Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa
ORDENANZA REGIONAL
Nº 509-2023-AREQUIPA
El Consejo Regional de Arequipa, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
POR CUANTO:
Que, entonces por estas consideraciones, al amparo de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; Exonerado el trámite de comisión y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA.
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:
MODIFICAR LA ORDENANZA REGIONAL
Nº 411-AREQUIPA QUE APRUEBA EL
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, PARA LA INCORPORACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS DEL SECTOR TURISMO APROBADOS POR DECRETO SUPREMO Nº 184-2021-PCM, A SER DESARROLLADOS POR LA GERENCIA REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO.
Artículo 1º.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa aprobado con Ordenanza Regional Nº 411-AREQUIPA; para la incorporación de quince (15) procedimientos administrativos estandarizados del Turismo aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM, de competencia de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo.
Artículo 2º.- ELIMINAR los procedimientos 97, 101, 104 y 105 aprobados mediante la Ordenanza Regional Nº 411-AREQUIPA; brindados por la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo, los cuales fueron reemplazados por los procedimientos administrativos estandarizados del sector turismo aprobados mediante Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM.
Artículo 3º.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el diario oficial “El Peruano como en el diario de avisos judiciales, en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el diario Oficial, inmediatamente, esta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los diecinueve días de diciembre del 2023.
MIGUEL ANGEL LINARES RIVEROS
Presidente del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Consejo Regional de Arequipa, a los cinco días de febrero del año dos mil veinticuatro.
ROHEL SANCHEZ SANCHEZ
Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
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