Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 519-2024-MDA “Ordenanza que establece incentivos por actualización predial, pago de multas administrativas y beneficios tributarios, en el distrito de Ancón”

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 007-2024/MDA

Ancón, 31 de julio del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN

VISTO: El Informe Nº 267-2024-GATyR/MDA de fecha 30 de julio de 2024, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; el Informe Nº 283-2024-GAJ/MDA de fecha 30 de julio de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 712-2024-GM/MDA de fecha 30 de julio de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, estipula que las Municipales Provinciales y Distritales son órganos de gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el segundo párrafo del artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 39 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo,

Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, el último párrafo del artículo 29 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, en el segundo artículo de la Ordenanza Nº 519-2024- MDA, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 28 de junio de 2024, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de los incentivos y beneficios y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.

Que, la cuarta disposición final de la Ordenanza Nº 519-2024- MDA, que establece incentivos por actualización predial, pago de multas administrativas y beneficios tributarios, en el distrito de ancón, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la precitada Ordenanza;

Que, conforme los Artículos Cuarto, Quinto y Sexto de la ordenanza supra citada se han establecidos beneficios tributarios en la jurisdicción del distrito de Ancón, por la actualización y regularización de los datos de su predio, así como el pago de Multas Administrativas, y cancelación en el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, donde los contribuyentes tendrán derecho a la condonación del 100% de intereses moratorios, por cada año, siempre y cuando cancele la totalidad de sus deudas por concepto de Impuesto Predial del año 2024; accederán a:

a) Condonación del 100% de intereses moratorios, y reajustes, correspondientes a la obligación respecto de la cual se efectúe el pago.

b) Condonación del 100% de costas y gastos procesales siempre que se cancele el total de las obligaciones sujetas al procedimiento de ejecución coactiva al cual correspondan.

c) Descuento en los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo, según el detalle siguiente:

* 80% de descuento en el monto insoluto por los ejercicios 2019 y años anteriores.

* 60% de descuento en el monto insoluto por los ejercicios 2020 y 2021

* 40% de descuento en el monto insoluto por los ejercicios 2022 y 2023.

* 10% de descuento en el monto insoluto por los ejercicios 2024.

d) Condonación del 100% de Multas Tributarias que se generen o hayan generado con anterioridad a la vigencia de la presente norma siempre que se cumpla o haya cumplido con regularizar dicha obligación de tipo formal.

Asimismo, los administrados que cuenten con deuda por multas administrativas de periodos anteriores al 2023, podrán acogerse efectuando el pago al contado, condonándose un 80% de dicha deuda. En el caso de los administrados que cuenten con deuda por multas administrativas del ejercicio 2024 impuestas hasta el 26 de junio, podrán acogerse efectuando el pago al contado, condonándose un 70% de dicha deuda.

Que, mediante Informe Nº 267-2024-GATYR/MDA con fecha 30 de julio de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria Rentas, propone a la alta dirección, la prórroga del plazo del vencimiento de la Ordenanza N.º 519-2024-MDA de fecha 28 de julio del 2024, hasta el día 31 de Agosto del 2024, para lo cual se requiere emitir Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza 519-2024-MDA y publicada en el diario Oficial “El Peruano” con fecha 05 de julio del presente año 2024;

Que, mediante Informe Nº 283-2024-GAJ/MDA de fecha 30 de julio de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable legalmente la propuesta de la Gerencia de Administración Tributaria Rentas y sea sometida a la aprobación del Alcalde mediante la emisión de un Decreto de Alcaldía, según las facultades otorgadas en las Ordenanza Nº 519-2024-MDA;

Que, mediante Memorándum Nº 712-2024-GM/MDA de fecha 30 de julio de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, remite la opinión legal, respecto a la prórroga de la Ordenanza 519-2024-MDA;

Que, mediante informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la solicitud de prórroga de la Gerencia de Administración Tributaria, debiendo elevárselos actuados al despacho de Alcaldía para que proceda a emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente.

Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42 y el inciso 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, ley orgánica de municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto del 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 519-2024- MDA “ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR ACTUALIZACIÓN PREDIAL, PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS, EN EL DISTRITO DE ANCÓN”.

Artículo Segundo.- ESTABLECER, que el presente Decreto de Alcaldía tendrá una vigencia de treinta y uno (31) días; es decir que regirá a partir del día 01 de agosto y concluirá el día 31 de agosto de 2024.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en la presente Ordenanza; asimismo, encargar a la Secretaria General la publicación del texto del presente Decreto en el diario oficial “El Peruano”, y su publicación en el Portal Institucional.

Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza; al mismo tiempo, facúltese al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación del presente.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE

Alcalde

2312486-1