Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00856-2024-DE

Lima. 15 de agosto del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 6067/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 02316-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 1359-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº ARE-AGNAPR-SEC-2024-031-O el Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en Perú remite al Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú la invitación del Comandante General de la Armada del Ecuador para que una delegación de cuatro (4) Oficiales de la Marina de Guerra del Perú participen en la XIX Reunión de Estados Mayores entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 26 al 30 de agosto de 2024;

Que, mediante Oficio Nº 0310/42 el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante General de la Armada del Ecuador que se ha autorizado la participación en la XIX Reunión de Estados Mayores entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, del Vicealmirante César Ernesto COLUNGE PINTO, Jefe del Estado Mayor General de la Marina, acompañado de una delegación integrada por el Capitán de Navío Sergio Renato GARMA RODRÍGUEZ, el Capitán de Navío Manuel Alejandro ZÚÑIGA MEDINA y el Capitán de Corbeta Víctor Augusto BAMONDE SALAZAR;

Que, por medio del Oficio Nº 0336/42 el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú hace de conocimiento al Comandante General de la Armada del Ecuador que, por razones del servicio, no será posible la participación del Capitán de Navío Manuel Alejandro ZÚÑIGA MEDINA en la citada reunión, habiéndose designado en su reemplazo al Capitán de Fragata Víctor Alexander LUN PUN TORRES, Jefe de la División de Asuntos Institucionales del Departamento de Política Institucional del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú;

Que, a través del Informe Legal Nº 018-2024 el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante César Ernesto COLUNGE PINTO, del Capitán de Navío Sergio Renato GARMA RODRÍGUEZ, del Capitán de Fragata Víctor Alexander LUN PUN TORRES y del Capitán de Corbeta Víctor Augusto BAMONDE SALAZAR, para participar en la XIX Reunión de Estados Mayores entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, en el lugar y fecha programada;

Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá identificar y analizar nuevos campos de cooperación entre las Instituciones participantes, intercambiar experiencias en la parte académica sobre cursos de perfeccionamiento para el personal de la Marina de Guerra del Perú, así como, obtener apoyo logístico en actividades de investigación y desarrollo para lograr proyectos comunes. Asimismo, con la experiencia internacional, permitirá que el personal naval aplique nuevas técnicas y procedimientos en la parte operacional, académica y de instrucción, mejorando el desempeño profesional del personal que la integra dentro de su ámbito de competencia;

Que, de conformidad con la Hoja de Gastos Nº 146-2024, suscrita por la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por la Oficina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 165-2024 el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 y Nº 0000000101, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que éstos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con Oficio Nº 6067/51 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en la XIX Reunión de Estados Mayores entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 26 al 30 de agosto de 2024, así como autorizar su salida del país el 25 de agosto y su retorno el 31 de agosto de 2024;

Que, a través del Oficio N° 02316-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 055-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 1359-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que se detalla a continuación, para participar en la XIX Reunión de Estados Mayores entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 26 al 30 de agosto de 2024, así como autorizar su salida del país el 25 de agosto y su retorno el 31 de agosto de 2024:

Vicealmirante César Ernesto COLUNGE PINTO

CIP N° 04828288 DNI N° 43316323

Capitán de Navío Sergio Renato GARMA RODRÍGUEZ

CIP N° 00910181 DNI N° 08883367

Capitán de Fragata Víctor Alexander LUN PUN TORRES

CIP N° 01018139 DNI N° 43317617

Capitán de Corbeta Víctor Augusto BAMONDE SALAZAR

CIP N° 00094201 DNI N° 43304936

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Guayaquil (República del Ecuador) – Lima

Clase económica

US$ 1,200.00 x 4 personas (Incluye importe TUUA) US$ 4,800.00

Viáticos:

US$ 370.00 x 4 personas x 5 días US$ 7,400.00

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Total a pagar: US$ 12,200.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El Oficial Almirante comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2316251-1