Designan representantes titular y alterna del Ministerio de Educación ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor

resolución ministerial

N° 234-2024-PCM

Lima, 27 de agosto de 2024

VISTO: El Oficio N° 01959-2024-MINEDU/SG de la Secretaría General del Ministerio de Educación;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 133 de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor es un órgano de coordinación en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros, y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor;

Que, el Consejo Nacional de Protección del Consumidor está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Educación;

Que, el artículo 2 del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM, dispone que para ser integrante del Consejo Nacional de Protección del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del referido Reglamento señala que los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor son designados mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de las entidades y gremios que conforman dicho Consejo Nacional;

Que, en concordancia con la norma citada, la Directiva N° 004-2013/DIR-COD-INDECOPI “Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Protección del Consumidor”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 135-2013-INDECOPI/COD, dispone, entre otros aspectos, que en caso las entidades o gremios representados ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor consideren necesario realizar un cambio de miembro titular o alterno, corresponderá a estos proponerlo ante la Presidencia del Consejo de Ministros a fin que se realice la correspondiente designación;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 051-2024-PCM, se designó al señor CARLOS ALBERTO HERRERA CACERES y a la señora MARIA SOLEDAD GARAGORRI GOTTFRIED, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de Educación ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor;

Que, a través del documento de Visto, la Secretaría General del Ministerio de Educación propone la designación de las señoras KAREN SILVANA LOPEZ TELLO y FIORELLA SUSANA MARTOS SOTO, como nuevas representantes titular y alterna, respectivamente, de dicha entidad ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor; el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones del señor CARLOS ALBERTO HERRERA CACERES y de la señora MARIA SOLEDAD GARAGORRI GOTTFRIED, dispuestas mediante la Resolución Ministerial N° 051-2024-PCM, dándoseles las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar a las señoras KAREN SILVANA LOPEZ TELLO y FIORELLA SUSANA MARTOS SOTO, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de Educación ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

2319247-1