) para la Reunión del Grupo de Expertos la CICAD sobre Narcotráfico Marítimo, a llevarse a cabo en Puerto España, República de Trinidad y Tobago, del 10 al 12 de setiembre de 2024, precisando que los gastos que irrogue la participación de los funcionarios designados en la citada reunión deberán ser asumidos por su Institución;

Que, con Oficio Nº 4004/21 el Director General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú informa al Presidente Ejecutivo (e) de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, la designación del Capitán de Navío Carlos Ciro DÍAZ HONORES, Jefe del Estado Mayor de la Comandancia de Operaciones Guardacostas, para que participe en la referida reunión;

Que, a través del Informe Legal Nº 172-2024 la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado Oficial Superior para participar en la Reunión del Grupo de Expertos de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) sobre Narcotráfico Marítimo, en el lugar y fecha programada;

Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá contar con personal calificado, con experiencias y competente en aspectos relacionados a combatir el tráfico ilícito de drogas en la región marítima de zonas de tránsito, en las naves comerciales que arriban y zarpan a puertos peruanos, dentro del ámbito marítimo, fluvial y lacustre de aplicación de la Autoridad Marítima Nacional, a fin de contribuir con el intercambio de información y mejores prácticas para contrarrestar el narcotráfico marítimo, fluvial y portuario, aportando una perspectiva hemisférica sobre tendencias en la materia, operaciones multilaterales de interdicción y desafíos procesales; asimismo, las experiencias adquiridas redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 157-2024 suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por la Oficina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 179-2024 el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000101 y Nº 0000000104 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con Oficio Nº 6561/51 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará en la Reunión del Grupo de Expertos de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) sobre Narcotráfico Marítimo, a realizarse en Puerto España, República de Trinidad y Tobago, del 10 al 12 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 8 de setiembre y su retorno el 13 de setiembre de 2024;

Que, a través del Oficio N° 02410-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 037-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 01466-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío Carlos Ciro DIAZ HONORES, identificado con CIP N° 00927545 y DNI N° 07507848, para que participe en la Reunión del Grupo de Expertos de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) sobre Narcotráfico Marítimo, a realizarse en Puerto España, República de Trinidad y Tobago, del 10 al 12 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 8 de setiembre y su retorno el 13 de setiembre de 2024.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Puerto España (República de Trinidad y Tobago) - Lima

clase económica

US$ 1,500.00 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 1,500.00

Viáticos:

US$ 430.00 x 1 persona x 3 días US$ 1,290.00

Total a pagar: US$ 2,790.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2320226-1