Designan Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° 000062-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P

San Isidro, 20 de agosto del 2024

VISTOS:

La Carta N° 000001-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OPP-MRP, del 20 de agosto de 2024, del jefe de la oficina de planificación y presupuesto; la Carta N°000001-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-ORH-JRF, del 20 de agosto de 2024, del jefe de la oficina de recursos humanos; el Proveído N° 000279-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P, del 20 de agosto de 2024, de la presidencia del Consejo Superior del Sineace - Cosusineace; el Informe N° 000083-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-ORH, del 20 de agosto de 2024, de la oficina de recursos humanos; y, el Informe Legal N° 000106-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OAJ, del 20 de agosto de 2024, de la oficina de asesoría jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, (en adelante, Ley del Sineace), establece que, el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) tiene como finalidad garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desempeño laboral;

Que, mediante Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, se dispuso la restitución del funcionamiento del Sineace a la conformación orgánica establecida en la Ley del Sineace;

Que, a través del Decreto Supremo N° 012-2023- MINEDU, se aprobaron disposiciones para garantizar el restablecimiento del Sineace, en cumplimiento de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;

Que, a través del artículo 2 de la Resolución Suprema N° 002-2024-MINEDU, se oficializa la designación del señor Ángel Ramón Velázquez Fernández, como presidente del Consejo Superior del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Cosusineace);

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 00003-2024- SINEACE/COSUSINEACE-P, se aprobó la Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en restitución, y su rectificación aprobada con Resolución de Presidencia N° 000016-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P, en cuyo artículo 29 se señala que la oficina de recursos humanos es la dependencia de apoyo, encargada de la gestión del Sistema Administrativo de Recursos Humanos; y tiene entre sus funciones la establecida en el literal d) del artículo 30, definir las características y condiciones del ejercicio de las funciones del personal, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, de acuerdo con la normativa vigente;

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000005-2024- SINEACE/COSUSINEACE-P, se aprobó el Clasificador de Cargos que contiene el Clasificador de Cargos Transitorio del Sineace y la Estructura de Cargos Transitoria del Sineace, cuyo anexo 1 fue modificado mediante Resolución de Gerencia General N° 000015-2024-SINEACE/CS-P-GG;

Que, la Ley N° 28175, Ley marco del empleo público, considera al término empleados de confianza como el personal que ocupa un cargo de confianza técnico o político en la entidad y, su calidad de confianza debe estar consignada expresamente en un documento normativo y pueden ser designados y removidos libremente por el titular de la entidad. En ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en la entidad;

Que, el artículo 5 de la referida Ley, establece que, el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto en base de los méritos y capacidad de las personas, así como también observando el principio de igualdad de oportunidades;

Que, la excepción a esta disposición la configura los puestos de confianza que se encuentren debidamente identificados como tal en los documentos de gestión interna de la entidad, en los que no se requiere de un proceso de selección, no obstante, la persona designada debe cumplir con el perfil mínimo del puesto;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, (en adelante, Ley N° 31419), tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función;

Que, asimismo el artículo 28.2 del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, señala que, la oficina de recursos humanos, o la que haga sus veces, verifica el cumplimiento de los requisitos, emitiendo el informe de cumplimiento, o no cumplimiento, de corresponder;

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000012- 2024-SINEACE/COSUSINEACE-P, se designó al señor Manuel Rumiche Pinday, en el puesto de jefe de la oficina de planificación y presupuesto del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace; con efectividad desde el 11 de marzo de 2024;

Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000052- 2024-SINEACE/COSUSINEACE-P, se designó al señor José Antonio Ramirez Flores, en el puesto de jefe de la oficina de recursos humanos del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace; con efectividad desde el 28 de junio de 2024;

Que, mediante Carta N° 000001-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OPP-MRP, del 20 de agosto de 2024, el señor Manuel Rumiche Pinday, jefe de la oficina de planificación y presupuesto presentó su carta de renuncia a dicho puesto, solicitando la exoneración del plazo de pre aviso e indicando que su último día de labores es hasta el 20 de agosto de 2024;

Que, mediante Carta N° 000001-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-ORH-JRF, del 20 de agosto de 2024, el señor José Antonio Ramirez Flores jefe de la oficina de recursos humanos presentó su carta de renuncia a dicho puesto, solicitando la exoneración del plazo de pre aviso e indicando que su último día de labores es hasta el 20 de agosto de 2024;

Que, en mérito a dichas cartas y mediante Proveído N° 000279-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P, del 20 de agosto de 2024, la presidencia del Cosusineace, solicitó a la oficina de recursos humanos la evaluación de la hoja de vida del señor José Antonio Ramirez Flores, para la designación de puesto de jefe de la oficina de planificación y presupuesto del Sineace;

Que, mediante Informe N° 000083-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P- GG-ORH, del 20 de agosto de 2024, la oficina de recursos humanos concluyó que el señor José Antonio Ramirez Flores, cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419 y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública, pudiendo asumir la designación de puesto de jefe de la oficina de planificación y presupuesto del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace;

Que, mediante Informe Legal N° 000106-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P-GG-OAJ, del 20 de agosto de 2024, la oficina de asesoría jurídica emite opinión legal favorable a fin de que se emita el acto resolutivo que de por aceptada la renuncia del señor Manuel Rumiche Pinday, al puesto de jefe de la oficina de planificación y presupuesto del Sineace, dándose por concluida su designación, en ese mismo acto corresponde dar por aceptada la renuncia del señor José Antonio Ramirez Flores en el puesto de jefe de la oficina de recursos humanos del Sineace siendo su último día de labores al 20 de agosto de 2024; y, en ese sentido, se le designe como jefe de la oficina de planificación y presupuesto del Sineace a partir del 21 de agosto de 2024;

Con el visto bueno de Gerencia General, Oficina de Recursos Humanos y Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31520, Ley que Restablece la Autonomía y la Institucionalidad de las Universidades Peruanas; Ley N°30057, Ley del Servicio Civil; Decreto Supremo N° 012-2023-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba disposiciones para garantizar el restablecimiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace; Resolución de Presidencia N° 00003-2024-COSUSINEACE-P, que aprobó la “Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en restitución” y su rectificación; Resolución de Presidencia N°00005-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P, que aprobó el Clasificador de Cargos que contiene el Clasificador de Cargos Transitorio del Sineace y la Estructura de Cargos Transitoria del Sineace y su modificatoria; y la Resolución Suprema N° 002-2024-MINEDU.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia del señor MANUEL RUMICHE PINDAY, dándose por concluida su designación en el puesto de jefe de la oficina de planificación y presupuesto del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, siendo su último día de labores el 20 de agosto de 2024, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- ACEPTAR la renuncia del señor JOSÉ ANTONIO RAMIREZ FLORES, dándose por concluida su designación en el puesto de jefe de la oficina de recursos humanos Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, siendo su último día de labores el 20 agosto de 2024, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 3.- DESIGNAR al señor JOSÉ ANTONIO RAMIREZ FLORES en el puesto de jefe de la oficina de planificación y presupuesto del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, con efectividad al 21 de agosto de 2024.

Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y el Portal Estándar de Transparencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANGEL RAMON VELAZQUEZ FERNANDEZ

Presidente del Consejo Superior del Sineace

2317317-1