Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Comercio Ambulatorio en los Espacios Públicos del Cercado del Callao

Ordenanza Municipal

Nº 018-2024/MPC

Callao, 12 de julio de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO

VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 004-2024-MPC-SR-CODELO-MYPES de fecha 02 de julio de 2024 de la Comisión de Desarrollo Económico Local, Integración Empresarial y Micro y Pequeñas Empresas - MYPES; y sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.2 del inciso 1 del artículo 83 de la Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales establecer las normas respecto del comercio ambulatorio;

Que, el artículo 9 de la Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos - Ley N° 31199, señala que las municipalidades distritales y provinciales promueven la participación ciudadana en el manejo sostenible y recuperación de los espacios públicos, en tanto constituyen patrimonio colectivo de gran valor social y cultural;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 00055-2007 de fecha 30 de octubre de 2007, se aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao;

Que, la Subgerencia de Regulación del Comercio, mediante Informe N° 26-2024/MPC-GDELC-SGRC de fecha 02 de abril de 2024, establece que resulta necesario contar con un nuevo marco legal que regule el comercio ambulatorio en los espacios públicos en el Cercado del Callao, a fin de formalizar y controlar el desarrollo de las actividades comerciales informales, debiéndose otorgar autorizaciones municipales temporales, con el objetivo de promover la formalización efectiva del comerciante ambulante, el mismo que a corto o mediano plazo, pueda establecerse como conductor de un establecimiento comercial, puesto o stand, sujeto a derechos y obligaciones municipales, tributarias y empresariales, lo cual redundará en su beneficio y en el desarrollo de la provincia;

Que, a través del Memorando N° 593-2024-MPC-GDELC de fecha 08 de mayo de 2024, la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización presenta el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio en los Espacios Públicos del Cercado del Callao y, por lo tanto, deroga la Ordenanza Municipal N° 00055-2007 de fecha 30 de octubre de 2007;

Que, mediante Memorando N° 280-2024-MPC/OGPMPI de fecha 24 de mayo de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones hace suyos los siguientes informes:

• El Informe N° 147-2024-MPC/OGPMPI-OPM de fecha 17 de mayo de 2024, a través del cual la Oficina de Planeamiento y Modernización establece que la propuesta de Ordenanza se alinea al OEI. 03 “Promover la competitividad económica de la Provincia Constitucional del Callao” del Plan Estratégico Institucional – PEI 2018-2026 ampliado.

• El Informe N° 2808-2024-MPC/OGPMPI-OPR de fecha 23 de mayo de 2024, mediante el cual la Oficina de Presupuesto opina que es viable derogar la Ordenanza Municipal N° 00055-2007 de fecha 30 de octubre de 2007 y aprobar la propuesta de Ordenanza Municipal que regula el comercio ambulatorio en el Cercado del Callao.

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, con Informe N° 196-2024-MPC/OGAJ de fecha 30 de mayo de 2024, emite opinión legal favorable con respecto a la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Comercio Ambulatorio en los Espacios Públicos del Cercado del Callao;

Que, mediante Dictamen N° 004-2024-MPC-SR-CODELO-MYPES de fecha 02 de julio de 2024, la Comisión de Desarrollo Económico Local, Integración Empresarial y Micro y Pequeñas Empresas - MYPES recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la Ordenanza en mención, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento;

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA

EL REGLAMENTO DE COMERCIO AMBULATORIO EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS DEL

CERCADO DEL CALLAO

Artículo 1.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N°00055-2007 que aprueba el Reglamento del Comercio Ambulatorio dentro de la Jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao.

Artículo 2.- APROBAR el Reglamento de Comercio Ambulatorio en los Espacios Públicos del Cercado del Callao, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza y consta de nueve (09) títulos, treinta y seis (36) artículos, una (01) disposición complementaria transitoria y cuatro (04) anexos (Formato de la Ficha Socio Económica, Formulario Único de Tramite, Declaración Jurada y Encuesta).

Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina General de Planeamiento y Modernización; Presupuesto e Inversiones se realicen las acciones conducentes para la modificación e incorporación en el TUPA de los procedimientos contenidos en el reglamento señalado en el numeral precedente.

Artículo 4.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias para la implementación, ejecución y mejor aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización y sus unidades orgánicas competentes, el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza.

Artículo 6.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo 7.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la Ordenanza, el Reglamento y sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao).

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

PEDRO SPADARO PHILIPPS

Alcalde

2309364-1