Declaran extinguida servidumbre constituida al amparo de la R.S. N° 40-1950, respecto a predio ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 295-2024-MINEM/DM

Lima, 25 de julio de 2024

VISTOS: El Expediente Nº 21259924 sobre la solicitud de extinción de servidumbre de electroducto, presentada por la señora Maria Guadalupe Aguirre Ibáñez; los Informes Nº 419-2024-MINEM/DGE-DCE y Nº 519-2024-MINEM/DGE-DCE, elaborados por la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 00270-2024/MINEM-VME, elaborado por el Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe Nº 0716-2024-MINEM/OGAJ, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 40-1950, de fecha 18 de julio de 1950, expedida por el Ministerio de Fomento y Obras Públicas, actualmente Ministerio de Energía y Minas, se autorizó a Empresas Eléctricas Asociadas a establecer una Línea de Transmisión de energía eléctrica de 64 kV, destinada a conectar el tablero general de Distribución de la Central de Santa Rosa con el Centro Terminal de Distribución de los Balnearios del Sur;

Que, en mérito de la Resolución Suprema referida en el párrafo que antecede, se extendió la Escritura Pública de fecha 19 de agosto de 1950, en virtud de la cual, las Empresas Eléctricas Asociadas, representadas por sus gerentes Don Alberto Barsi Becucci y Don Luciano Almenara Irrigoyen, y la Sociedad Anónima Monterrico Chico Limitada, representada por el Presidente de su Directorio Don Alfredo Álvarez Calderón Roel, constituyeron una servidumbre de electroducto a favor de Empresas Eléctricas Asociadas;

Que, mediante documento con registro Nº 3689651, de fecha 27 de febrero de 2024, la señora Maria Guadalupe Aguirre Ibáñez, identificada con DNI Nº 08272523, solicitó la extinción de servidumbre de electroducto respecto al predio de la cual es copropietaria, inscrito en la Partida Electrónica Nº 15130335 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, independizada de la Partida Matriz Nº 11055168, ubicado en Calle Los Eucaliptos Nº 233 – Urbanización Monterrico Chico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima;

Que, mediante el Oficio Nº 0486-2024-MEM/DGE, notificado el 06 de marzo de 2024, la Dirección General de Electricidad solicitó al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante, OSINERGMIN) realizar una inspección técnica al predio mencionado, a fin de determinar la existencia de instalaciones que la afecten;

Que, mediante el Oficio Nº 552-2024-OS-DSE con registro Nº 3726606 de fecha 04 de abril de 2024, adjuntó el Informe Técnico Nº DSE-STE-133-2024, a través del cual concluyó que en el predio de la peticionaria no existe afectación de servidumbre;

Que, de acuerdo con el literal b) del artículo 119 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el Ministerio de Energía y Minas, a pedido de parte o de oficio, declarara la extinción de las servidumbres impuestas en caso el propietario del predio sirviente demuestre que la servidumbre permanece sin uso por más de doce meses consecutivos;

Que, en merito a los documentos mencionados en los considerandos precedentes, así como los Informes Nº 419-2024-MINEM/DGE-DCE y Nº 519-2024-MINEM/DGE-DCE, resulta procedente declarar extinguida la servidumbre constituida al amparo de la señalada Resolución Suprema Nº 40-1950, sobre el predio ubicado en Calle Los Eucaliptos Nº 233 – Urbanización Monterrico Chico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar extinguida la servidumbre constituida al amparo de la Resolución Suprema Nº 40-1950, de fecha 18 de julio de 1950, respecto al predio ubicado en Calle Los Eucaliptos Nº 233 – Urbanización Monterrico Chico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 15130335 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, independizada de la Partida Matriz Nº 11055168, liberándola del referido gravamen.

Artículo 2.- Establecer que la presente Resolución Ministerial entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RÓMULO MUCHO MAMANI

Ministro de Energía y Minas

2310248-1