Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa

ORDENANZA REGIONAL

Nº 509-2023-AREQUIPA

El Consejo Regional de Arequipa, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

POR CUANTO:

Que, entonces por estas consideraciones, al amparo de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; Exonerado el trámite de comisión y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA.

SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

MODIFICAR LA ORDENANZA REGIONAL

Nº 411-AREQUIPA QUE APRUEBA EL

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, PARA LA INCORPORACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS DEL SECTOR TURISMO APROBADOS POR DECRETO SUPREMO Nº 184-2021-PCM, A SER DESARROLLADOS POR LA GERENCIA REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO.

Artículo 1º.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa aprobado con Ordenanza Regional Nº 411-AREQUIPA; para la incorporación de quince (15) procedimientos administrativos estandarizados del Turismo aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM, de competencia de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo.

Artículo 2º.- ELIMINAR los procedimientos 97, 101, 104 y 105 aprobados mediante la Ordenanza Regional Nº 411-AREQUIPA; brindados por la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo, los cuales fueron reemplazados por los procedimientos administrativos estandarizados del sector turismo aprobados mediante Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM.

Artículo 3º.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el diario oficial “El Peruano como en el diario de avisos judiciales, en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.

En Arequipa, a los diecinueve días de diciembre del 2023.

MIGUEL ANGEL LINARES RIVEROS

Presidente del Consejo Regional de Arequipa

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dada en la Sede Central del Consejo Regional de Arequipa, a los cinco días de febrero del año dos mil veinticuatro.

ROHEL SANCHEZ SANCHEZ

Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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