Ordenanza que declara en Emergencia y de Interés Metropolitano la intervención de la vía metropolitana Ramiro Prialé, a fin de garantizar la seguridad y transitabilidad de los usuarios de dicha vía

ORDENANZA Nº 2644

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria del 9 de agosto de 2024;

En uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 105-2024-MML/CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales a través del Dictamen Nº 124-2024-MML-CMAL; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA EN EMERGENCIA Y DE INTERÉS METROPOLITANO LA INTERVENCIÓN DE LA VÍA METROPOLITANA RAMIRO PRIALÉ, A FIN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y TRANSITABILIDAD DE LOS USUARIOS DE DICHA VÍA

Artículo 1.- DECLARAR en emergencia y de interés metropolitano la intervención de la vía metropolitana Ramiro Prialé, que se encuentra bajo administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fin de garantizar la seguridad y transitabilidad de los usuarios de dicha vía.

Artículo 2.- AUTORIZAR a la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos Sociedad Anónima - EMAPE S.A. la intervención, por encargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la ejecución de obras en la vía metropolitana Ramiro Prialé, que garanticen la transitabilidad y seguridad de los usuarios, siendo estas:

• Mejoramiento y ampliación del servicio de movilidad urbana en la intersección de las avenidas Las Torres y Ramiro Prialé, a través de un bypass en el distrito de Lurigancho – Chosica, de la provincia y departamento de Lima.

• Creación del servicio de movilidad urbana en el tramo de la avenida Huancayo y la avenida Unión, en el distrito de Lurigancho – Chosica, de la provincia y departamento de Lima (asfaltado de 4 Kilómetros de la vía metropolitana Ramiro Prialé)

Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización y Control continuar con la defensa posesoria y/o acciones legales que fueran necesarias para consolidar la propiedad de la Municipalidad Metropolitana de Lima de los terrenos afectados por las expropiaciones y/o imposición de servidumbres que sean necesarios; en coordinación con la Procuraduría Pública Municipal.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada continuar con las gestiones de liberación y saneamiento de áreas; expropiación de derechos y/o imposición de servidumbres, y levantamiento de interferencias que sean necesarios para garantizar la transitabilidad y seguridad de los usuarios; debiendo salvaguardar y proteger de cualquier impacto constructivo la zona arqueológica denominada: Camino Inca o Wari Ñam.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, en coordinación con la Procuraduría Publica Municipal realizar todas las acciones necesarias para requerirle al concesionario del proyecto “Vías Nuevas de Lima”, el reembolso y/o recupero de los recursos ejecutados en las intervenciones señaladas en el artículo 2 de la presente ordenanza.

Artículo 6.- El Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el marco de la normativa de control concurrente, efectuará las acciones, de acuerdo con su competencia, para velar por el cumplimiento de la presente ordenanza.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Facúltese al Alcalde Metropolitano de Lima para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y/o adicionales que fueran necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza.

Segunda.- Facúltese a la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos S.A. – EMAPE S.A. y a las unidades orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima emplear la causal de contratación directa de emergencia, al encontrarse las áreas de intervención en una situación de grave peligro por la imposibilidad de utilizar la vía metropolitana Ramiro Prialé para la atención de emergencias y desastres, ocasionado por la omisión de la concesionaria en la ejecución de las obras de infraestructura.

Tercera.- Encárguese a la Oficina General de la Secretaria del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial “El Peruano” y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Lima, 9 de agosto de 2024

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2314522-1